Section § 65000

Explanation

Esta ley establece que las escuelas en California deben tener un consejo escolar del plantel para ayudar a desarrollar un Plan Escolar para el Logro Estudiantil.

Para las escuelas primarias, el consejo debe incluir al director, los maestros y otro personal escolar, siendo los maestros la mayoría, junto con un número igual de padres.

Para las escuelas secundarias, el consejo también incluye estudiantes, además de directores, maestros, otro personal escolar y padres, con representación equitativa para maestros, padres y estudiantes.

Asegura que la composición del consejo refleje la demografía estudiantil de la escuela y especifica que los empleados escolares que son padres pueden formar parte del consejo en las escuelas de sus hijos.

(a)CA Educación Code § 65000(a) Es la intención de la Legislatura que, en la medida de lo posible, los miembros del consejo escolar del plantel representen la composición de la población estudiantil de la escuela. También es la intención de la Legislatura que, independientemente del tamaño de la escuela, la composición del consejo escolar del plantel garantice la paridad entre los grupos a los que se hace referencia en los párrafos (1) y (2) de la subdivisión (c).
(b)CA Educación Code § 65000(b) Una escuela que opere un programa que requiera un Plan Escolar para el Logro Estudiantil, de conformidad con la Sección 64001, establecerá un consejo escolar del plantel.
(c)Copy CA Educación Code § 65000(c)
(1)Copy CA Educación Code § 65000(c)(1) En una escuela primaria, el consejo escolar del plantel estará compuesto por los dos grupos siguientes:
(A)CA Educación Code § 65000(c)(1)(A) El director de la escuela o su designado; los maestros de aula empleados en la escuela, seleccionados por los maestros de aula empleados en la escuela; y el personal escolar empleado en la escuela que no son maestros, seleccionados por el personal escolar empleado en la escuela que no son maestros. Los maestros de aula seleccionados de conformidad con este subpárrafo constituirán la mayoría de las personas seleccionadas de conformidad con este subpárrafo.
(B)CA Educación Code § 65000(c)(1)(B) Los padres de alumnos que asisten a la escuela, u otros miembros de la comunidad escolar, seleccionados por los padres de alumnos que asisten a la escuela. El número de personas seleccionadas de conformidad con este subpárrafo será igual al número de personas seleccionadas de conformidad con el subpárrafo (A).
(2)CA Educación Code § 65000(c)(2) En una escuela secundaria, el consejo escolar del plantel estará compuesto por los dos grupos siguientes:
(A)CA Educación Code § 65000(c)(2)(A) El director de la escuela o su designado; los maestros de aula empleados en la escuela, seleccionados por los maestros de aula empleados en la escuela; y el personal escolar empleado en la escuela que no son maestros, seleccionados por el personal escolar empleado en la escuela que no son maestros. Los maestros de aula seleccionados de conformidad con este subpárrafo constituirán la mayoría de las personas seleccionadas de conformidad con este subpárrafo.
(B)CA Educación Code § 65000(c)(2)(B) Los padres de alumnos que asisten a la escuela, u otros miembros de la comunidad escolar, seleccionados por los padres de alumnos que asisten a la escuela; y los alumnos que asisten a la escuela, seleccionados por los alumnos que asisten a la escuela. El número de personas seleccionadas de conformidad con este subpárrafo será igual al número de personas seleccionadas de conformidad con el subpárrafo (A).
(d)CA Educación Code § 65000(d) Un empleado de una escuela que también es padre o tutor de un alumno que asiste a una escuela que no es la escuela de empleo del padre o tutor no queda descalificado por este empleo para servir como representante de los padres en el consejo escolar del plantel establecido para la escuela a la que asiste su hijo o pupilo.

Section § 65001

Explanation

Esta ley permite que las escuelas en California con menos de 300 estudiantes compartan un consejo del sitio escolar para la toma de decisiones si tienen una administración de sitio común. Hasta tres escuelas pueden combinar sus consejos si, en conjunto, tienen menos de 1,000 estudiantes y comparten un campus o están geográficamente cerca con poblaciones estudiantiles similares. Cada consejo compartido debe incluir ciertos representantes, como un director, maestros y miembros de la comunidad. Se requiere la aprobación de la unidad de negociación local, si corresponde. La junta estatal puede otorgar exenciones y establecer reglas para ayudar a implementar estas disposiciones.

(a)CA Educación Code § 65001(a) Las escuelas con una administración de sitio común pueden operar un consejo del sitio escolar compartido si el sitio escolar tiene una población estudiantil de menos de 300.
(b)CA Educación Code § 65001(b) Hasta tres escuelas con una población estudiantil combinada de menos de 1,000 pueden operar un consejo del sitio escolar compartido si las escuelas tienen al menos una de las siguientes características:
(1)CA Educación Code § 65001(b)(1) Un campus compartido.
(2)CA Educación Code § 65001(b)(2) Proximidad geográfica entre sí con poblaciones estudiantiles similares.
(c)CA Educación Code § 65001(c) En el caso de un consejo del sitio escolar compartido, cada consejo estará compuesto por miembros de manera consistente con el inciso (c) de la Sección 65000.
(d)Copy CA Educación Code § 65001(d)
(1)Copy CA Educación Code § 65001(d)(1) Si se cumple el requisito del párrafo (2), una escuela con una población de menos de 300 alumnos puede operar un consejo del sitio escolar que tenga la representación de todos los siguientes:
(A)CA Educación Code § 65001(d)(1)(A) Un director.
(B)CA Educación Code § 65001(d)(1)(B) Un maestro, seleccionado por los maestros.
(C)CA Educación Code § 65001(d)(1)(C) Un miembro del personal escolar que represente a otro personal escolar, seleccionado por el otro personal escolar.
(D)CA Educación Code § 65001(d)(1)(D) Si la escuela es una escuela primaria, tres padres o miembros de la comunidad seleccionados por los padres, o si la escuela es una escuela secundaria, dos padres o miembros de la comunidad seleccionados por los padres y un alumno seleccionado por los alumnos.
(2)CA Educación Code § 65001(d)(2) La junta directiva local u organismo de la agencia educativa local deberá obtener la aprobación de su unidad de negociación local, si corresponde.
(e)CA Educación Code § 65001(e) La junta estatal puede otorgar una exención de cualquier disposición de esta parte a un distrito escolar u oficina de educación del condado. La junta directiva de un distrito escolar o la junta de educación del condado, en nombre de un consejo del sitio escolar, puede solicitar que la junta estatal otorgue una exención de cualquier disposición de esta parte.
(f)CA Educación Code § 65001(f) La junta estatal puede adoptar las normas y reglamentos necesarios para implementar las disposiciones de esta parte.