Section § 1788.300

Explanation

Esta sección simplemente le da nombre a la ley, que se conoce como la Ley de Prácticas Justas de Liquidación de Deudas.

Este título puede citarse como la Ley de Prácticas Justas de Liquidación de Deudas.

Section § 1788.301

Explanation

Esta sección define varios términos clave relacionados con la liquidación de deudas en California. Un 'proveedor de liquidación de deudas' es alguien que ofrece servicios para ayudar a los consumidores a saldar sus deudas por menos de lo que deben. Esto incluye dar asesoramiento, negociar con los acreedores o ayudar a los consumidores a ahorrar fondos para pagar deudas con montos reducidos. Una 'cuenta de liquidación' se utiliza para guardar el dinero destinado a las liquidaciones de deudas. La ley también aclara lo que significan términos como 'consumidor', 'acreedor' y 'deuda' en este contexto. Un 'procesador de pagos' gestiona los fondos de los consumidores para ayudar con la liquidación de deudas.

Para los fines de este título:
(a)CA Derecho Civil Code § 1788.301(a) “Proveedor de liquidación de deudas” significa una persona que, a cambio de una compensación y en nombre de un consumidor, proporciona servicios de liquidación de deudas.
(b)CA Derecho Civil Code § 1788.301(b) “Servicios de liquidación de deudas” significa cualquiera de los siguientes:
(1)CA Derecho Civil Code § 1788.301(b)(1) Proporcionar asesoramiento, u ofrecerse a actuar o actuar como intermediario, incluyendo, entre otros, ofrecer servicios de negociación de deudas, reducción de deudas o alivio de deudas entre un consumidor y uno o más de los acreedores del consumidor, si el propósito principal de dicho asesoramiento o acción es obtener una liquidación por una cantidad inferior al monto total de la deuda.
(2)CA Derecho Civil Code § 1788.301(b)(2) Asesorar, alentar o aconsejar a un consumidor a acumular fondos en una cuenta para el pago futuro de una cantidad reducida de deuda a uno o más de los acreedores del consumidor.
(c)CA Derecho Civil Code § 1788.301(c) “Cuenta de liquidación” significa una cuenta de depósito establecida y utilizada con el propósito de retener fondos de un consumidor para ser distribuidos a un acreedor en caso de una liquidación de la deuda de un consumidor con el acreedor.
(d)CA Derecho Civil Code § 1788.301(d) “Consumidor” significa una persona que es presuntamente legalmente responsable de una deuda.
(e)CA Derecho Civil Code § 1788.301(e) “Persona” significa una persona natural o entidad, ya sea una corporación, sociedad, asociación, fideicomiso, sociedad de responsabilidad limitada, cooperativa u otra organización.
(f)CA Derecho Civil Code § 1788.301(f) “Acreedor” significa la persona que originó la deuda o a quien se le asignó, o que compró para su cobro, una deuda de la cual un consumidor es presuntamente legalmente responsable.
(g)CA Derecho Civil Code § 1788.301(g) “Deuda” significa dinero, ya sea en capital, intereses, tarifas u otros cargos, que se debe o se alega que se debe de una persona natural a otra persona y que se incurrió principalmente para fines personales, familiares o domésticos.
(h)CA Derecho Civil Code § 1788.301(h) “Procesador de pagos” significa una persona que proporciona servicios de procesamiento de pagos.
(i)CA Derecho Civil Code § 1788.301(i) “Servicios de procesamiento de pagos” significa aceptar, mantener, retener o distribuir fondos, o facilitar la aceptación, el mantenimiento, la retención o la distribución de fondos, en nombre de un consumidor con el propósito de facilitar los servicios de liquidación de deudas.

Section § 1788.302

Explanation

Esta ley regula a los proveedores de liquidación de deudas para asegurar la honestidad y la transparencia. No pueden hacer declaraciones falsas, engañosas o equívocas, ni publicar reseñas en línea sesgadas. Los proveedores deben proporcionar divulgaciones claras antes de firmar un contrato, explicando los riesgos, posibles honorarios y resultados como el impacto en el puntaje de crédito o las acciones legales que los acreedores podrían tomar. Deben esperar tres días después de proporcionar el contrato para que se firme, y no pueden contactar a los acreedores antes de un plazo de cinco días después de que se finalice un contrato. Además, deben proporcionar estados de cuenta mensuales y no pueden cobrar honorarios hasta que negocien exitosamente una deuda. Los consumidores pueden cancelar los contratos en cualquier momento sin penalizaciones. Cuando se cancela un contrato, cualquier saldo restante debe ser devuelto al consumidor rápidamente. Los proveedores también deben remitir prontamente cualquier aviso de demanda y acuerdos negociados en nombre del consumidor.

