Venta de Grabados de ArteRecursos y Sanciones
Section § 1745
Si un comerciante de arte vende u ofrece una obra de arte sin el certificado de autenticidad requerido o proporciona información falsa, es responsable ante el comprador por el precio de compra más intereses. Si lo hace intencionadamente, el comprador puede recuperar el triple de esa cantidad. La demanda debe presentarse en el plazo de un año desde el descubrimiento del problema y no más tarde de tres años desde la venta. Los tribunales pueden conceder los costes legales a la parte ganadora, a menos que la demanda se haya presentado de mala fe. Los compradores pueden reclamar daños y perjuicios adicionales más allá de lo que establece esta ley. Los comerciantes de arte no pueden evitar la responsabilidad con descargos de responsabilidad a menos que no hayan realizado las indagaciones razonables esperadas en el comercio.
Section § 1745.5
Esta ley establece que si alguien infringe una ley específica en California, un tribunal puede detenerlo. El Fiscal General, los fiscales de distrito, los fiscales municipales, los fiscales de la ciudad, o incluso individuos que representen el interés público, pueden iniciar acciones legales para evitar que las violaciones continúen. Las personas que infrinjan la ley podrían tener que pagar una multa de hasta $1,000 por cada infracción, la cual se recauda y distribuye a varios fondos gubernamentales, dependiendo de quién presente la demanda. Además, se puede aplicar un recargo similar que se utiliza para cubrir los costos de aplicación de la ley.