(a)CA Derecho Civil Code § 1798.98(a) Para los fines de este título, se aplicarán las siguientes definiciones:
(1)CA Derecho Civil Code § 1798.98(a)(1) "Negocio" significa una empresa unipersonal, sociedad, corporación, asociación u otro grupo, independientemente de su organización y de si está o no organizado para operar con fines de lucro, incluyendo una institución financiera organizada, constituida o que posea una licencia o certificado de autorización bajo la ley de este estado, de cualquier otro estado, de los Estados Unidos o de cualquier otro país, o la empresa matriz o subsidiaria de una institución financiera.
(2)CA Derecho Civil Code § 1798.98(a)(2) "Cliente" significa un cliente de una corporación eléctrica o de gas o de una empresa de servicios eléctricos de propiedad pública local que permite a un negocio tener acceso a datos en relación con la compra o el arrendamiento de un producto o la obtención de un servicio del negocio.
(3)CA Derecho Civil Code § 1798.98(a)(3) "Datos" significa el uso de electricidad o gas natural de un cliente que se pone a disposición del negocio como parte de una infraestructura de medición avanzada proporcionada por una corporación eléctrica, una corporación de gas o una empresa de servicios eléctricos de propiedad pública local, e incluye el nombre, número de cuenta o dirección física del cliente.
(4)CA Derecho Civil Code § 1798.98(a)(4) "Corporación eléctrica" tiene el mismo significado que en la Sección 218 del Código de Servicios Públicos.
(5)CA Derecho Civil Code § 1798.98(a)(5) "Corporación de gas" tiene el mismo significado que en la Sección 222 del Código de Servicios Públicos.
(6)CA Derecho Civil Code § 1798.98(a)(6) "Empresa de servicios eléctricos de propiedad pública local" tiene el mismo significado que en la Sección 224.3 del Código de Servicios Públicos.
(b)CA Derecho Civil Code § 1798.98(b) A menos que la ley federal o estatal lo exija o autorice de otro modo, un negocio no deberá compartir, divulgar o hacer accesible de cualquier otra forma los datos de un cliente a ningún tercero sin obtener el consentimiento expreso del cliente y divulgar de manera notoria a quién se hará la divulgación y cómo se utilizarán los datos.
(c)CA Derecho Civil Code § 1798.98(c) Un negocio que divulgue datos, con el consentimiento expreso del cliente, conforme a un contrato con un tercero no afiliado, deberá exigir por contrato que el tercero implemente y mantenga procedimientos y prácticas de seguridad razonables apropiados a la naturaleza de la información, para proteger los datos contra el acceso no autorizado, la destrucción, el uso, la modificación o la divulgación.
(d)CA Derecho Civil Code § 1798.98(d) Un negocio deberá implementar y mantener procedimientos y prácticas de seguridad razonables apropiados a la naturaleza de la información para proteger los datos contra el acceso no autorizado, la destrucción, el uso, la modificación o la divulgación.
(e)CA Derecho Civil Code § 1798.98(e) Un negocio no deberá ofrecer un incentivo o descuento al cliente por acceder a los datos sin el consentimiento previo del cliente.
(f)CA Derecho Civil Code § 1798.98(f) Un negocio deberá tomar todas las medidas razonables para desechar, o disponer el desecho, de los datos del cliente bajo su custodia o control cuando los registros ya no deban ser retenidos por el negocio mediante (1) trituración, (2) borrado, o (3) modificación de los datos en esos registros de cualquier otra forma para hacerlos ilegibles o indescifrables por cualquier medio.
(g)CA Derecho Civil Code § 1798.98(g) Las disposiciones de esta sección no se aplican a una corporación eléctrica, una corporación de gas o una empresa de servicios eléctricos de propiedad pública local, ni a un negocio que obtenga los datos como resultado de un contrato con una corporación eléctrica o de gas o una empresa de servicios eléctricos de propiedad pública local bajo las disposiciones de la subdivisión (f) de la Sección 8380 o la subdivisión (f) de la Sección 8381 del Código de Servicios Públicos.