Procedimientos DiversosRecusación de Fiscales
Section § 1424
Esta sección de la ley explica el proceso para descalificar a un fiscal de distrito o a un abogado/fiscal municipal de un caso debido a un conflicto de intereses que podría impedir un juicio justo. Para presentar dicha moción, la parte debe notificar con detalles de respaldo al menos 10 días hábiles judiciales de antelación. Ambas partes pueden presentar declaraciones juradas a favor o en contra de la moción, y un juez decidirá si es necesaria una audiencia probatoria. La moción solo puede concederse si se demuestra un conflicto. Las decisiones de descalificación pueden apelarse, y cualquier descalificación se suspende hasta que se resuelva la apelación. Las apelaciones se tramitan de manera diferente según si el caso es un delito menor o un delito grave.
Las mociones relativas a los abogados o fiscales municipales deben presentarse por separado de las relativas a los fiscales de distrito.
Section § 1424.5
Esta ley establece que si un tribunal descubre que un fiscal retuvo deliberadamente pruebas importantes que podrían ayudar a la defensa, el tribunal puede informar al Colegio de Abogados de California, especialmente si esta acción afectó negativamente el resultado del caso. El tribunal puede celebrar una audiencia para determinar si ocurrió tal violación.
Si el fiscal actuó de mala fe, el tribunal podría apartarlo del caso. Además, si se revela que otros empleados de la oficina ayudaron a sabiendas en este acto ilícito, el acusado puede solicitar la recusación de toda la oficina del fiscal.
Esta ley no impide otras formas de informar al Colegio de Abogados o de utilizar otras acciones legales relacionadas con la misma mala conducta.