Section § 1799.1

Explanation

Esta ley establece que las empresas de contabilidad no pueden compartir ninguno de tus registros financieros sin tu permiso explícito por escrito. Sin embargo, existen algunas excepciones. Pueden compartir información si hay una citación judicial, una orden judicial o una orden de registro. También pueden compartirla durante el proceso de descubrimiento legal, con las fuerzas del orden para investigaciones criminales, o con las agencias tributarias para fines fiscales.

(a)CA Derecho Civil Code § 1799.1(a) Ninguna entidad comercial que preste servicios de contabilidad divulgará, total o parcialmente, el contenido de cualquier registro, incluyendo la divulgación de información del registro en cualquier compilación de información, que sea preparado o mantenido por dicha entidad comercial a cualquier persona, que no sea el individuo o la entidad comercial a la que se refiere el registro, sin el consentimiento expreso por escrito de dicho individuo o entidad comercial.
(b)CA Derecho Civil Code § 1799.1(b) Esta sección no se aplicará a lo siguiente:
(1)CA Derecho Civil Code § 1799.1(b)(1) A una divulgación a cualquier persona en virtud de una citación judicial u orden judicial.
(2)CA Derecho Civil Code § 1799.1(b)(2) A una divulgación que sea susceptible de descubrimiento.
(3)CA Derecho Civil Code § 1799.1(b)(3) A una divulgación a cualquier persona que actúe en virtud de una orden de registro legal.
(4)CA Derecho Civil Code § 1799.1(b)(4) A una divulgación a una agencia de aplicación de la ley cuando sea necesaria para investigaciones de actividad delictiva, a menos que dicha divulgación esté prohibida por ley.
(5)CA Derecho Civil Code § 1799.1(b)(5) A una divulgación a una agencia tributaria para fines de administración tributaria.

Section § 1799.1

Explanation

Esta sección trata sobre la protección de la información de las declaraciones de impuestos. Establece que ninguna persona u organización puede compartir la información fiscal de alguien sin su consentimiento, excepto en algunas situaciones específicas. Estas incluyen cuando una persona da permiso por escrito, cuando la ley lo exige, cuando es necesario para completar una transacción comercial o cuando un tribunal lo ordena. Tampoco pueden usar la información para ningún otro propósito que no sea el acordado. Si incumplen estas reglas, podrían enfrentar acciones legales para recuperar daños y perjuicios. Además, la ley cubre cómo se desecha la información fiscal, para que no pueda identificar a nadie. También hay una nota sobre cómo el manejo de las declaraciones de impuestos por parte de los preparadores de impuestos sigue reglas diferentes.

