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Aviso de Traducción: Las traducciones de leyes se proporcionan solo para conveniencia y no están destinadas a ser utilizadas como referencia ni citadas. Para fines legales oficiales, consulte el texto original en inglés.

Section § 1749.60

Explanation

Esta ley se denomina oficialmente “Ley de Divulgación de Tarjetas de Club de Supermercados de 1999”, estableciendo el título formal para las regulaciones relativas a las tarjetas de club de supermercados.

Este título se conocerá y podrá citarse como la “Ley de Divulgación de Tarjetas de Club de Supermercados de 1999”.

Section § 1749.61

Explanation

Esta ley establece definiciones específicas para términos relacionados con las tarjetas de club de supermercado. Aclara que un 'titular de la tarjeta' es cualquier cliente que recibe dicha tarjeta, y si se emiten varias tarjetas para la misma cuenta, todas las personas que comparten esa cuenta se consideran un único titular de la tarjeta. Un 'supermercado' es cualquier tienda minorista que vende alimentos. La 'tarjeta de club de supermercado' se describe como cualquier dispositivo utilizado para obtener descuentos en productos minoristas, excluyendo las tarjetas de crédito regidas por diferentes reglas. Un 'emisor de la tarjeta de club' es un supermercado o su servicio contratado que proporciona estas tarjetas. Finalmente, la 'información de marketing' son los datos recopilados de los hábitos de compra de un titular de la tarjeta, compartidos con fines de lucro, pero no incluye datos anónimos que no revelen identidades individuales.

Para los fines de este título:
(a)CA Derecho Civil Code § 1749.61(a) “Titular de la tarjeta” significa cualquier consumidor a quien se le emite una tarjeta de club de supermercado, siempre que, en los casos en que se haya emitido más de una tarjeta de club de supermercado para la misma cuenta, todas las personas que posean dichas tarjetas de club de supermercado puedan ser tratadas como un único titular de la tarjeta.
(b)CA Derecho Civil Code § 1749.61(b) “Supermercado” significa cualquier minorista que vende productos alimenticios.
(c)CA Derecho Civil Code § 1749.61(c) “Tarjeta de club de supermercado” significa cualquier tarjeta, placa, talonario de cupones u otro dispositivo único existente con el propósito de ser utilizado de vez en cuando, previa presentación, para obtener descuentos en el precio de productos minoristas ofrecidos por el emisor de la tarjeta de club. “Tarjeta de club de supermercado” no incluye ninguna tarjeta de crédito que esté sujeta a la Sección 1748.12.
(d)CA Derecho Civil Code § 1749.61(d) “Emisor de la tarjeta de club” significa un supermercado que proporciona tarjetas de club de supermercado a los consumidores, e incluye al proveedor de servicios de información por contrato de un supermercado.
(e)CA Derecho Civil Code § 1749.61(e) “Información de marketing” significa la categorización de los titulares de tarjetas compilada por un emisor de tarjetas de club, basada en los patrones de compra, el historial de gastos o las características de comportamiento de un titular de tarjeta derivados de la actividad de la cuenta, que se proporciona a cualquier persona o entidad a cambio de una contraprestación. “Información de marketing” no incluye datos agregados que no identifiquen a un titular de tarjeta basándose en los patrones de compra, el historial de gastos o las características de comportamiento del titular de la tarjeta derivados de la actividad de la cuenta.

Section § 1749.63

Explanation
Si alguien infringe las normas establecidas en este título legal en particular, se considera "competencia desleal". Esto significa que puede ser sancionado de acuerdo con las normas establecidas en otra parte de la ley que trata sobre las prácticas comerciales.

Section § 1749.64

Explanation

Esta ley impide que las empresas de tarjetas de club de supermercado te pidan tu número de licencia de conducir o de seguro social solo para obtener una tarjeta de club. Pueden pedir esta información si la tarjeta también sirve como identificación para cosas como el cobro de cheques o para debitar tu cuenta, pero no te pueden obligar a obtener ese tipo de tarjeta para unirte al club.

