Derechos Reales sobre Bienes InmueblesServidumbres
Section § 801
Esta ley trata sobre las servidumbres, que son ciertos derechos que un propietario de terreno puede tener para usar la propiedad de otra persona. Enumera diferentes tipos de servidumbres, como el derecho a caminar o conducir por la propiedad de otro (derecho de paso), tomar recursos como agua o minerales, o tener acceso a la luz solar o al aire sobre la tierra de otra persona. Otros ejemplos incluyen derechos para realizar actividades como pesca, caza o deportes en la tierra de otro, o para llevar a cabo negocios allí. Las servidumbres también pueden implicar necesidades de infraestructura, como el uso de una pared compartida o el mantenimiento de una cerca divisoria.
Section § 801.5
Esta sección de la ley define qué es una servidumbre solar, que es un derecho legal a recibir luz solar en su propiedad desde una propiedad adyacente, esencial para los sistemas de energía solar. Describe dos tipos de sistemas de energía solar: dispositivos que recolectan y utilizan energía solar para calefacción o electricidad, y características estructurales específicas como paneles solares o tecnología fotovoltaica integrada en edificios. Además, al crear una servidumbre solar, el acuerdo debe incluir medidas claras, restricciones para evitar obstrucciones de estructuras o vegetación, y cualquier condición para modificar o terminar la servidumbre. También aclara que una 'empresa de servicios eléctricos' se refiere a compañías o servicios públicos locales que suministran electricidad, pero la servidumbre solar no está destinada a la venta de electricidad a estas entidades.
Section § 801.7
Si una compañía ferroviaria centrada en el transporte de pasajeros obtiene permiso para usar un derecho de vía, se le permite usar el terreno para construir, mantener y gestionar todas las estructuras esenciales que necesita para su ferrocarril y cualquier instalación relacionada. El término 'corporación ferroviaria' se define en otra parte del Código de Servicios Públicos.
Section § 802
La Sección 802 trata sobre derechos específicos, llamados servidumbres, que pueden poseerse de forma independiente de la tierra misma. Estos incluyen derechos como el pastoreo de animales, la pesca, tener un asiento en la iglesia, derechos de sepultura, cobrar rentas y peajes, usar un camino, y recolectar recursos como agua, madera y minerales de la tierra.
Section § 803
Esta ley explica las servidumbres definiendo dos tipos de propiedades: el 'predio dominante' es la propiedad que se beneficia de una servidumbre, mientras que el 'predio sirviente' es la propiedad que debe permitir dicha servidumbre.
Section § 804
Solo quien tiene un derecho legal sobre una propiedad puede establecer una servidumbre (que es un tipo de derecho sobre la propiedad) en ella.
Section § 805
Section § 806
Section § 807
Section § 808
Si usted es dueño de los derechos de una propiedad futura, aún puede usar cualquier servidumbre sobre esa propiedad. Esto significa que puede verificar si hay daños en la propiedad, cobrar el alquiler o quitar cualquier cosa que pueda impedir el disfrute de estos derechos, incluso si hay un inquilino viviendo allí ahora.
Section § 809
Si usted es propietario o vive en una propiedad que se beneficia de una servidumbre (un derecho legal para usar la tierra de otra persona), puede emprender acciones legales para asegurarse de que ese derecho sea respetado.
Section § 810
Si eres dueño absoluto de un terreno, puedes iniciar acciones legales para recuperarlo de cualquiera que lo ocupe sin permiso, incluso si el terreno tiene algún derecho de uso público, como una servidumbre.
Section § 811
Esta ley explica cómo puede terminar una servidumbre, que es un derecho que el propietario de un inmueble tiene sobre el terreno de otro. Termina si la misma persona es propietaria tanto de la servidumbre como del terreno al que afecta, si el inmueble que se beneficia de la servidumbre es destruido, si ocurre una acción en la propiedad que no es compatible con la servidumbre, o si la servidumbre no se utiliza durante un período determinado.
Section § 813
Si usted es propietario de un terreno y desea permitir el uso público, pero manteniendo el control sobre él, puede registrar oficialmente un aviso que indique que el público o cualquier persona puede usar el terreno solo con su permiso. Este aviso deja claro ante un tribunal que cualquier uso del terreno por parte del público, más allá de lo acordado por escrito, es temporal y con su consentimiento. Para cambiar este permiso, también debe registrar un aviso cancelándolo. Mientras el aviso esté en vigor, usted no puede bloquear físicamente el uso público si es apropiado. Cuando el terreno es utilizado por una persona o grupo específico, debe enviarles el aviso por correo. Registrar este aviso no cambia ningún derecho que las personas ya tengan. También puede establecer límites razonables sobre cómo el público puede usar el terreno, y el incumplimiento de estos límites significa que no se considera uso público.