Section § 12101

Explanation

Esta sección de la ley establece que la división puede denominarse 'Código Comercial Uniforme—Registros Electrónicos Controlables'.

Esta división puede citarse como Código Comercial Uniforme—Registros Electrónicos Controlables.

Section § 12102

Explanation

Esta sección define términos clave utilizados en la división relacionados con los registros electrónicos. Un "registro electrónico controlable" es un registro electrónico que puede ser controlado según la Sección 12105, pero excluye elementos como los intangibles de pago y el dinero electrónico. Un "comprador cualificado" es alguien que adquiere un registro electrónico controlable por valor, actuando de buena fe y sin conocimiento de ningún reclamo sobre el registro. "Registro transferible" tiene su significado especificado bajo la ley federal o estatal. "Valor" se define de manera similar a cómo se usa en los instrumentos financieros, pero aplicado a cuentas y registros controlables. La sección también menciona que otras definiciones de la División 9 y principios generales de la División 1 se aplican aquí.

(a)CA Derecho Comercial Code § 12102(a) En esta división, se aplican las siguientes definiciones:
(1)CA Derecho Comercial Code § 12102(a)(1) “Registro electrónico controlable” significa un registro almacenado en un medio electrónico que puede ser sometido a control conforme a la Sección 12105. El término no incluye una cuenta controlable, un intangible de pago controlable, una cuenta de depósito, una copia electrónica de un registro que evidencia un documento de garantía mobiliaria, un documento electrónico de título, dinero electrónico, propiedad de inversión o un registro transferible.
(2)CA Derecho Comercial Code § 12102(a)(2) “Comprador cualificado” significa un comprador de un registro electrónico controlable o de un interés en un registro electrónico controlable que obtiene el control del registro electrónico controlable por valor, de buena fe y sin aviso de un reclamo de un derecho de propiedad sobre el registro electrónico controlable.
(3)CA Derecho Comercial Code § 12102(a)(3) “Registro transferible” tiene el significado provisto para ese término en cualquiera de los siguientes:
(A)CA Derecho Comercial Code § 12102(a)(3)(A) El párrafo (1) del subapartado (a) de la Sección 7021 del Título 15 del Código de los Estados Unidos.
(B)CA Derecho Comercial Code § 12102(a)(3)(B) El subapartado (a) de la Sección 16 de la Ley Uniforme de Transacciones Electrónicas de cualquier estado cuya ley sea aplicable.
(4)CA Derecho Comercial Code § 12102(a)(4) “Valor” tiene el significado provisto en la subdivisión (a) de la Sección 3303, como si las referencias en esa subdivisión a un “instrumento” fueran referencias a una cuenta controlable, un registro electrónico controlable o un intangible de pago controlable.
(b)CA Derecho Comercial Code § 12102(b) Las definiciones de la División 9 (que comienza con la Sección 9101) de “deudor de cuenta”, “cuenta controlable”, “intangible de pago controlable”, “documento de garantía mobiliaria”, “cuenta de depósito”, “dinero electrónico” y “propiedad de inversión” se aplican a esta división.
(c)CA Derecho Comercial Code § 12102(c) La División 1 (que comienza con la Sección 1101) contiene definiciones generales y principios de construcción e interpretación aplicables a lo largo de esta división.

Section § 12103

Explanation

Esta sección de la ley explica que si hay un desacuerdo entre la División 9 y esta división, la División 9 tiene prioridad. Cualquier transacción cubierta por esta división también debe cumplir con las leyes existentes específicas para los consumidores, incluyendo leyes sobre tasas de préstamos, acuerdos de crédito y normas de protección al consumidor. Básicamente, las leyes y regulaciones del consumidor siguen aplicándose a las transacciones bajo esta división, incluso cuando esta división tiene sus propias reglas.

