Título de Registro ComercializableFacultades de Terminación
Section § 885.010
Esta sección explica qué es un 'poder de rescisión' en el derecho de propiedad. Es el derecho a poner fin a la propiedad de alguien sobre un bien si incumple ciertas condiciones. Este derecho puede denominarse de muchas maneras, como 'derecho de entrada' o 'derecho de reentrada', pero en este contexto todos significan lo mismo. La sección también establece que tener este poder se considera un interés sobre la propiedad. Finalmente, cuando esta ley se refiere a términos como 'derecho de recuperación de la posesión', significa el poder de recuperar la propiedad si no se cumplen las condiciones.
Section § 885.015
Esta sección de la ley establece que ciertas reglas no se aplican cuando se trata de finalizar ciertos intereses de propiedad. Específicamente, no cubre situaciones en las que el derecho a finalizar un interés se basa en si el petróleo, el gas u otros minerales se producen o extraen continuamente, o si se refiere a mejoras o accesorios en el terreno que son de propiedad separada y dependen del mantenimiento de un arrendamiento u otro interés de propiedad.
Section § 885.020
Esta ley elimina los antiguos intereses de propiedad denominados 'plenos dominios resolubles' y 'posibilidades de reversión'. En su lugar, ahora se denominan 'pleno dominio sujeto a una condición resolutoria posterior' y 'facultad de resolución', respectivamente. Esto significa que la titularidad de la propiedad es más estable y clara, y las condiciones para perder los derechos de propiedad se gestionan de manera más consistente.
Section § 885.030
En California, el derecho a cancelar un trato o acuerdo de tierras, conocido como 'facultad de resolución', generalmente expira después de 30 años. Este límite de tiempo depende de cuándo se registra un documento que demuestra que usted tiene este derecho. Si presenta un aviso indicando que desea preservar esta facultad, también permite que la facultad dure otros 30 años. Esta regla se aplica incluso si un documento establece lo contrario, a menos que ese documento fije una fecha de vencimiento anterior.
Section § 885.040
Esta ley explica cuándo un 'poder de rescisión' se vuelve obsoleto y, por lo tanto, caduca. Un poder de rescisión permite a alguien reclamar una propiedad si no se cumplen ciertas condiciones. El poder se considera obsoleto si ya no beneficia a su titular, no cumple su propósito previsto, o si hacerlo cumplir sería injusto debido a cambios en las circunstancias. Sin embargo, este poder no caduca durante la vida del otorgante si proviene de una donación a una entidad pública u organización exenta de impuestos sin que haya habido un pago a cambio.
Section § 885.050
Esta ley establece que si usted tiene un 'poder de rescisión' —que es el derecho a recuperar una propiedad cuando se incumplen ciertas reglas— debe ejercerlo mediante una notificación o una demanda. Si este poder está registrado oficialmente, entonces su acción para ejercerlo también debe registrarse. Solo tiene cinco años para actuar después de que se incumpla la regla, a menos que usted y la otra parte acuerden darle más tiempo, pero este acuerdo debe registrarse antes de que se cumplan los cinco años.
Section § 885.060
Esta sección de la ley explica que cuando una facultad de resolución (un derecho a poner fin a un interés sobre una propiedad) caduca, ya no se puede hacer valer, como si hubiera sido oficialmente extinguida o devuelta al propietario de la propiedad. No es necesario presentar ningún papeleo para demostrar que la facultad terminó. Cuando dicha facultad caduca, cualquier restricción vinculada a la propiedad también termina, y no se pueden hacer cumplir esas restricciones mediante demandas o cualquier otra acción legal. Sin embargo, si una restricción es también una servidumbre equitativa (un tipo de norma o limitación sobre el uso de la propiedad) que puede hacerse cumplir por orden judicial, sigue siendo exigible, excepto mediante la facultad de resolución. Esta sección no cambia la ley existente, sino que la aclara, y no hace exigibles restricciones prohibidas.
Section § 885.070
Esta ley se aplica a las facultades de rescisión relacionadas con la propiedad, sin importar si se establecieron antes, en o después de la fecha de inicio de la ley. Si se violó una restricción de propiedad antes de la fecha de inicio de la ley y la facultad de terminar la propiedad no se utilizó antes de esa fecha, aún debe ejercerse antes de la primera de estas dos opciones: la fecha límite según las reglas de la ley anterior o dentro de los cinco años a partir del inicio de la ley. "Fecha de entrada en vigor" se refiere a cuando esta ley o cualquiera de sus enmiendas entraron en vigencia.