(a)CA Derecho Civil Code § 1788.302(a) Un proveedor de liquidación de deudas no deberá incurrir en actos o prácticas falsos, engañosos o equívocos al proporcionar servicios de liquidación de deudas. Sin limitar la aplicación general de lo anterior, un acto o práctica es falso, engañoso o equívoco, en relación con la prestación de servicios de liquidación de deudas, si el acto o práctica consiste en cualquiera de los siguientes:
(1)CA Derecho Civil Code § 1788.302(a)(1) Hacer o permitir que otra entidad haga públicamente en nombre del proveedor de liquidación de deudas, una declaración o representación que sea falsa, engañosa o equívoca.
(2)CA Derecho Civil Code § 1788.302(a)(2) Publicar directamente, o causar indirectamente que se publique, una reseña o clasificación en línea en un sitio web si el proveedor de liquidación de deudas, o su agente, proporcionó algo de valor a cambio de un trato favorable en esa reseña o clasificación.
(3)CA Derecho Civil Code § 1788.302(a)(3) Omitir cualquier información material.
(b)CA Derecho Civil Code § 1788.302(b) Un proveedor de liquidación de deudas deberá proporcionar al consumidor las siguientes divulgaciones junto con una copia sin firmar del contrato escrito propuesto a celebrarse entre el proveedor de liquidación de deudas y el consumidor no menos de tres días calendario antes de la ejecución de dicho contrato por parte del consumidor. Una copia completamente ejecutada del contrato deberá ser entregada al consumidor por el proveedor de liquidación de deudas inmediatamente después de que el proveedor de liquidación de deudas reciba el contrato.
(1)CA Derecho Civil Code § 1788.302(b)(1) El contrato deberá ir precedido de una divulgación que contenga toda la siguiente información en tipo de letra negrita llamativo que sea más grande que el tipo de letra proporcionado en el contrato:
(A)CA Derecho Civil Code § 1788.302(b)(1)(A) No hay garantía de que ninguna deuda en particular o todas las deudas inscritas del consumidor se reduzcan, eliminen o liquiden de otra manera.
(B)CA Derecho Civil Code § 1788.302(b)(1)(B) Los depósitos realizados conforme al contrato no se distribuirán al acreedor hasta que se obtenga una liquidación. Esto puede tardar meses en lograrse.
(C)CA Derecho Civil Code § 1788.302(b)(1)(C) Si el consumidor deja de pagar a cualquier acreedor, puede ocurrir cualquiera de lo siguiente:
(i)CA Derecho Civil Code § 1788.302(b)(1)(C)(i) Los acreedores aún pueden intentar cobrar.
(ii)CA Derecho Civil Code § 1788.302(b)(1)(C)(ii) Los acreedores pueden demandar.
(iii)CA Derecho Civil Code § 1788.302(b)(1)(C)(iii) Si un acreedor obtiene una sentencia contra el consumidor, el acreedor puede embargar el salario del consumidor o embargar la cuenta o cuentas bancarias del consumidor, o embargar tanto el salario del consumidor como la cuenta o cuentas bancarias del consumidor.
(iv)CA Derecho Civil Code § 1788.302(b)(1)(C)(iv) El puntaje o calificación crediticia del consumidor puede verse afectado negativamente.
(D)CA Derecho Civil Code § 1788.302(b)(1)(D) No pagar las deudas a tiempo puede afectar negativamente la calificación crediticia o los puntajes de crédito del consumidor.
(E)CA Derecho Civil Code § 1788.302(b)(1)(E) Los resultados específicos no pueden predecirse ni garantizarse, y el proveedor de liquidación de deudas no puede exigir a un acreedor que negocie o liquide una deuda.
(F)CA Derecho Civil Code § 1788.302(b)(1)(F) Un consumidor puede cancelar el contrato de liquidación de deudas en cualquier momento sin ninguna penalización.
(G)CA Derecho Civil Code § 1788.302(b)(1)(G) Los servicios de liquidación de deudas pueden no ser adecuados para todas las personas.
(H)CA Derecho Civil Code § 1788.302(b)(1)(H) La bancarrota puede ser una alternativa a la liquidación de deudas.
