Quien oficiosamente, y sin el consentimiento del propietario real o aparente de una cosa, la toma en su posesión con el propósito de prestar un servicio sobre ella, debe completar dicho servicio y emplear cuidado ordinario, diligencia y habilidad razonable al respecto. No tiene derecho a ninguna compensación por su servicio o gastos, excepto que puede deducir los gastos reales y necesarios incurridos por él en relación con dicho servicio de cualquier ganancia que su servicio haya hecho que la cosa adquiera para su propietario, y debe rendir cuentas al propietario por el remanente.
Servicio Sin EmpleoInterferencia Voluntaria con la Propiedad
Aviso de Traducción: Las traducciones de leyes se proporcionan solo para conveniencia y no están destinadas a ser utilizadas como referencia ni citadas. Para fines legales oficiales, consulte el texto original en inglés.
Section § 2078
Esta ley trata sobre alguien que se encarga de la propiedad de otra persona sin que se lo pidan, solo para ayudar. Si deciden arreglarla o mejorarla, tienen que terminar lo que empezaron y hacerlo bien. No pueden cobrarle al propietario por su trabajo, a menos que el trabajo haya hecho que la propiedad genere ganancias. En ese caso, pueden restar cualquier costo razonable que hayan tenido de la ganancia que la propiedad generó. Luego deben devolver el resto de la ganancia al propietario.
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