No obstante cualquier otra disposición de la ley, ningún emisor de tarjeta de club solicitará en una solicitud de tarjeta de club de supermercado, o requerirá como condición para obtener una tarjeta de club de supermercado, que un solicitante proporcione un número de licencia de conducir o un número de cuenta de seguro social. Esta sección no se interpretará como una prohibición para que un emisor de tarjeta de club solicite un número de licencia de conducir o un número de cuenta de seguro social para una tarjeta de club de supermercado que también pueda usarse como identificación para fines de cobro de cheques o para cargar a la cuenta corriente o de ahorros del titular de la tarjeta. Sin embargo, ningún emisor de tarjeta de club, como condición para obtener una tarjeta de club de supermercado, requerirá que un titular de tarjeta obtenga una tarjeta de club de supermercado que también pueda usarse como identificación para fines de cobro de cheques o para cargar a la cuenta corriente o de ahorros del titular de la tarjeta.

Section § 1749.65

Explanation

Esta ley establece que los emisores de tarjetas de club no pueden vender ni compartir su información personal, como su nombre y dirección, sin su consentimiento. Sin embargo, pueden compartir esta información para ciertos fines de envío por correo, siempre y cuando sea solo para enviarle información relacionada con el club. Si un emisor de tarjeta de club desea compartir su información para marketing, debe cobrar una tarifa anual, exigir renovaciones anuales, limitar las compras solo a los titulares de tarjetas e informarle claramente sobre sus prácticas de privacidad. Además, deben asegurarse de que cualquier empresa que reciba su información acepte no compartirla más.

(a)CA Derecho Civil Code § 1749.65(a) No obstante cualquier otra disposición de la ley, ningún emisor de tarjeta de club podrá vender o compartir el nombre, dirección, número de teléfono u otra información de identificación personal de un titular de tarjeta.
(b)CA Derecho Civil Code § 1749.65(b) Nada de lo dispuesto en esta sección tiene la intención de impedir que un emisor de tarjeta de club proporcione nombres y direcciones de los titulares de tarjetas a un tercero con el fin de enviar por correo información de la tarjeta de club de supermercado a los titulares de tarjetas en nombre del emisor de la tarjeta de club. Sin embargo, dicho tercero no utilizará la información para ningún otro fin.
(c)CA Derecho Civil Code § 1749.65(c) No obstante lo dispuesto en el apartado (a), esta sección no prohíbe que un emisor de tarjeta de club comparta información de marketing que incluya nombres y direcciones de los titulares de tarjetas si el emisor de la tarjeta de club cumple con todo lo siguiente:
(1)CA Derecho Civil Code § 1749.65(c)(1) El emisor de la tarjeta de club cobra una tarifa anual por su tarjeta de club de supermercado.
(2)CA Derecho Civil Code § 1749.65(c)(2) El emisor de la tarjeta de club exige a los titulares de tarjetas que renueven anualmente las tarjetas de club de supermercado y que paguen una tarifa de renovación anual.
(3)CA Derecho Civil Code § 1749.65(c)(3) El emisor de la tarjeta de club permite que solo los titulares de tarjetas, y no los miembros del público, realicen compras en el supermercado.
(4)CA Derecho Civil Code § 1749.65(c)(4) El emisor de la tarjeta de club proporciona una declaración de privacidad al titular de la tarjeta en la solicitud de la tarjeta de club de supermercado y en el material de renovación anual del emisor de la tarjeta de club, notificando a los titulares de tarjetas que empresas externas recibirán información de marketing que incluye nombres y direcciones de los titulares de tarjetas, y el titular de la tarjeta ha aceptado permitir que el emisor de la tarjeta de club comparta esta información.
(5)CA Derecho Civil Code § 1749.65(c)(5) Antes de vender o transferir nombres y direcciones de los titulares de tarjetas a una empresa externa, el emisor de la tarjeta de club ha obtenido un acuerdo de confidencialidad por escrito de la empresa externa de que la empresa externa no venderá ni compartirá la información con ninguna otra entidad.

Section § 1749.66

Explanation

Esta ley establece que no se pueden renunciar a los derechos y protecciones previstos en esta sección de la ley. Dicha renuncia no está permitida porque va en contra de lo que la ley busca proteger, por lo tanto, no se considerará válida ni exigible.

Cualquier renuncia a las disposiciones de este título es contraria al orden público, y es nula e inexigible.