(I)CA Derecho Civil Code § 1788.302(b)(1)(I) La deuda cancelada puede contarse como ingreso bajo la ley fiscal federal, y el consumidor puede tener que pagar impuestos sobre la renta por el monto de la deuda perdonada o reducida.
(J)CA Derecho Civil Code § 1788.302(b)(1)(J) Muchas fuentes de ingresos pueden estar protegidas del cobro de deudas. Las fuentes comunes de ingresos protegidos incluyen beneficios de seguro por discapacidad, beneficios de seguro de vida, beneficios militares, planes de pensiones, beneficios de jubilación, asistencia pública, beneficios de seguridad social, ingreso suplementario de seguridad (SSI), beneficios de desempleo, beneficios para veteranos, compensación laboral y ayuda estudiantil. Consulte el formulario EJ-155 del Consejo Judicial para obtener una lista completa.
(K)CA Derecho Civil Code § 1788.302(b)(1)(K) El número de meses estimados para celebrar acuerdos de liquidación que resuelvan completamente todas las deudas inscritas.
(L)CA Derecho Civil Code § 1788.302(b)(1)(L) Todas las condiciones que el consumidor debe cumplir antes de que el proveedor de liquidación de deudas haga una oferta de liquidación a un acreedor.
(M)CA Derecho Civil Code § 1788.302(b)(1)(M) Si el proveedor de liquidación de deudas paga o recibe honorarios por referencias.
(2)CA Derecho Civil Code § 1788.302(b)(2) Cada contrato entre un consumidor y un proveedor de liquidación de deudas:
(A)CA Derecho Civil Code § 1788.302(b)(2)(A) Deberá enumerar cada deuda a ser atendida, incluyendo, para cada deuda, el nombre del acreedor y el monto total de la deuda. El monto total de la deuda puede basarse en un estado de cuenta de la deuda o en información del informe de consumidor del consumidor, según se define ese término en la Ley Federal de Informes de Crédito Justos (15 U.S.C. Sec. 1681 et seq.). El estado de cuenta o informe de consumidor debe haber sido emitido dentro de los 30 días calendario siguientes a la fecha del contrato.
(B)CA Derecho Civil Code § 1788.302(b)(2)(B) Deberá proporcionar el período de tiempo estimado que le tomará al consumidor acumular en una cuenta de liquidación la cantidad de dinero estimada que se requiere para liquidar todas las deudas.
(C)CA Derecho Civil Code § 1788.302(b)(2)(C) Deberá proporcionar el tiempo necesario para lograr los resultados representados.
(D)CA Derecho Civil Code § 1788.302(b)(2)(D) Deberá proporcionar, en términos fácilmente comprensibles para el consumidor menos sofisticado, el método que el proveedor de liquidación de deudas utilizará para calcular los cargos y honorarios por los servicios de liquidación de deudas.
(E)CA Derecho Civil Code § 1788.302(b)(2)(E) Deberá proporcionar el nombre y la dirección postal del proveedor de liquidación de deudas y del consumidor.
(F)CA Derecho Civil Code § 1788.302(b)(2)(F) Deberá proporcionar un número de teléfono al que el consumidor pueda hablar, durante el horario comercial normal, con un representante en vivo del proveedor de liquidación de deudas que pueda acceder a información sobre la cuenta del consumidor.
(G)CA Derecho Civil Code § 1788.302(b)(2)(G) Deberá proporcionarse al consumidor en inglés y en el idioma en que se negoció o en el que se ofrecieron los servicios de liquidación de deudas, si ese idioma es uno de los idiomas establecidos en la Sección 1632.
(H)CA Derecho Civil Code § 1788.302(b)(2)(H) No deberá requerir un acuerdo obligatorio con ninguna otra parte. Un proveedor de liquidación de deudas puede requerir que el consumidor obtenga una cuenta de liquidación dedicada y proporcione una lista de proveedores preferidos; sin embargo, un procesador de pagos que reciba compensación del consumidor por servicios de procesamiento de pagos debe proporcionar su propio contrato al consumidor para el compromiso.
