(a)CA Derecho Civil Code § 1140(a) A los efectos de esta sección:
(1)CA Derecho Civil Code § 1140(a)(1) El término "cliente" se refiere a cualquier persona física o jurídica que encarga o encargó a un moldeador la fabricación, fundición o elaboración de un troquel, molde o forma.
(2)CA Derecho Civil Code § 1140(a)(2) El término "moldeador" se refiere a cualquier persona física o jurídica, incluyendo, entre otros, un fabricante de herramientas o troqueles, que fabrica, funde o elabora un troquel, molde o forma.
(3)CA Derecho Civil Code § 1140(a)(3) A los efectos de esta sección, el término "dentro de los tres años siguientes al último uso anterior" se interpretará de manera que incluya cualquier período posterior al último uso anterior de un troquel, molde o forma, independientemente de si dicho período precede o no a la fecha de entrada en vigor de esta sección.
(b)CA Derecho Civil Code § 1140(b) A falta de acuerdo en contrario, el cliente tendrá todos los derechos y la titularidad sobre cualquier troquel, molde o forma en posesión del moldeador.
(c)CA Derecho Civil Code § 1140(c) Si un cliente no reclama la posesión a un moldeador de un troquel, molde o forma dentro de los tres años siguientes al último uso anterior del mismo, todos los derechos y la titularidad sobre cualquier troquel, molde o forma podrán ser transferidos por ministerio de la ley al moldeador con el fin de destruir o disponer de dicho troquel, molde o forma, de conformidad con esta sección.
(d)CA Derecho Civil Code § 1140(d) Si un moldeador decide que todos los derechos y la titularidad sobre cualquier troquel, molde o forma le sean transferidos por ministerio de la ley, el moldeador deberá enviar una notificación por escrito por correo certificado al director ejecutivo del cliente o, si el cliente no es una entidad comercial, al propio cliente en su última dirección conocida, indicando que el moldeador tiene la intención de extinguir los derechos y la titularidad del cliente mediante la transferencia de todos esos derechos y titularidad al moldeador por ministerio de la ley de conformidad con esta sección.
(e)CA Derecho Civil Code § 1140(e) Si un cliente no responde en persona o por correo para reclamar la posesión del troquel, molde o forma en particular dentro de los 120 días siguientes a la fecha de envío de la notificación, o no llega a otros acuerdos contractuales con el moldeador para su almacenamiento, todos los derechos y la titularidad del cliente se transferirán por ministerio de la ley al moldeador. Posteriormente, el moldeador podrá destruir o disponer de dicho molde, herramienta o troquel como propiedad propia del moldeador sin ningún riesgo de responsabilidad ante el cliente, excepto que esta sección no se interpretará de ninguna manera que afecte cualquier derecho del cliente, bajo la ley federal de patentes o derechos de autor o cualquier ley estatal o federal relativa a la competencia desleal.