(a)CA Derecho Comercial Code § 12103(a) Si hay conflicto entre esta división y la División 9 (que comienza con la Sección 9101), la División 9 prevalece.
(b)CA Derecho Comercial Code § 12103(b) Una transacción sujeta a esta división está sujeta a todo lo siguiente:
(1)CA Derecho Comercial Code § 12103(b)(1) Cualquier norma jurídica aplicable que establezca una norma diferente para los consumidores.
(2)CA Derecho Comercial Code § 12103(b)(2) Cualquier otro estatuto o reglamento que regule las tasas, cargos, acuerdos y prácticas para préstamos, ventas a crédito u otras extensiones de crédito.
(3)CA Derecho Comercial Code § 12103(b)(3) Cualquier estatuto o reglamento de protección al consumidor.

Section § 12104

Explanation

Esta ley explica las reglas para adquirir derechos en una cuenta controlable o un intangible de pago, los cuales están vinculados a registros electrónicos controlables. Para ser un 'comprador cualificado', uno debe controlar el registro electrónico que prueba la existencia de la cuenta o el intangible. En general, la ley fuera de esta división decide qué derechos obtiene una persona al adquirir un registro electrónico controlable. Los compradores suelen recibir todos los derechos transferibles, a menos que adquieran un interés limitado, en cuyo caso obtienen derechos solo en esa medida. Los 'compradores cualificados' obtienen sus derechos libres de reclamaciones de propiedad concurrentes sobre el registro. Sin embargo, aún podrían enfrentar reclamaciones relacionadas con pagos, derechos de ejecución u otros intereses de propiedad evidenciados por el registro electrónico, con excepciones específicas. Además, no se puede iniciar una acción legal contra un comprador cualificado por disputas sobre registros electrónicos similares, y la presentación de una declaración de financiación no indica una reclamación de propiedad sobre dichos registros electrónicos.

(a)CA Derecho Comercial Code § 12104(a) Esta sección se aplica a la adquisición y compra de derechos en una cuenta controlable o un intangible de pago controlable, incluyendo los derechos y beneficios bajo las subdivisiones (c), (d), (e), (g) y (h) de un comprador y un comprador cualificado, de la misma manera que esta sección se aplica a un registro electrónico controlable.
(b)CA Derecho Comercial Code § 12104(b) Para determinar si un comprador de una cuenta controlable o un intangible de pago controlable es un comprador cualificado, el comprador obtiene el control de la cuenta o del intangible de pago si obtiene el control del registro electrónico controlable que evidencia la cuenta o el intangible de pago.
(c)CA Derecho Comercial Code § 12104(c) Salvo lo dispuesto en esta sección, la ley que no sea esta división determina si una persona adquiere un derecho en un registro electrónico controlable y el derecho que la persona adquiere.
(d)CA Derecho Comercial Code § 12104(d) Un comprador de un registro electrónico controlable adquiere todos los derechos en el registro electrónico controlable que el transferente tenía o tenía poder para transferir, excepto que un comprador de un interés limitado en un registro electrónico controlable adquiere derechos solo en la medida del interés comprado.
(e)CA Derecho Comercial Code § 12104(e) Un comprador cualificado adquiere sus derechos en el registro electrónico controlable libre de una reclamación de un derecho de propiedad en el registro electrónico controlable.
(f)CA Derecho Comercial Code § 12104(f) Salvo lo dispuesto en las subdivisiones (a) y (e) para una cuenta controlable y un intangible de pago controlable o la ley que no sea esta división, un comprador cualificado adquiere un derecho a pago, un derecho a ejecución u otro interés en la propiedad evidenciado por el registro electrónico controlable sujeto a una reclamación de un derecho de propiedad en el derecho a pago, derecho a ejecución u otro interés en la propiedad.
(g)CA Derecho Comercial Code § 12104(g) No se puede interponer una acción contra un comprador cualificado basada tanto en una compra por parte del comprador cualificado de un registro electrónico controlable como en una reclamación de un derecho de propiedad en otro registro electrónico controlable, ya sea que la acción se formule como conversión, reivindicación, fideicomiso constructivo, gravamen equitativo u otra teoría.
(h)CA Derecho Comercial Code § 12104(h) La presentación de una declaración de financiación bajo la División 9 (que comienza con la Sección 9101) no constituye aviso de una reclamación de un derecho de propiedad en un registro electrónico controlable.

