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Aviso de Traducción: Las traducciones de leyes se proporcionan solo para conveniencia y no están destinadas a ser utilizadas como referencia ni citadas. Para fines legales oficiales, consulte el texto original en inglés.

Section § 1748.80

Explanation
Esta sección de la ley proporciona definiciones para términos relacionados con la reserva de alojamientos en California. Define una 'plataforma de alojamiento' según se describe en otro código legal, detalla lo que constituye un 'hotel' y excluye los hoteles residenciales, explica qué es un 'servicio de reserva de terceros' y especifica que un 'alquiler a corto plazo' es cualquier vivienda residencial alquilada por 30 días o menos.
Para los fines de este capítulo:
(a)CA Derecho Civil Code § 1748.80(a) Por "plataforma de alojamiento" se entiende lo mismo que se define en la Sección 22590 del Código de Negocios y Profesiones.
(b)Copy CA Derecho Civil Code § 1748.80(b)
(1)Copy CA Derecho Civil Code § 1748.80(b)(1) Por "hotel" se entiende un hotel, motel, posada con desayuno (bed and breakfast), u otro establecimiento de alojamiento transitorio similar ubicado en este estado.
(2)CA Derecho Civil Code § 1748.80(b)(2) El término "hotel" no incluye un hotel residencial, según se define en la Sección 50519 del Código de Salud y Seguridad.
(c)CA Derecho Civil Code § 1748.80(c) Por "servicio de reserva de terceros" se entiende una persona que facilita la reserva de una habitación de hotel o un alquiler a corto plazo en este estado.
(d)CA Derecho Civil Code § 1748.80(d) Por "alquiler a corto plazo" se entiende una vivienda residencial, o cualquier parte de una vivienda residencial, que se alquila a una persona o personas por 30 días consecutivos o menos y que está ubicada en este estado.

Section § 1748.81

Explanation

Si reservas un hotel o un alquiler a corto plazo en California con al menos tres días de antelación a tu fecha de registro, puedes cancelarlo sin ninguna tarifa durante un máximo de 24 horas después de hacer la reserva.

Una plataforma de alojamiento, hotel, servicio de reservas de terceros o alquiler a corto plazo permitirá que una reserva para un alojamiento hotelero o un alquiler a corto plazo ubicado en California sea cancelada sin penalización durante al menos 24 horas después de que se confirme la reserva, si la reserva se realiza 72 horas o más antes de la hora de registro (check-in).

Section § 1748.82

Explanation

Esta ley establece que si cancelas una reserva de acuerdo con la Sección 1748.81, cualquier negocio involucrado en tu reserva, como un hotel o una plataforma de alquiler, debe reembolsarte todo el dinero que pagaste, dentro de los 30 días, a tu método de pago original. Esto incluye el reembolso de cualquier tarifa adicional que hayas pagado por servicios opcionales.

(a)CA Derecho Civil Code § 1748.82(a) Si un consumidor cancela una reserva conforme a la Sección 1748.81, la plataforma de alojamiento, hotel, servicio de reserva de terceros o alquiler a corto plazo deberá emitir un reembolso al consumidor de todos los montos pagados a la plataforma de alojamiento, hotel, servicio de reserva de terceros o alquiler a corto plazo a la forma de pago original dentro de los 30 días siguientes a la cancelación de la reserva.
(b)CA Derecho Civil Code § 1748.82(b) El reembolso exigido por esta sección incluirá un reembolso de todas las tarifas cobradas al consumidor por servicios opcionales.

Section § 1748.83

Explanation

Esta ley establece quién puede iniciar acciones legales por infracciones de un capítulo específico: el Fiscal General, los fiscales de distrito, los abogados municipales de ciudades grandes, los asesores legales de condados con ciudades grandes, y los fiscales municipales con la aprobación del fiscal de distrito. Los infractores pueden enfrentar sanciones civiles de hasta $10,000 por infracción, y estas sanciones se basan en factores como la gravedad de la conducta indebida, su persistencia y la situación financiera del infractor. Cada día que se incumple la ley cuenta como una infracción separada. Estas obligaciones se suman a, y no reemplazan, cualquier otra obligación legal.

(a)CA Derecho Civil Code § 1748.83(a) Una acción por una infracción de este capítulo solo podrá ser interpuesta por cualquiera de los siguientes:
(1)CA Derecho Civil Code § 1748.83(a)(1) El Fiscal General.
(2)CA Derecho Civil Code § 1748.83(a)(2) Un fiscal de distrito.
(3)CA Derecho Civil Code § 1748.83(a)(3) Un abogado municipal de una ciudad con una población superior a 750,000 habitantes.
(4)CA Derecho Civil Code § 1748.83(a)(4) Un asesor legal del condado de cualquier condado dentro del cual una ciudad tenga una población superior a 750,000 habitantes.
(5)CA Derecho Civil Code § 1748.83(a)(5) Con el consentimiento del fiscal de distrito, un fiscal municipal en una ciudad que tenga un fiscal municipal a tiempo completo.
(b)CA Derecho Civil Code § 1748.83(b) En una acción que alegue una infracción de este capítulo, el tribunal impondrá una sanción civil de no más de diez mil dólares ($10,000) por cada infracción. Al determinar el monto de la sanción civil, el tribunal considerará cualquiera de las circunstancias relevantes presentadas por cualquiera de las partes en el caso, incluyendo, entre otras, todas las siguientes:
(1)CA Derecho Civil Code § 1748.83(b)(1) La naturaleza y gravedad de la conducta indebida.
(2)CA Derecho Civil Code § 1748.83(b)(2) El número de infracciones.
(3)CA Derecho Civil Code § 1748.83(b)(3) La persistencia de la conducta indebida.
(4)CA Derecho Civil Code § 1748.83(b)(4) El período de tiempo durante el cual ocurrió la conducta indebida.
(5)CA Derecho Civil Code § 1748.83(b)(5) La intencionalidad de la conducta indebida.
(6)CA Derecho Civil Code § 1748.83(b)(6) Los activos, pasivos y patrimonio neto del demandado.
(c)CA Derecho Civil Code § 1748.83(c) Cada día que un demandado permanezca en infracción de este capítulo constituirá una única infracción.
(d)CA Derecho Civil Code § 1748.83(d) Los deberes y obligaciones impuestos por este capítulo son acumulativos con cualquier otro deber u obligación impuestos bajo otra ley y no se interpretarán para eximir a ninguna parte de cualquier deber u obligación impuestos bajo otra ley.

Section § 1748.84

Explanation

Esta sección básicamente dice que ciertos tipos de reservas no están cubiertos por las reglas de este capítulo. Si tienes una reserva con una tarifa especial que no fue anunciada públicamente, una que fue confirmada antes del 1 de julio de 2024, o una reserva donde te enteras del hotel o alquiler después de haberla hecho, este capítulo no se aplica.

Este capítulo no se aplica a una reserva que cumpla cualquiera de los siguientes criterios:
(a)CA Derecho Civil Code § 1748.84(a) La reserva se realizó a una tarifa negociada que no fue anunciada, ni puesta a disposición de otra manera, para su reserva por el público en general.
(b)CA Derecho Civil Code § 1748.84(b) La reserva es para un alojamiento hotelero o una reserva de alquiler a corto plazo que fue confirmada antes del 1 de julio de 2024.
(c)CA Derecho Civil Code § 1748.84(c) La reserva es una en la que el hotel o alquiler a corto plazo específico no se revela al consumidor hasta después de que se confirma la reserva.