Reembolsos al ConsumidorReembolsos de Reservas de Alquiler de Hoteles y Residencias Privadas
Section § 1748.80
Section § 1748.81
Si reservas un hotel o un alquiler a corto plazo en California con al menos tres días de antelación a tu fecha de registro, puedes cancelarlo sin ninguna tarifa durante un máximo de 24 horas después de hacer la reserva.
Section § 1748.82
Esta ley establece que si cancelas una reserva de acuerdo con la Sección 1748.81, cualquier negocio involucrado en tu reserva, como un hotel o una plataforma de alquiler, debe reembolsarte todo el dinero que pagaste, dentro de los 30 días, a tu método de pago original. Esto incluye el reembolso de cualquier tarifa adicional que hayas pagado por servicios opcionales.
Section § 1748.83
Esta ley establece quién puede iniciar acciones legales por infracciones de un capítulo específico: el Fiscal General, los fiscales de distrito, los abogados municipales de ciudades grandes, los asesores legales de condados con ciudades grandes, y los fiscales municipales con la aprobación del fiscal de distrito. Los infractores pueden enfrentar sanciones civiles de hasta $10,000 por infracción, y estas sanciones se basan en factores como la gravedad de la conducta indebida, su persistencia y la situación financiera del infractor. Cada día que se incumple la ley cuenta como una infracción separada. Estas obligaciones se suman a, y no reemplazan, cualquier otra obligación legal.
Section § 1748.84
Esta sección básicamente dice que ciertos tipos de reservas no están cubiertos por las reglas de este capítulo. Si tienes una reserva con una tarifa especial que no fue anunciada públicamente, una que fue confirmada antes del 1 de julio de 2024, o una reserva donde te enteras del hotel o alquiler después de haberla hecho, este capítulo no se aplica.