Section § 12105

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Esta sección de la ley explica qué significa que una persona tenga control sobre un registro electrónico controlable, como un documento digital. Para tener control, una persona debe poder usar los beneficios del registro e impedir que otros lo hagan, así como transferir ese control a otra persona. También es importante que la persona pueda ser fácilmente identificada como poseedora de estos poderes, utilizando elementos como un nombre o una clave criptográfica.

La ley permite el control exclusivo incluso si hay límites programados en el registro electrónico o si el control es compartido con otra persona. Sin embargo, detalla situaciones en las que el control no sería exclusivo, como cuando la persona necesita las acciones de otra para ejercer el control. Si otra persona está involucrada en tener el control, debe reconocerlo en nombre de la persona con el control verdadero.

(a)CA Derecho Comercial Code § 12105(a) Una persona tiene el control de un registro electrónico controlable si el registro electrónico, un registro adjunto o lógicamente asociado con el registro electrónico, o un sistema en el que se registra el registro electrónico, cumple cada una de las siguientes condiciones:
(1)CA Derecho Comercial Code § 12105(a)(1) Otorga a la persona ambas de las siguientes:
(A)CA Derecho Comercial Code § 12105(a)(1)(A) Poder para aprovechar sustancialmente todo el beneficio del registro electrónico.
(B)CA Derecho Comercial Code § 12105(a)(1)(B) Poder exclusivo, sujeto a la subdivisión (b), para hacer ambas de las siguientes:
(i)CA Derecho Comercial Code § 12105(a)(1)(B)(i) Impedir que otros aprovechen sustancialmente todo el beneficio del registro electrónico.
(ii)CA Derecho Comercial Code § 12105(a)(1)(B)(ii) Transferir el control del registro electrónico a otra persona o hacer que otra persona obtenga el control de otro registro electrónico controlable como resultado de la transferencia del registro electrónico.
(2)CA Derecho Comercial Code § 12105(a)(2) Permite a la persona identificarse fácilmente de cualquier manera, incluyendo por nombre, número de identificación, clave criptográfica, oficina o número de cuenta, como poseedora de los poderes especificados en el párrafo (1).
(b)CA Derecho Comercial Code § 12105(b) Sujeto a la subdivisión (c), un poder es exclusivo según las cláusulas (i) y (ii) del subpárrafo (B) del párrafo (1) de la subdivisión (a) incluso si cualquiera de las siguientes es verdadera:
(1)CA Derecho Comercial Code § 12105(b)(1) El registro electrónico controlable, un registro adjunto o lógicamente asociado con el registro electrónico, o un sistema en el que se registra el registro electrónico, limita el uso del registro electrónico o tiene un protocolo programado para causar un cambio, incluyendo una transferencia o pérdida de control o una modificación de los beneficios otorgados por el registro electrónico.
(2)CA Derecho Comercial Code § 12105(b)(2) El poder es compartido con otra persona.
(c)CA Derecho Comercial Code § 12105(c) Un poder de una persona no es compartido con otra persona según el párrafo (2) de la subdivisión (b) y el poder de la persona no es exclusivo si se cumple cada una de las siguientes condiciones:
(1)CA Derecho Comercial Code § 12105(c)(1) La persona puede ejercer el poder solo si el poder también es ejercido por la otra persona.
(2)CA Derecho Comercial Code § 12105(c)(2) Cualquiera de las siguientes es verdadera:
(A)CA Derecho Comercial Code § 12105(c)(2)(A) La otra persona puede ejercer el poder sin el ejercicio del poder por parte de la persona.
(B)CA Derecho Comercial Code § 12105(c)(2)(B) La otra persona es el transferente a la persona de un interés en el registro electrónico controlable o una cuenta controlable o un intangible de pago controlable evidenciado por el registro electrónico controlable.
(d)CA Derecho Comercial Code § 12105(d) Si una persona tiene los poderes especificados en las cláusulas (i) y (ii) del subpárrafo (B) del párrafo (1) de la subdivisión (a), los poderes se presumen exclusivos.
(e)CA Derecho Comercial Code § 12105(e) Una persona tiene el control de un registro electrónico controlable si otra persona, que no sea el transferente a la persona de un interés en el registro electrónico controlable o una cuenta controlable o un intangible de pago controlable evidenciado por el registro electrónico controlable, cumple cualquiera de las siguientes condiciones:
(1)CA Derecho Comercial Code § 12105(e)(1) La otra persona tiene el control del registro electrónico y reconoce que tiene el control en nombre de la persona.
(2)CA Derecho Comercial Code § 12105(e)(2) La otra persona obtiene el control del registro electrónico después de haber reconocido que obtendrá el control del registro electrónico en nombre de la persona.
(f)CA Derecho Comercial Code § 12105(f) Una persona que tiene el control según esta sección no está obligada a reconocer que tiene el control en nombre de otra persona.
(g)CA Derecho Comercial Code § 12105(g) Si una persona reconoce que tiene o que obtendrá el control en nombre de otra persona, a menos que la persona acuerde lo contrario o que la ley, que no sea esta división o la División 9 (que comienza con la Sección 9101), disponga lo contrario, la persona no tiene ninguna obligación con la otra persona y no está obligada a confirmar el reconocimiento a ninguna otra persona.

