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Aviso de Traducción: Las traducciones de leyes se proporcionan solo para conveniencia y no están destinadas a ser utilizadas como referencia ni citadas. Para fines legales oficiales, consulte el texto original en inglés.

Section § 1090.5

Explanation

Esta ley busca evitar que las personas involucradas en transacciones inmobiliarias influyan indebidamente en las valoraciones de propiedades. Prohíbe específicamente acciones como el soborno, la intimidación o modificar el pago de un tasador según el resultado de la tasación. Sin embargo, está permitido pedir a los tasadores que revisen más datos, corrijan errores o proporcionen más detalles. Si alguien con una licencia de bienes raíces incumple estas normas durante su trabajo, se considera una infracción de las leyes de licencias. Además, esta ley no justifica violar ninguna restricción de comunicación legal ya existente.

(a)CA Derecho Civil Code § 1090.5(a) Ninguna persona con interés en una transacción de bienes raíces que involucre una valoración deberá influir indebidamente o intentar influir indebidamente en el desarrollo, informe, resultado o revisión de dicha valoración, a través de coerción, extorsión, soborno, intimidación, compensación o instrucción. Para los fines de esta sección, una valoración se define como una estimación del valor de bienes inmuebles en forma escrita o electrónica, que no sea una producida únicamente por un modelo o sistema de valoración automatizado. Los actos prohibidos incluyen, entre otros, los siguientes:
(1)CA Derecho Civil Code § 1090.5(a)(1) Intentar influir en una persona que prepara una valoración para que informe un valor mínimo o máximo para la propiedad que se está valorando. Dicha influencia puede incluir, entre otras:
(A)CA Derecho Civil Code § 1090.5(a)(1)(A) Solicitar a una persona que proporcione una estimación u opinión preliminar de valor antes de celebrar un contrato con esa persona para servicios de valoración.
(B)CA Derecho Civil Code § 1090.5(a)(1)(B) Condicionar la contratación de una persona basándose en la expectativa de la conclusión de valor que probablemente presentará esa persona.
(C)CA Derecho Civil Code § 1090.5(a)(1)(C) Condicionar el monto de la compensación de una persona a la conclusión de valor presentada por esa persona.
(D)CA Derecho Civil Code § 1090.5(a)(1)(D) Proporcionar a una persona una valoración anticipada, estimada, alentada o deseada antes de que complete una valoración.
(2)CA Derecho Civil Code § 1090.5(a)(2) Retener o amenazar con retener el pago oportuno a una persona o entidad que prepara una valoración, o que proporciona funciones de gestión de valoración, porque esa persona o entidad no presenta un valor igual o superior a una cierta cantidad.
(3)CA Derecho Civil Code § 1090.5(a)(3) Insinuar a una persona que prepara una valoración que la retención actual o futura de esa persona depende de la cantidad en la que la persona estime el valor de los bienes inmuebles.
(4)CA Derecho Civil Code § 1090.5(a)(4) Excluir a una persona que prepara una valoración de ser considerada para futuras contrataciones porque la persona informa un valor que no cumple o excede un umbral predeterminado.
(5)CA Derecho Civil Code § 1090.5(a)(5) Condicionar la compensación pagada a una persona que prepara una valoración a la consumación de la transacción de bienes raíces para la cual se prepara la valoración.
(6)CA Derecho Civil Code § 1090.5(a)(6) Solicitar el pago de compensación para lograr una mayor prioridad en la asignación de negocios de valoración.
(b)CA Derecho Civil Code § 1090.5(b) La subdivisión (a) no prohíbe que una persona con interés en una transacción de bienes raíces realice cualquiera de las siguientes acciones:
(1)CA Derecho Civil Code § 1090.5(b)(1) Pedir a una persona que realiza una valoración que haga cualquiera de lo siguiente:
(A)CA Derecho Civil Code § 1090.5(b)(1)(A) Considerar información adicional y apropiada sobre la propiedad, incluida información sobre propiedades comparables.
(B)CA Derecho Civil Code § 1090.5(b)(1)(B) Proporcionar más detalles, justificación o explicación para la conclusión de valor de la persona.
(C)CA Derecho Civil Code § 1090.5(b)(1)(C) Corregir errores en un informe de valoración.
(2)CA Derecho Civil Code § 1090.5(b)(2) Obtener múltiples valoraciones, con el fin de seleccionar la valoración más confiable.
(3)CA Derecho Civil Code § 1090.5(b)(3) Retener la compensación debido a incumplimiento de contrato o desempeño deficiente de los servicios.
(4)CA Derecho Civil Code § 1090.5(b)(4) Proporcionar una copia del contrato de venta en relación con una transacción de compra.
(c)CA Derecho Civil Code § 1090.5(c) Si una persona que viola esta sección está licenciada o registrada bajo cualquier ley estatal de licencias o registro y la violación ocurre en el curso y alcance de las funciones de la persona como licenciatario o registrado, la violación se considerará una violación de esa ley.
(d)CA Derecho Civil Code § 1090.5(d) Nada en esta sección se interpretará como una autorización de comunicaciones que de otro modo estén prohibidas por la ley vigente.