(a)CA Derecho Civil Code § 1090.5(a) Ninguna persona con interés en una transacción de bienes raíces que involucre una valoración deberá influir indebidamente o intentar influir indebidamente en el desarrollo, informe, resultado o revisión de dicha valoración, a través de coerción, extorsión, soborno, intimidación, compensación o instrucción. Para los fines de esta sección, una valoración se define como una estimación del valor de bienes inmuebles en forma escrita o electrónica, que no sea una producida únicamente por un modelo o sistema de valoración automatizado. Los actos prohibidos incluyen, entre otros, los siguientes:
(1)CA Derecho Civil Code § 1090.5(a)(1) Intentar influir en una persona que prepara una valoración para que informe un valor mínimo o máximo para la propiedad que se está valorando. Dicha influencia puede incluir, entre otras:
(A)CA Derecho Civil Code § 1090.5(a)(1)(A) Solicitar a una persona que proporcione una estimación u opinión preliminar de valor antes de celebrar un contrato con esa persona para servicios de valoración.
(B)CA Derecho Civil Code § 1090.5(a)(1)(B) Condicionar la contratación de una persona basándose en la expectativa de la conclusión de valor que probablemente presentará esa persona.
(C)CA Derecho Civil Code § 1090.5(a)(1)(C) Condicionar el monto de la compensación de una persona a la conclusión de valor presentada por esa persona.
(D)CA Derecho Civil Code § 1090.5(a)(1)(D) Proporcionar a una persona una valoración anticipada, estimada, alentada o deseada antes de que complete una valoración.
(2)CA Derecho Civil Code § 1090.5(a)(2) Retener o amenazar con retener el pago oportuno a una persona o entidad que prepara una valoración, o que proporciona funciones de gestión de valoración, porque esa persona o entidad no presenta un valor igual o superior a una cierta cantidad.
(3)CA Derecho Civil Code § 1090.5(a)(3) Insinuar a una persona que prepara una valoración que la retención actual o futura de esa persona depende de la cantidad en la que la persona estime el valor de los bienes inmuebles.
(4)CA Derecho Civil Code § 1090.5(a)(4) Excluir a una persona que prepara una valoración de ser considerada para futuras contrataciones porque la persona informa un valor que no cumple o excede un umbral predeterminado.
(5)CA Derecho Civil Code § 1090.5(a)(5) Condicionar la compensación pagada a una persona que prepara una valoración a la consumación de la transacción de bienes raíces para la cual se prepara la valoración.
(6)CA Derecho Civil Code § 1090.5(a)(6) Solicitar el pago de compensación para lograr una mayor prioridad en la asignación de negocios de valoración.
(b)CA Derecho Civil Code § 1090.5(b) La subdivisión (a) no prohíbe que una persona con interés en una transacción de bienes raíces realice cualquiera de las siguientes acciones:
(1)CA Derecho Civil Code § 1090.5(b)(1) Pedir a una persona que realiza una valoración que haga cualquiera de lo siguiente:
(A)CA Derecho Civil Code § 1090.5(b)(1)(A) Considerar información adicional y apropiada sobre la propiedad, incluida información sobre propiedades comparables.
(B)CA Derecho Civil Code § 1090.5(b)(1)(B) Proporcionar más detalles, justificación o explicación para la conclusión de valor de la persona.
(C)CA Derecho Civil Code § 1090.5(b)(1)(C) Corregir errores en un informe de valoración.
(2)CA Derecho Civil Code § 1090.5(b)(2) Obtener múltiples valoraciones, con el fin de seleccionar la valoración más confiable.
(3)CA Derecho Civil Code § 1090.5(b)(3) Retener la compensación debido a incumplimiento de contrato o desempeño deficiente de los servicios.
(4)CA Derecho Civil Code § 1090.5(b)(4) Proporcionar una copia del contrato de venta en relación con una transacción de compra.
(c)CA Derecho Civil Code § 1090.5(c) Si una persona que viola esta sección está licenciada o registrada bajo cualquier ley estatal de licencias o registro y la violación ocurre en el curso y alcance de las funciones de la persona como licenciatario o registrado, la violación se considerará una violación de esa ley.
(d)CA Derecho Civil Code § 1090.5(d) Nada en esta sección se interpretará como una autorización de comunicaciones que de otro modo estén prohibidas por la ley vigente.