Section § 12106

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Esta ley explica cómo un deudor de cuenta, es decir, alguien que debe dinero, puede saldar correctamente su deuda cuando esta se relaciona con una cuenta controlable o un intangible de pago, que son tipos de obligaciones financieras digitales respaldadas por registros electrónicos. El deudor puede liberarse de su obligación pagando a la persona que actualmente tiene el control del registro electrónico o, bajo ciertas condiciones, al controlador anterior. Sin embargo, si recibe una notificación válida que indica que el control ha sido transferido a otra persona, debe pagar al nuevo titular. Esta notificación debe identificar la obligación, reconocer la transferencia, identificar al nuevo titular y explicar cómo realizar el pago. Si el deudor recibe dicha notificación, ya no puede pagar al controlador anterior.

Si la notificación no cumple con los términos acordados o con el contrato del deudor con el vendedor original, la notificación es ineficaz y el deudor puede seguir pagando al controlador anterior. La ley también estipula que los derechos del deudor en cuanto a la notificación y la confirmación de la transferencia de control no pueden ser renunciados. Es importante destacar que esta sección está sujeta a otras leyes si la obligación del deudor es principalmente para fines personales o domésticos.

(a)CA Derecho Comercial Code § 12106(a) Un deudor de cuenta sobre una cuenta controlable o un intangible de pago controlable puede saldar su obligación pagando a cualquiera de los siguientes:
(1)CA Derecho Comercial Code § 12106(a)(1) La persona que tiene el control del registro electrónico controlable que evidencia la cuenta controlable o el intangible de pago controlable.
(2)CA Derecho Comercial Code § 12106(a)(2) Salvo lo dispuesto en el apartado (b), una persona que anteriormente tenía el control del registro electrónico controlable.
(b)CA Derecho Comercial Code § 12106(b) Sujeto al apartado (d), el deudor de cuenta no saldará su obligación pagando a una persona que anteriormente tenía el control del registro electrónico controlable si el deudor de cuenta recibe una notificación que cumple con todo lo siguiente:
(1)CA Derecho Comercial Code § 12106(b)(1) Está firmada por una persona que anteriormente tenía el control o la persona a la que se transfirió el control.
(2)CA Derecho Comercial Code § 12106(b)(2) Identifica razonablemente la cuenta controlable o el intangible de pago controlable.
(3)CA Derecho Comercial Code § 12106(b)(3) Notifica al deudor de cuenta que el control del registro electrónico controlable que evidencia la cuenta controlable o el intangible de pago controlable fue transferido.
(4)CA Derecho Comercial Code § 12106(b)(4) Identifica al cesionario, de cualquier manera razonable, incluyendo por nombre, número de identificación, clave criptográfica, oficina o número de cuenta.
(5)CA Derecho Comercial Code § 12106(b)(5) Proporciona un método comercialmente razonable por el cual el deudor de cuenta debe pagar al cesionario.
(c)CA Derecho Comercial Code § 12106(c) Después de recibir una notificación que cumple con el apartado (b), el deudor de cuenta puede saldar su obligación pagando de acuerdo con la notificación y no saldará la obligación pagando a una persona que anteriormente tenía el control.
