Prevención de la Violencia DomésticaDisposiciones Generales
Section § 6220
Esta ley está diseñada para detener la violencia doméstica, el abuso y el abuso sexual. Permite separar a las personas involucradas el tiempo suficiente para que puedan resolver las razones detrás de la violencia.
Section § 6221
Esta sección de la ley se aplica a órdenes relacionadas con asuntos familiares como la paternidad, la disolución matrimonial o la separación legal, y aclara que estas órdenes generalmente deben usar formularios específicos aprobados por el Consejo Judicial y el Departamento de Justicia. Sin embargo, si no se utiliza el formulario correcto, no significa que la orden no pueda hacerse cumplir. Además, esta ley no cambia nada sobre los casos de tribunales de menores.
Section § 6222
Esta ley establece que nadie tiene que pagar una tarifa de presentación si está solicitando, modificando o haciendo cumplir una orden de protección, que es una orden judicial destinada a proteger a alguien de un daño. Lo mismo se aplica a cualquier citación relacionada con dichas solicitudes y a cualquier presentación asociada con ciertas peticiones bajo esta división.
Section § 6223
Una orden de custodia o de visita emitida bajo este conjunto específico de leyes debe seguir las reglas y estándares descritos en otra sección que trata específicamente sobre la custodia de los hijos.
Section § 6224
Esta sección de la ley establece que cuando se emite una orden, debe indicar claramente su fecha de vencimiento e instrucciones específicas para su cumplimiento. La orden es válida tan pronto como se emite, y los agentes de policía deben hacerla cumplir de inmediato una vez que la reciben. Es ejecutable en cualquier lugar de California por cualquier fuerza policial que haya recibido o a la que se le haya mostrado la orden. Si la persona sujeta a la orden aún no ha recibido una copia, la policía debe informarle sobre el significado de la orden antes de hacerla cumplir.
Section § 6225
Section § 6226
Esta ley exige que el Consejo Judicial sea responsable de crear los formularios e instrucciones necesarios para solicitar ciertas órdenes, según se describe en esta división legal.
Section § 6226.5
Para el 1 de enero de 2023, el Consejo Judicial debe actualizar el formulario titulado '¿Puede ayudarme una orden de restricción por violencia doméstica?' para explicar un programa que mantiene confidenciales las direcciones de las víctimas. Deben describir los beneficios del programa y proporcionar un enlace web para obtener más información. Este formulario debe estar disponible en inglés y en otros idiomas clave, con la opción de añadir más idiomas más adelante.
Section § 6227
Section § 6228
Esta ley establece que las víctimas de ciertos delitos, como la violencia doméstica o la agresión sexual, pueden solicitar y recibir copias gratuitas de los informes policiales, fotos y grabaciones del 911 relevantes. Las autoridades deben entregar estos documentos en plazos específicos, a menos que haya una razón válida para el retraso. Las víctimas o sus representantes deben mostrar una identificación adecuada para solicitar estos materiales. El término "víctima" incluye a menores de 12 años o más, y los representantes pueden ser varios miembros de la familia o entidades legales. Si el informe del delito tiene más de cinco años, esta ley no se aplica. Las personas implicadas en el delito, como los sospechosos, no pueden actuar como representantes.