Part 10.8
Section § 17920
Section § 17921
Esta ley permite a los distritos escolares o a las oficinas de educación del condado crear un fondo específicamente para reducir las emisiones de los autobuses escolares. Pueden recibir dinero para este fondo de diversas subvenciones, incluidas las de agencias locales de calidad del aire y control de la contaminación. Sin embargo, el propio distrito escolar o la oficina del condado debe aportar la mayor parte del dinero.
Section § 17922
Según esta ley, California puede proporcionar fondos estatales a los distritos escolares para ayudarles a comprar o modernizar autobuses escolares de bajas o cero emisiones. Sin embargo, los fondos estatales no pueden exceder la cantidad de dinero que reciban de otras fuentes.
Section § 17923
Esta ley permite a los distritos escolares y a las oficinas de educación del condado hacer acuerdos con empresas o individuos privados para recaudar dinero específicamente para reducir las emisiones de los autobuses escolares. En estos acuerdos, las escuelas pueden otorgar créditos de reducción de emisiones a los contribuyentes cuando compran autobuses de bajas o cero emisiones o modernizan los más antiguos. Si hay varios contribuyentes, cada uno recibe una parte de los créditos en función de su contribución, según se decida al momento de celebrar el acuerdo.
Section § 17924
Esta sección de la ley exige que el Presidente de la Junta Estatal de Recursos del Aire y el Superintendente de Instrucción Pública creen directrices para que las escuelas reduzcan las emisiones de los autobuses. Deben cubrir cómo las escuelas pueden obtener financiación para reducir las emisiones de los autobuses, cómo calcular y distribuir créditos por la reducción de emisiones cuando los autobuses son reemplazados o reacondicionados, y cómo las escuelas en el Distrito de Gestión de la Calidad del Aire de la Costa Sur pueden obtener fondos de las ciudades cercanas.
Section § 17925
Section § 17926
Si se reemplaza un autobús escolar y este cumple con los estándares federales de seguridad de 1977, se puede vender a los distritos escolares para reemplazar autobuses más antiguos que no cumplen con esos estándares. El precio de venta no debe exceder el dinero ya aportado por el distrito escolar o el condado, con un extra para cubrir los costos administrativos. Sin embargo, esto no se aplica si el distrito escolar declara que todavía necesita el autobús antiguo.