(d)CA Derecho Comercial Code § 12106(d) Sujeto al apartado (h), la notificación es ineficaz según el apartado (b) si se aplica cualquiera de los siguientes:
(1)CA Derecho Comercial Code § 12106(d)(1) A menos que, antes de que se envíe la notificación, el deudor de cuenta y la persona que, en ese momento, tenía el control del registro electrónico controlable que evidencia la cuenta controlable o el intangible de pago controlable acuerden en un registro firmado un método comercialmente razonable por el cual una persona pueda proporcionar prueba razonable de que el control ha sido transferido.
(2)CA Derecho Comercial Code § 12106(d)(2) En la medida en que un acuerdo entre el deudor de cuenta y el vendedor de un intangible de pago limite el deber del deudor de cuenta de pagar a una persona que no sea el vendedor y la limitación sea efectiva según una ley que no sea esta división.
(3)CA Derecho Comercial Code § 12106(d)(3) A opción del deudor de cuenta, si la notificación le indica al deudor de cuenta que haga cualquiera de lo siguiente:
(A)CA Derecho Comercial Code § 12106(d)(3)(A) Dividir el pago.
(B)CA Derecho Comercial Code § 12106(d)(3)(B) Realizar un pago inferior al importe total de una cuota u otro pago periódico.
(C)CA Derecho Comercial Code § 12106(d)(3)(C) Pagar cualquier parte de un pago por más de un método o a más de una persona.
(e)CA Derecho Comercial Code § 12106(e) Sujeto al apartado (h), si lo solicita el deudor de cuenta, la persona que emite la notificación según el apartado (b) deberá proporcionar oportunamente prueba razonable, utilizando el método del acuerdo al que se refiere el párrafo (1) del apartado (d), de que el control del registro electrónico controlable ha sido transferido. A menos que la persona cumpla con la solicitud, el deudor de cuenta puede saldar su obligación pagando a una persona que anteriormente tenía el control, incluso si el deudor de cuenta ha recibido una notificación según el apartado (b).
(f)CA Derecho Comercial Code § 12106(f) Una persona proporciona prueba razonable según el apartado (e) de que el control ha sido transferido si la persona demuestra, utilizando el método del acuerdo al que se refiere el párrafo (1) del apartado (d), que el cesionario tiene el poder de hacer todo lo siguiente:
(1)CA Derecho Comercial Code § 12106(f)(1) Beneficiarse sustancialmente de todo el provecho del registro electrónico controlable.
(2)CA Derecho Comercial Code § 12106(f)(2) Impedir que otros se beneficien sustancialmente de todo el provecho del registro electrónico controlable.
(3)CA Derecho Comercial Code § 12106(f)(3) Transferir las facultades especificadas en los párrafos (1) y (2) a otra persona.
(g)CA Derecho Comercial Code § 12106(g) Sujeto al apartado (h), un deudor de cuenta no puede renunciar o variar sus derechos según el párrafo (1) del apartado (d) o según el apartado (e), o su opción según el párrafo (3) del apartado (d).
(h)CA Derecho Comercial Code § 12106(h) Esta sección está sujeta a leyes distintas de esta división que establezcan una regla diferente para un deudor de cuenta que sea una persona física y que haya contraído la obligación principalmente para fines personales, familiares o domésticos.

