Se concederán honorarios de abogado y costas razonables a la parte vencedora en cualquier acción sobre un contrato o cuenta a plazos sujeta a las disposiciones de este capítulo, independientemente de si dicha acción es iniciada por el vendedor, tenedor o comprador. Cuando el demandado alegue en su contestación que ofreció al demandante la cantidad total a la que tenía derecho, y acto seguido deposite en el tribunal, para el demandante, la cantidad así ofrecida, y se compruebe que la alegación es cierta, entonces se considerará al demandado como parte vencedora a los efectos de este artículo.
Ventas a Plazos MinoristasHonorarios de Abogados y Costas Judiciales
Section § 1811.1
Si ganas un juicio relacionado con un contrato o una cuenta a plazos, la otra parte tiene que cubrir tus gastos legales razonables. Esta regla se aplica sin importar quién inició el juicio, ya sea el vendedor, el tenedor o el comprador. Si la persona demandada afirma que pagó la cantidad total adeudada antes del juicio y lo demuestra depositando esa cantidad en el tribunal, entonces se le considera el ganador del caso a efectos de que se le cubran sus gastos legales.
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