(a)CA Derecho Civil Code § 1799.1(a) Ninguna persona, incluyendo un individuo, empresa, corporación, asociación, sociedad o empresa conjunta, o cualquier empleado o agente de los mismos, divulgará información obtenida de una declaración de impuestos federal o estatal sobre la renta o cualquier información obtenida de un anexo fiscal presentado con la declaración por un consumidor en relación con una transacción financiera o de otro tipo relacionada con negocios, a menos que la divulgación se encuentre dentro de cualquiera de los siguientes supuestos:
(1)CA Derecho Civil Code § 1799.1(a)(1) Consentida por escrito por el consumidor en un documento separado que indique a quién se hará la divulgación y cómo se utilizará la información. Si el consumidor está de acuerdo, este documento de consentimiento separado puede ser en forma de un registro electrónico, ejecutado mediante una firma electrónica según lo dispuesto por el Título 2.5 (que comienza con la Sección 1633.1) de la Parte 2 de la División 3 del Código Civil.
(2)CA Derecho Civil Code § 1799.1(a)(2) Autorizada o requerida por la ley estatal o federal.
(3)CA Derecho Civil Code § 1799.1(a)(3) Necesaria para completar o dar servicio a la transacción financiera o relacionada con negocios o para realizar, administrar o hacer cumplir una transacción financiera o relacionada con negocios solicitada por el consumidor.
(4)CA Derecho Civil Code § 1799.1(a)(4) Conforme a una orden judicial.
(5)CA Derecho Civil Code § 1799.1(a)(5) Requerida para completar cualquiera de las transacciones descritas en los subpárrafos (A) a (D), ambos inclusive, por una persona, incluyendo un individuo, empresa, corporación, asociación, sociedad o empresa conjunta, si la divulgación se realiza únicamente para ese fin. Las disposiciones de esta sección se aplican a cualquier persona, incluyendo un individuo, empresa, corporación, asociación, sociedad o empresa conjunta, y cualquier empleado o agente de los mismos, que reciba información como resultado de una divulgación autorizada por este párrafo.
(A)CA Derecho Civil Code § 1799.1(a)(5)(A) Una venta, fusión, transferencia o intercambio propuesto o real de la totalidad o una parte de un negocio o unidad operativa.
(B)CA Derecho Civil Code § 1799.1(a)(5)(B) Una titulización o venta en el mercado secundario propuesta o real, incluyendo la venta de derechos de servicio.
(C)CA Derecho Civil Code § 1799.1(a)(5)(C) Para proporcionar información a organizaciones asesoras de tarifas de seguros, fondos o agencias de garantía, agencias de calificación y otras personas que evalúan el cumplimiento de los estándares de la industria.
(D)CA Derecho Civil Code § 1799.1(a)(5)(D) Para proteger o prevenir fraudes reales o potenciales y transacciones y reclamaciones no autorizadas, y para actividades de control de riesgo institucional.
(b)CA Derecho Civil Code § 1799.1(b) No se hará ningún uso no relacionado de una declaración de impuestos federal o estatal o de cualquier información obtenida de la misma o de cualquier información presentada con la declaración por un consumidor en relación con una transacción financiera o de otro tipo relacionada con negocios. Por “uso no relacionado” se entiende cualquier uso que no sea necesario para realizar, administrar o hacer cumplir la transacción financiera o de otro tipo relacionada con negocios con el consumidor o que esté más allá del alcance del propósito declarado para el cual el consumidor consintió el uso de la declaración o cualquier otra información que él o ella haya presentado.
(c)Copy CA Derecho Civil Code § 1799.1(c)
(1)Copy CA Derecho Civil Code § 1799.1(c)(1) Para los fines de esta sección, se aplicarán las siguientes definiciones:
(A)CA Derecho Civil Code § 1799.1(c)(1)(A) Por “Afiliada” se entiende cualquier entidad que, directa o indirectamente, a través de uno o más intermediarios, controla, es controlada por, o está bajo control común con, otra entidad.
(B)CA Derecho Civil Code § 1799.1(c)(1)(B) Por “Consumidor” se entiende un individuo que solicita u obtiene servicios financieros o de otro tipo relacionados con negocios.
(C)CA Derecho Civil Code § 1799.1(c)(1)(C) Por “Declaración de impuestos” se entiende una declaración, manifestación, estado, solicitud de reembolso u otro documento que deba presentarse o elaborarse en relación con los impuestos sobre la renta estatales o federales o los impuestos de franquicia de bancos y corporaciones estatales.
(2)CA Derecho Civil Code § 1799.1(c)(2) Una divulgación prohibida por esta sección incluye una divulgación realizada internamente dentro de la entidad o por esa entidad a cualquiera de sus subsidiarias o afiliadas.
(3)CA Derecho Civil Code § 1799.1(c)(3) La información descrita en el inciso (a) incluye aquella información obtenida a través de un medio electrónico.
(d)CA Derecho Civil Code § 1799.1(d) Ninguna persona, incluyendo un individuo, empresa, corporación, asociación, sociedad o empresa conjunta, o cualquier empleado o agente de los mismos, desechará ninguna de la información descrita en el inciso (a) de una manera en la que la identidad del consumidor pueda determinarse a partir de la información desechada sola o en combinación con otra información disponible públicamente. Este inciso no entrará en vigor si el Proyecto de Ley de la Asamblea 2246 de la Sesión Regular de 1999-2000 se promulga y entra en vigor el 1 de enero de 2001 o antes.
(e)CA Derecho Civil Code § 1799.1(e) Los recursos civiles del Capítulo 3 (que comienza con la Sección 1799.2) serán aplicables a una violación de esta sección. Cada violación de esta sección constituirá una causa de acción separada por la cual se podrán recuperar daños y perjuicios.
(f)CA Derecho Civil Code § 1799.1(f) El tratamiento de las declaraciones de impuestos por parte de los preparadores de impuestos, según se define en la Sección 22251 del Código de Negocios y Profesiones, se regirá por la Sección 17530.5 del Código de Negocios y Profesiones.