(a)CA Derecho Civil Code § 1799.1(a) Ninguna persona, incluyendo un individuo, empresa, corporación, asociación, sociedad o empresa conjunta, o cualquier empleado o agente de los mismos, divulgará información obtenida de una declaración de impuestos federal o estatal sobre la renta o cualquier información obtenida de un anexo fiscal presentado con la declaración por un consumidor en relación con una transacción financiera o de otro tipo relacionada con negocios, a menos que la divulgación se encuentre dentro de cualquiera de los siguientes supuestos:
(1)CA Derecho Civil Code § 1799.1(a)(1) Consentida por escrito por el consumidor en un documento separado que indique a quién se hará la divulgación y cómo se utilizará la información. Si el consumidor está de acuerdo, este documento de consentimiento separado puede ser en forma de un registro electrónico, ejecutado mediante una firma electrónica según lo dispuesto por el Título 2.5 (que comienza con la Sección 1633.1) de la Parte 2 de la División 3 del Código Civil.
(2)CA Derecho Civil Code § 1799.1(a)(2) Autorizada o requerida por la ley estatal o federal.
(3)CA Derecho Civil Code § 1799.1(a)(3) Necesaria para completar o dar servicio a la transacción financiera o relacionada con negocios o para realizar, administrar o hacer cumplir una transacción financiera o relacionada con negocios solicitada por el consumidor.
(4)CA Derecho Civil Code § 1799.1(a)(4) Conforme a una orden judicial.
(5)CA Derecho Civil Code § 1799.1(a)(5) Requerida para completar cualquiera de las transacciones descritas en los subpárrafos (A) a (D), ambos inclusive, por una persona, incluyendo un individuo, empresa, corporación, asociación, sociedad o empresa conjunta, si la divulgación se realiza únicamente para ese fin. Las disposiciones de esta sección se aplican a cualquier persona, incluyendo un individuo, empresa, corporación, asociación, sociedad o empresa conjunta, y cualquier empleado o agente de los mismos, que reciba información como resultado de una divulgación autorizada por este párrafo.
(A)CA Derecho Civil Code § 1799.1(a)(5)(A) Una venta, fusión, transferencia o intercambio propuesto o real de la totalidad o una parte de un negocio o unidad operativa.
(B)CA Derecho Civil Code § 1799.1(a)(5)(B) Una titulización o venta en el mercado secundario propuesta o real, incluyendo la venta de derechos de servicio.
(C)CA Derecho Civil Code § 1799.1(a)(5)(C) Para proporcionar información a organizaciones asesoras de tarifas de seguros, fondos o agencias de garantía, agencias de calificación y otras personas que evalúan el cumplimiento de los estándares de la industria.
(D)CA Derecho Civil Code § 1799.1(a)(5)(D) Para proteger o prevenir fraudes reales o potenciales y transacciones y reclamaciones no autorizadas, y para actividades de control de riesgo institucional.
(b)CA Derecho Civil Code § 1799.1(b) No se hará ningún uso no relacionado de una declaración de impuestos federal o estatal o de cualquier información obtenida de la misma o de cualquier información presentada con la declaración por un consumidor en relación con una transacción financiera o de otro tipo relacionada con negocios. Por “uso no relacionado” se entiende cualquier uso que no sea necesario para realizar, administrar o hacer cumplir la transacción financiera o de otro tipo relacionada con negocios con el consumidor o que esté más allá del alcance del propósito declarado para el cual el consumidor consintió el uso de la declaración o cualquier otra información que él o ella haya presentado.
(c)Copy CA Derecho Civil Code § 1799.1(c)
(1)Copy CA Derecho Civil Code § 1799.1(c)(1) Para los fines de esta sección, se aplicarán las siguientes definiciones:
(A)CA Derecho Civil Code § 1799.1(c)(1)(A) Por “Afiliada” se entiende cualquier entidad que, directa o indirectamente, a través de uno o más intermediarios, controla, es controlada por, o está bajo control común con, otra entidad.
(B)CA Derecho Civil Code § 1799.1(c)(1)(B) Por “Consumidor” se entiende un individuo que solicita u obtiene servicios financieros o de otro tipo relacionados con negocios.
(C)CA Derecho Civil Code § 1799.1(c)(1)(C) Por “Declaración de impuestos” se entiende una declaración, manifestación, estado, solicitud de reembolso u otro documento que deba presentarse o elaborarse en relación con los impuestos sobre la renta estatales o federales o los impuestos de franquicia de bancos y corporaciones estatales.
(2)CA Derecho Civil Code § 1799.1(c)(2) Una divulgación prohibida por esta sección incluye una divulgación realizada internamente dentro de la entidad o por esa entidad a cualquiera de sus subsidiarias o afiliadas.
(3)CA Derecho Civil Code § 1799.1(c)(3) La información descrita en el inciso (a) incluye aquella información obtenida a través de un medio electrónico.
(d)CA Derecho Civil Code § 1799.1(d) Ninguna persona, incluyendo un individuo, empresa, corporación, asociación, sociedad o empresa conjunta, o cualquier empleado o agente de los mismos, desechará ninguna de la información descrita en el inciso (a) de una manera en la que la identidad del consumidor pueda determinarse a partir de la información desechada sola o en combinación con otra información disponible públicamente. Este inciso no entrará en vigor si el Proyecto de Ley de la Asamblea 2246 de la Sesión Regular de 1999-2000 se promulga y entra en vigor el 1 de enero de 2001 o antes.
(e)CA Derecho Civil Code § 1799.1(e) Los recursos civiles del Capítulo 3 (que comienza con la Sección 1799.2) serán aplicables a una violación de esta sección. Cada violación de esta sección constituirá una causa de acción separada por la cual se podrán recuperar daños y perjuicios.
(f)CA Derecho Civil Code § 1799.1(f) El tratamiento de las declaraciones de impuestos por parte de los preparadores de impuestos, según se define en la Sección 22251 del Código de Negocios y Profesiones, se regirá por la Sección 17530.5 del Código de Negocios y Profesiones.

