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Aviso de Traducción: Las traducciones de leyes se proporcionan solo para conveniencia y no están destinadas a ser utilizadas como referencia ni citadas. Para fines legales oficiales, consulte el texto original en inglés.

Section § 1798.98

Explanation

Esta ley explica cómo los negocios deben manejar los datos de consumo de electricidad o gas de sus clientes. Define términos clave como 'negocio', 'cliente' y 'datos'. Los negocios deben obtener permiso claro de los clientes antes de compartir sus datos con terceros, y deben indicar claramente cómo se utilizarán los datos. Los negocios también deben asegurarse de que cualquier tercero con quien compartan datos los mantenga seguros. Deben usar medidas de seguridad razonables para proteger los datos contra el acceso no autorizado o el uso indebido, y no deben ofrecer descuentos para acceder a los datos sin el consentimiento del cliente. Cuando los datos ya no sean necesarios, los negocios deben desecharlos adecuadamente, haciéndolos ilegibles. Sin embargo, estas reglas no se aplican a las empresas de servicios públicos ni a contratos comerciales específicos cubiertos por otras leyes.

(a)CA Derecho Civil Code § 1798.98(a) Para los fines de este título, se aplicarán las siguientes definiciones:
(1)CA Derecho Civil Code § 1798.98(a)(1) "Negocio" significa una empresa unipersonal, sociedad, corporación, asociación u otro grupo, independientemente de su organización y de si está o no organizado para operar con fines de lucro, incluyendo una institución financiera organizada, constituida o que posea una licencia o certificado de autorización bajo la ley de este estado, de cualquier otro estado, de los Estados Unidos o de cualquier otro país, o la empresa matriz o subsidiaria de una institución financiera.
(2)CA Derecho Civil Code § 1798.98(a)(2) "Cliente" significa un cliente de una corporación eléctrica o de gas o de una empresa de servicios eléctricos de propiedad pública local que permite a un negocio tener acceso a datos en relación con la compra o el arrendamiento de un producto o la obtención de un servicio del negocio.
(3)CA Derecho Civil Code § 1798.98(a)(3) "Datos" significa el uso de electricidad o gas natural de un cliente que se pone a disposición del negocio como parte de una infraestructura de medición avanzada proporcionada por una corporación eléctrica, una corporación de gas o una empresa de servicios eléctricos de propiedad pública local, e incluye el nombre, número de cuenta o dirección física del cliente.
(4)CA Derecho Civil Code § 1798.98(a)(4) "Corporación eléctrica" tiene el mismo significado que en la Sección 218 del Código de Servicios Públicos.
(5)CA Derecho Civil Code § 1798.98(a)(5) "Corporación de gas" tiene el mismo significado que en la Sección 222 del Código de Servicios Públicos.
(6)CA Derecho Civil Code § 1798.98(a)(6) "Empresa de servicios eléctricos de propiedad pública local" tiene el mismo significado que en la Sección 224.3 del Código de Servicios Públicos.
(b)CA Derecho Civil Code § 1798.98(b) A menos que la ley federal o estatal lo exija o autorice de otro modo, un negocio no deberá compartir, divulgar o hacer accesible de cualquier otra forma los datos de un cliente a ningún tercero sin obtener el consentimiento expreso del cliente y divulgar de manera notoria a quién se hará la divulgación y cómo se utilizarán los datos.
(c)CA Derecho Civil Code § 1798.98(c) Un negocio que divulgue datos, con el consentimiento expreso del cliente, conforme a un contrato con un tercero no afiliado, deberá exigir por contrato que el tercero implemente y mantenga procedimientos y prácticas de seguridad razonables apropiados a la naturaleza de la información, para proteger los datos contra el acceso no autorizado, la destrucción, el uso, la modificación o la divulgación.
(d)CA Derecho Civil Code § 1798.98(d) Un negocio deberá implementar y mantener procedimientos y prácticas de seguridad razonables apropiados a la naturaleza de la información para proteger los datos contra el acceso no autorizado, la destrucción, el uso, la modificación o la divulgación.
(e)CA Derecho Civil Code § 1798.98(e) Un negocio no deberá ofrecer un incentivo o descuento al cliente por acceder a los datos sin el consentimiento previo del cliente.
(f)CA Derecho Civil Code § 1798.98(f) Un negocio deberá tomar todas las medidas razonables para desechar, o disponer el desecho, de los datos del cliente bajo su custodia o control cuando los registros ya no deban ser retenidos por el negocio mediante (1) trituración, (2) borrado, o (3) modificación de los datos en esos registros de cualquier otra forma para hacerlos ilegibles o indescifrables por cualquier medio.
(g)CA Derecho Civil Code § 1798.98(g) Las disposiciones de esta sección no se aplican a una corporación eléctrica, una corporación de gas o una empresa de servicios eléctricos de propiedad pública local, ni a un negocio que obtenga los datos como resultado de un contrato con una corporación eléctrica o de gas o una empresa de servicios eléctricos de propiedad pública local bajo las disposiciones de la subdivisión (f) de la Sección 8380 o la subdivisión (f) de la Sección 8381 del Código de Servicios Públicos.

Section § 1798.99

Explanation

Si los datos de un cliente son accedidos o utilizados sin permiso, infringiendo otra ley (Sección 1798.98), el cliente puede demandar por daños y perjuicios de hasta $500 por cada incidente intencional. Además de esto, los clientes conservan todos los demás derechos legales y sanciones que tienen bajo diferentes leyes. Esta ley no limita el poder del Fiscal General para hacer cumplir las leyes existentes.

(a)CA Derecho Civil Code § 1798.99(a) Un cliente perjudicado por la divulgación o el uso no autorizado de sus datos de cliente, en violación de la Sección 1798.98, podrá interponer una acción civil para recuperar daños reales por un monto que no exceda los quinientos dólares ($500) por cada violación intencional.
(b)CA Derecho Civil Code § 1798.99(b) Los derechos, recursos y sanciones establecidos por este título se suman a los derechos, recursos o sanciones establecidos bajo cualquier otra ley.
(c)CA Derecho Civil Code § 1798.99(c) Nada de lo dispuesto en este título derogará ninguna autoridad del Fiscal General para hacer cumplir la ley existente.