Ley de Ocupación de Parques de Vehículos RecreativosInquilinos Morosos
Section § 799.65
Si un inquilino no paga el alquiler, los servicios públicos o los cargos por servicios durante cinco días después de su fecha de vencimiento, el propietario puede dar por terminado su contrato de arrendamiento. Luego, el inquilino tiene tres días, después de recibir un aviso por escrito, para pagar el monto total o para irse. El pago dentro de esos tres días subsana el incumplimiento. Si el inquilino no paga dentro de este período, seguirá debiendo dinero hasta que desocupe la propiedad.
Section § 799.66
Esta ley permite a la administración de un parque de vehículos recreativos poner fin a la estancia de un inquilino (no por falta de pago del alquiler) mediante un aviso por escrito. El aviso no tiene que explicar el motivo, pero debe entregarse con al menos 30 días de antelación.
Section § 799.67
Esta sección de la ley indica que, cuando alguien es desalojado conforme a las normas de este artículo, el desalojo debe seguir ciertos procedimientos establecidos en otra parte del código legal, a menos que este artículo indique algo distinto.