Manutención conyugalDeber de manutención conyugal
Section § 4300
En California, las personas tienen la obligación de apoyar económicamente a su cónyuge de acuerdo con las normas de esta sección.
Section § 4301
Si una pareja casada vive junta y no tienen bienes compartidos, uno de los cónyuges debe usar sus bienes personales para mantener al otro.
Section § 4302
Si una pareja casada ha acordado vivir separada, un cónyuge no tiene la obligación de mantener económicamente al otro, a menos que ambos lo hayan acordado previamente.
Section § 4303
Si usted es el cónyuge que debería recibir manutención, puede tomar medidas legales contra el cónyuge que debe pagar. Si el condado le ha estado brindando asistencia económica en nombre de su cónyuge, el condado también puede solicitar el reembolso a su cónyuge y continuar recibiendo los pagos de manutención. El derecho del condado a recuperar este dinero sigue ciertas reglas estatales. Además, si el condado lleva a su cónyuge a la corte, el juez puede ordenar que su cónyuge pague los gastos legales y las costas judiciales del condado.