(a)CA Derecho Civil Code § 798.51(a) Ninguna disposición contenida en ningún contrato de alquiler, norma o reglamento de un parque de casas móviles negará o prohibirá el derecho de cualquier propietario o residente del parque a realizar cualquiera de las siguientes acciones:
(1)CA Derecho Civil Code § 798.51(a)(1) Reunirse o congregarse pacíficamente en el parque, en horas razonables y de manera razonable, para cualquier propósito lícito. Las reuniones podrán celebrarse en el salón comunitario o recreativo o en la casa club del parque cuando la instalación no esté en uso, y, con el consentimiento del propietario, en cualquier casa móvil dentro del parque.
(2)CA Derecho Civil Code § 798.51(a)(2) Invitar a funcionarios públicos, candidatos a cargos públicos o representantes de organizaciones de propietarios de casas móviles a reunirse con los propietarios y residentes y hablar sobre asuntos de interés público, de conformidad con la Sección 798.50.
(3)CA Derecho Civil Code § 798.51(a)(3) Sondear y solicitar firmas de propietarios y residentes con fines no comerciales relacionados con la vida en casas móviles, la elección a cargos públicos, o los procesos de iniciativa, referéndum o revocatoria, en horas razonables y de manera razonable, incluyendo la distribución o circulación de información.
(b)CA Derecho Civil Code § 798.51(b) No se podrá cobrar un depósito de limpieza a un propietario o residente para usar el salón recreativo o la casa club del parque para reuniones de organizaciones de residentes con cualquiera de los propósitos establecidos en la Sección 798.50 y esta sección, independientemente de si se invita a asistir a la reunión a invitados o visitantes de fuera del parque, si un propietario o residente del parque es el anfitrión de la reunión y se permite la asistencia a todos los propietarios o residentes del parque.
(c)CA Derecho Civil Code § 798.51(c) No se podrá exigir a un propietario o residente que obtenga un seguro de responsabilidad civil para usar las instalaciones de áreas comunes para los propósitos especificados en esta sección y la Sección 798.50. Sin embargo, si se van a servir bebidas alcohólicas en cualquier reunión o función privada, la propiedad o administración del parque podrá exigir una póliza de seguro de responsabilidad civil. La propiedad o administración de un parque de casas móviles podrá prohibir el consumo de bebidas alcohólicas en las instalaciones de áreas comunes del parque si los términos del contrato de alquiler o las normas y reglamentos del parque lo prohíben.
(d)CA Derecho Civil Code § 798.51(d) Un propietario, organización o grupo de propietarios que utilice un salón recreativo o casa club de conformidad con esta sección deberá cumplir con cualquier limitación o restricción con respecto al estacionamiento de vehículos o la ocupación máxima del salón recreativo o la casa club.
(e)CA Derecho Civil Code § 798.51(e) No se podrá prohibir a un propietario o residente exhibir un letrero de campaña política relacionado con un candidato a un cargo público o con el proceso de iniciativa, referéndum o revocatoria en la ventana o en el costado de una casa prefabricada o casa móvil, o dentro del sitio donde la casa esté ubicada o instalada. El tamaño de la cara de un letrero político no podrá exceder los seis pies cuadrados, y el letrero no podrá exhibirse por un período de tiempo superior a 90 días antes de una elección y hasta 15 días después de la elección, a menos que una ordenanza local dentro de la jurisdicción donde se encuentra el parque de casas móviles imponga un período de tiempo más restrictivo para la exhibición de dicho letrero.