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Aviso de Traducción: Las traducciones de leyes se proporcionan solo para conveniencia y no están destinadas a ser utilizadas como referencia ni citadas. Para fines legales oficiales, consulte el texto original en inglés.

Section § 2114

Explanation

Si a alguien se le paga por transportar bienes, debe ser razonablemente cuidadoso al hacer su trabajo. Si no se les paga, aún deben ser algo cuidadosos, pero los estándares son más bajos.

Un transportista de bienes por recompensa debe emplear al menos el cuidado y la diligencia ordinarios en el desempeño de todos sus deberes. Un transportista sin recompensa debe emplear al menos un cuidado y una diligencia leves.

Section § 2115

Explanation

Esta ley establece que, cuando alguien transporta mercancías, debe seguir las instrucciones de la persona que las envía o de la persona que las recibe, al igual que un empleado debe seguir las órdenes de su jefe.

Sujeto a la Sección 7303 del Código Comercial Uniforme, un transportista debe cumplir con las instrucciones del remitente o del destinatario en la misma medida en que un empleado está obligado a cumplir con las de su empleador.

Section § 2118

Explanation
Un transportista, que es una empresa o individuo responsable de transportar mercancías, debe entregar las mercancías al destinatario previsto en la dirección especificada. La entrega debe realizarse de la misma manera en que se hace habitualmente en esa ubicación.

Section § 2119

Explanation

Esta sección describe cómo debe entregarse la carga según el modo de transporte y la ubicación. Si la carga es transportada por ferrocarril, debe entregarse en la estación más cercana al destino. Para la carga que llega por mar desde un país extranjero, la entrega debe realizarse en un muelle cercano o, si no hay uno, directamente desde el barco. En otros casos, la carga debe entregarse directamente a la persona a la que está destinada o a su representante, siempre que puedan ser encontrados con una diligencia razonable.

Si no existe un uso en contrario en el lugar de entrega, la carga debe entregarse de la siguiente manera:
1. Si es transportada por un ferrocarril propiedad u operado por el transportista, puede entregarse en la estación más cercana al lugar al que va dirigida;
2. Si es transportada por mar desde un país extranjero, puede entregarse en el muelle donde atraca el buque, dentro de una distancia razonable del lugar de destino; o, si no hay muelle, a bordo de una gabarra junto al buque; o,
3. Con sujeción a la Sección 7303 del Código Comercial Uniforme, en otros casos, debe entregarse al consignatario o a su agente, personalmente, si cualquiera de ellos puede ser encontrado con diligencia razonable.

Section § 2120

Explanation

Si un transportista no puede entregar la carga directamente a la persona a la que va destinada, debe informarle que la carga ha llegado. Hasta que la persona la recoja, el transportista debe mantenerla segura como si la estuviera almacenando en un depósito. Si el transportista no sabe dónde vive o trabaja el consignatario, puede enviar la notificación por correo a través de la Oficina de Correos más cercana.

Artículo Dos Mil Ciento Veinte. Si, por cualquier razón, un transportista no entrega la carga al consignatario o a su agente personalmente, debe notificar al consignatario su llegada, y mantenerla a salvo, bajo su responsabilidad como almacenista, hasta que el consignatario haya tenido un tiempo razonable para retirarla. Si el lugar de residencia o negocio del consignatario es desconocido para el transportista, puede dar el aviso por carta depositada en la Oficina de Correos más cercana.

Section § 2121

Explanation
Esta ley establece que si la persona que recibe un envío (el consignatario) no recoge sus bienes en un plazo razonable después de que el transportista los haya entregado u ofrecido entregar, el transportista puede evitar responsabilidades adicionales por los artículos. Para ello, el transportista puede almacenar los bienes en un almacén adecuado y debe informar al consignatario sobre esta acción.