Extinción de ObligacionesPrevención de Cumplimiento u Oferta
Section § 1511
Esta ley explica las situaciones en las que una persona está eximida de cumplir un contrato o de hacer una oferta. No eres responsable si no puedes cumplir porque la otra parte te lo impidió o te retrasó, o si la ley lo prohíbe. Es posible que debas avisar por escrito a la otra parte si planeas pedir más tiempo o iniciar acciones legales. El cumplimiento también se excusa si un desastre natural o una acción enemiga lo impide, a menos que hayas acordado lo contrario en el contrato. Finalmente, si las acciones de la otra parte te hicieron creer que no debías cumplir, estás eximido de hacerlo.
Section § 1512
Section § 1514
Si algo ocurre fuera del control del deudor que le impide cumplir con su obligación, aún así debería recibir una parte justa de lo que se le prometió, basado en cuánto se benefició el acreedor de cualquier trabajo que pudo realizar.