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Aviso de Traducción: Las traducciones de leyes se proporcionan solo para conveniencia y no están destinadas a ser utilizadas como referencia ni citadas. Para fines legales oficiales, consulte el texto original en inglés.

Section § 2194

Explanation

Esta ley establece que cuando una empresa de transporte mueve mercancías, es responsable de cuidarlas desde el momento en que acepta el envío hasta la entrega, a menos que se apliquen ciertas excepciones. Estas excepciones incluyen si las mercancías se deterioran o se dañan por sí mismas de forma natural, si estalla una guerra que involucre a los EE. UU. o al estado, si una acción legal impide la entrega, o si ocurre un desastre natural que está más allá del control humano.

A menos que el consignador acompañe la carga y conserve el control exclusivo de la misma, un transportista común terrestre de bienes es responsable, desde el momento en que la acepta hasta que se exime de responsabilidad conforme a las Secciones 2118 a 2122, por la pérdida o daño de la misma por cualquier causa, excepto:
1. Un defecto inherente, vicio o debilidad, o una acción espontánea, de la propiedad misma;
2. El acto de un enemigo público de los Estados Unidos, o de este Estado;
3. El acto de la ley; o,
4. Cualquier causa irresistible sobrehumana.

Section § 2195

Explanation

Esta ley establece que si un transportista común, como una empresa de transporte por carretera o un servicio de entrega, no toma el cuidado razonable y su falta de cuidado causa una pérdida o daño a la propiedad que transporta, es responsable de esa pérdida o daño, incluso si se mencionaron excepciones previamente.

Un transportista común es responsable, incluso en los casos exceptuados por la sección anterior, si su falta de diligencia ordinaria expone la propiedad a la causa de la pérdida.

Section § 2196

Explanation
Un transportista común, como un servicio de autobús o de entrega, solo es responsable por los retrasos si no actuó con un nivel razonable de cuidado y atención.

Section § 2197

Explanation

Si hay un retraso en el transporte de la carga y surgen cargos por almacenamiento o alquiler de equipo debido a ello, quién paga depende de quién sea el culpable del retraso. Si el consignador (la persona que envía la carga) causa el retraso, debe pagar al transportista de carga. Si es el consignatario (la persona que recibe la carga) quien lo causó, es responsable de los cargos. Esta ley no modifica ningún otro acuerdo entre compañías ferroviarias, navieras y transportistas de carga.

(a)CA Derecho Civil Code § 2197(a) La responsabilidad por los cargos por almacenamiento o alquiler de equipo impuestos a un transportista de carga por una compañía ferroviaria o naviera será la siguiente si los cargos surgen de un retraso causado por el consignador o el consignatario de la carga:
(1)CA Derecho Civil Code § 2197(a)(1) El consignador es responsable ante el transportista de carga por los cargos si el consignador causó el retraso.
(2)CA Derecho Civil Code § 2197(a)(2) El consignatario es responsable ante el transportista de carga por los cargos si el consignatario causó el retraso.
(b)CA Derecho Civil Code § 2197(b) Nada en esta sección afectará los derechos, deberes y obligaciones entre una compañía ferroviaria o naviera y un transportista de carga.

Section § 2197.5

Explanation

Si las mercancías se envían y se pagan por adelantado, y hay un retraso causado por el remitente (consignador) o el receptor (consignatario), el receptor debe pagar al transportista de motor cualquier cargo adicional. Esto no modifica ningún acuerdo existente entre compañías ferroviarias o navieras y transportistas de motor.

(a)CA Derecho Civil Code § 2197.5(a) Además de la responsabilidad establecida por la Sección 2197, el consignatario es responsable ante el transportista de motor por los cargos si la carga se envía prepagada y el retraso fue causado por el consignador o el consignatario.
(b)CA Derecho Civil Code § 2197.5(b) Nada en esta sección afectará los derechos, deberes y obligaciones entre una compañía ferroviaria o naviera y un transportista de motor.

Section § 2200

Explanation
Esta ley cubre situaciones en las que una empresa que transporta artículos valiosos, como oro, plata o piedras preciosas, solo es responsable por daños de hasta $50 si dichos artículos se pierden o se dañan. Este límite se aplica a menos que la empresa fuera informada sobre el contenido y su naturaleza al recibirlos. Si un recibo o factura indica el valor de los artículos, la empresa solo es responsable hasta esa cantidad.

Section § 2203

Explanation
Esta sección de la ley establece que cuando un transportista común presta servicios relacionados con la carga, además de simplemente transportarla y entregarla, los derechos y deberes del transportista se rigen por reglas específicas sobre depósitos y servicios.

Section § 2204

Explanation
Si una empresa de transporte no puede entregar mercancías perecederas por razones ajenas a su propia falta de cuidado y no puede cobrar por el envío, puede vender las mercancías en un mercado público para cubrir los costos de envío que se le deben.

Section § 2205

Explanation

Esta ley limita lo que los transportistas comunes, como autobuses o servicios de transporte, tienen que pagar si su equipaje se pierde o se daña. No cubrirán más de $500 por cada baúl, o $250 por una maleta u otros artículos similares, a menos que declare un valor superior cuando entregue sus maletas y ellos lo acepten por escrito. Además, debe etiquetar su equipaje con su nombre y dirección cuando lo facture con ellos.

La responsabilidad de cualquier empresa de diligencias, compañía de traslados u otros transportistas comunes que operen en las vías públicas por la pérdida o el daño de cualquier equipaje no excederá la suma de quinientos dólares ($500) por cada baúl y su contenido; doscientos cincuenta dólares ($250) por cada maleta, maletín o bolsa de viaje y su contenido; o doscientos cincuenta dólares ($250) por cada caja, bulto o paquete y su contenido, a menos que se declare una valoración superior en el momento de la entrega de dicho equipaje al transportista y este lo acepte por escrito.
Todo equipaje presentado al transportista para su facturación deberá ser debidamente etiquetado por el propietario con su nombre y dirección.