Section § 12107

Explanation

Esta ley determina qué ley local se aplica a los asuntos que involucran registros electrónicos controlables, que son esencialmente registros digitales legalmente controlables. Típicamente, se aplica la ley del lugar especificado como la jurisdicción del registro, a menos que las partes acuerden lo contrario. Describe métodos para identificar la jurisdicción de un registro, dando prioridad a las designaciones explícitas dentro del registro o las reglas del sistema. Si ninguno de estos métodos se aplica, la jurisdicción predeterminada es el Distrito de Columbia. Además, la ley se aplica independientemente de la conexión del asunto con la jurisdicción designada. También determina que los derechos adquiridos bajo secciones específicas se rigen por la ley aplicable en el momento de la compra.

(a)CA Derecho Comercial Code § 12107(a) Salvo lo dispuesto en la subdivisión (b), la ley local de la jurisdicción de un registro electrónico controlable rige una cuestión cubierta por esta división.
(b)CA Derecho Comercial Code § 12107(b) Para un registro electrónico controlable que evidencia una cuenta controlable o un intangible de pago controlable, la ley local de la jurisdicción del registro electrónico controlable rige una cuestión cubierta por la Sección 12106 a menos que un acuerdo efectivo determine que la ley local de otra jurisdicción rige.
(c)CA Derecho Comercial Code § 12107(c) Las siguientes reglas determinan la jurisdicción de un registro electrónico controlable bajo esta sección:
(1)CA Derecho Comercial Code § 12107(c)(1) Si el registro electrónico controlable, o un registro adjunto o lógicamente asociado con el registro electrónico controlable y fácilmente disponible para su revisión, establece expresamente que una jurisdicción particular es la jurisdicción del registro electrónico controlable a los efectos de esta división o este código, esa jurisdicción es la jurisdicción del registro electrónico controlable.
(2)CA Derecho Comercial Code § 12107(c)(2) Si el párrafo (1) no se aplica y las reglas del sistema en el que se registra el registro electrónico controlable están fácilmente disponibles para su revisión y establecen expresamente que una jurisdicción particular es la jurisdicción del registro electrónico controlable a los efectos de esta división o este código, esa jurisdicción es la jurisdicción del registro electrónico controlable.
(3)CA Derecho Comercial Code § 12107(c)(3) Si los párrafos (1) y (2) no se aplican y el registro electrónico controlable, o un registro adjunto o lógicamente asociado con el registro electrónico controlable y fácilmente disponible para su revisión, establece expresamente que el registro electrónico controlable se rige por la ley de una jurisdicción particular, esa jurisdicción es la jurisdicción del registro electrónico controlable.
(4)CA Derecho Comercial Code § 12107(c)(4) Si los párrafos (1) a (3), ambos inclusive, no se aplican y las reglas del sistema en el que se registra el registro electrónico controlable están fácilmente disponibles para su revisión y establecen expresamente que el registro electrónico controlable o el sistema se rige por la ley de una jurisdicción particular, esa jurisdicción es la jurisdicción del registro electrónico controlable.
(5)CA Derecho Comercial Code § 12107(c)(5) Si los párrafos (1) a (4), ambos inclusive, no se aplican, la jurisdicción del registro electrónico controlable es el Distrito de Columbia.
(d)CA Derecho Comercial Code § 12107(d) Si el párrafo (5) de la subdivisión (c) y el Artículo 12 no están en vigor en el Distrito de Columbia sin modificación sustancial, la ley aplicable para una cuestión cubierta por esta división es la ley del Distrito de Columbia como si el Artículo 12 estuviera en vigor en el Distrito de Columbia sin modificación sustancial. En esta subdivisión, “Artículo 12” significa el Artículo 12 de las Enmiendas al Código Comercial Uniforme (2022).
(e)CA Derecho Comercial Code § 12107(e) En la medida en que las subdivisiones (a) y (b) establecen que la ley local de la jurisdicción del registro electrónico controlable rige una cuestión cubierta por esta división, esa ley rige incluso si la cuestión o una transacción a la que se relaciona la cuestión no guarda ninguna relación con la jurisdicción del registro electrónico controlable.
(f)CA Derecho Comercial Code § 12107(f) Los derechos adquiridos bajo la Sección 12104 por un comprador o comprador cualificado se rigen por la ley aplicable bajo esta sección en el momento de la compra.