Section § 1799.1

Explanation

Si solicitas un cambio de dirección y también pides una nueva tarjeta de crédito o servicio telefónico aproximadamente al mismo tiempo, la empresa debe enviar una notificación a tu dirección anterior para confirmar el cambio. Esta notificación debe llegar en un plazo de 30 días. Pueden enviar la notificación por teléfono o correo electrónico si creen que tienen tu información de contacto actualizada. Si la notificación es por escrito, no incluirá detalles sensibles como tu número de cuenta o número de seguro social, pero puede contener tu nombre y la información de tu nueva dirección. No tienen que enviar esta notificación si cambias tu dirección en persona con una identificación o por teléfono con una contraseña.

(a)CA Derecho Civil Code § 1799.1(a) Cualquier emisor de tarjeta de crédito que reciba una solicitud de cambio de dirección, que no sea para la corrección de un error tipográfico, de un titular de tarjeta que solicite una tarjeta de crédito de reemplazo dentro de los 60 días anteriores o posteriores a la recepción de dicha solicitud, deberá enviar a dicho titular de tarjeta una notificación de cambio de dirección dirigida al titular de la tarjeta en su dirección anterior registrada. Si la tarjeta de crédito de reemplazo se solicita antes de la fecha efectiva del cambio de dirección, la notificación se enviará dentro de los 30 días siguientes a la solicitud de cambio de dirección. Si la tarjeta de crédito de reemplazo se solicita después de la fecha efectiva del cambio de dirección, la notificación se enviará dentro de los 30 días siguientes a la solicitud de la tarjeta de crédito de reemplazo.
(b)CA Derecho Civil Code § 1799.1(b) Cualquier entidad comercial que proporcione cuentas telefónicas que reciba una solicitud de cambio de dirección, que no sea para la corrección de un error tipográfico, de un titular de cuenta que solicite un nuevo servicio, deberá enviar a dicho titular de cuenta una notificación de cambio de dirección dirigida al titular de la cuenta en su dirección anterior registrada. La notificación se enviará dentro de los 30 días siguientes a la solicitud de nuevo servicio.
(c)CA Derecho Civil Code § 1799.1(c) La notificación requerida conforme a la subdivisión (a) o (b) podrá realizarse por comunicación telefónica o por correo electrónico si el emisor de la tarjeta de crédito o la entidad comercial que proporciona cuentas telefónicas cree razonablemente que tiene el número de teléfono o la dirección de correo electrónico actual del titular de la cuenta o de la tarjeta que ha solicitado un cambio de dirección. Si la notificación es por escrito, no podrá contener el número de cuenta del consumidor, el número de seguro social u otra información de identificación personal, pero podrá contener el nombre del consumidor, la dirección anterior y la nueva dirección registrada. Para las entidades comerciales descritas en la subdivisión (b), la notificación también podrá contener el número de teléfono del titular de la cuenta.
(d)CA Derecho Civil Code § 1799.1(d) Un emisor de tarjeta de crédito o una entidad comercial que proporciona cuentas telefónicas no está obligado a enviar una notificación de cambio de dirección cuando una solicitud de cambio de dirección se realiza en persona por un consumidor que ha presentado una identificación válida, o se realiza por teléfono y el solicitante ha proporcionado una contraseña alfanumérica única.
(e)CA Derecho Civil Code § 1799.1(e) Las siguientes definiciones se aplicarán a esta sección:
(1)CA Derecho Civil Code § 1799.1(e)(1) “Cuenta de crédito” tiene el mismo significado que “tarjeta de crédito”, según se define en la subdivisión (a) de la Sección 1747.02.
(2)CA Derecho Civil Code § 1799.1(e)(2) “Cuenta telefónica” significa una cuenta con una corporación telefónica, según se define en la Sección 234 del Código de Servicios Públicos.