(I)CA Derecho Civil Code § 1788.302(b)(2)(I) No deberá ser celebrado por un consumidor que no sea ya presuntamente legalmente responsable de toda la deuda que se inscribirá en los servicios de liquidación de deudas. En caso de que varios consumidores celebren un único contrato para servicios de liquidación de deudas, si algún consumidor no domina el inglés y habla un idioma establecido en la Sección 1632, se le proporcionará al consumidor una copia traducida de las divulgaciones y el contrato en ese idioma y de una manera que cumpla con esta subdivisión.
(3)CA Derecho Civil Code § 1788.302(b)(3) Un proveedor de liquidación de deudas no deberá comunicarse con ninguno de los acreedores de un consumidor hasta cinco días calendario después de la ejecución completa de un contrato de servicios de liquidación de deudas.
(c)CA Derecho Civil Code § 1788.302(c) Un proveedor de liquidación de deudas y un procesador de pagos no deberán incurrir en actos o prácticas desleales, abusivas o engañosas al proporcionar servicios de liquidación de deudas o servicios de procesamiento de pagos. Sin limitar la aplicación general de lo anterior, en relación con la prestación de servicios de liquidación de deudas y servicios de procesamiento de pagos, un acto o práctica es desleal, abusivo o engañoso si el acto o práctica consiste en cualquiera de los siguientes:
(1)CA Derecho Civil Code § 1788.302(c)(1) Para un proveedor de liquidación de deudas y un procesador de pagos, ofrecer prestar dinero o extender crédito al consumidor, o comprar una deuda inscrita.
(2)CA Derecho Civil Code § 1788.302(c)(2) Para un proveedor de liquidación de deudas, solicitar o recibir el pago de cualquier honorario o contraprestación por servicios de liquidación de deudas, a menos y hasta que ocurra todo lo siguiente:
(A)CA Derecho Civil Code § 1788.302(c)(2)(A) El proveedor de liquidación de deudas ha renegociado, saldado, reducido o alterado de otro modo los términos de al menos una deuda conforme a un acuerdo de liquidación aprobado y ejecutado por el consumidor.
(B)CA Derecho Civil Code § 1788.302(c)(2)(B) El consumidor ha realizado al menos un pago conforme a ese acuerdo de liquidación entre el consumidor y el acreedor.
(C)CA Derecho Civil Code § 1788.302(c)(2)(C) En la medida en que las deudas inscritas en un servicio de liquidación de deudas se negocien, liquiden o modifiquen individualmente, el honorario o la contraprestación debe:
(i)CA Derecho Civil Code § 1788.302(c)(2)(C)(i) Guardar la misma relación proporcional con el honorario total por renegociar, saldar, reducir o alterar los términos del saldo total de la deuda que la cantidad de la deuda individual guarda con la cantidad total de la deuda. La cantidad de la deuda individual y la cantidad total de la deuda son las adeudadas en el momento en que la deuda se inscribió en el servicio.
(ii)CA Derecho Civil Code § 1788.302(c)(2)(C)(ii) Representar un porcentaje de la cantidad ahorrada como resultado de la renegociación, liquidación, reducción o alteración. El porcentaje cobrado no puede cambiar de una deuda individual a otra. La cantidad ahorrada es la diferencia entre la cantidad adeudada en el momento en que la deuda se inscribió en el servicio y la cantidad acordada conforme al acuerdo de liquidación entre el consumidor y el acreedor para satisfacer la deuda.
(3)CA Derecho Civil Code § 1788.302(c)(3) A partir del 1 de julio de 2022, para un procesador de pagos, facilitar la distribución del pago de cualquier honorario o contraprestación por servicios de liquidación de deudas antes de que se hayan cumplido los requisitos establecidos en el párrafo (2).
(4)CA Derecho Civil Code § 1788.302(c)(4) Para un procesador de pagos, no distribuir un estado de cuenta al consumidor al menos una vez al mes mientras el consumidor esté comprometido con el procesador de pagos, así como en o antes del quinto día hábil después de que un consumidor solicite un estado de cuenta.
(A)CA Derecho Civil Code § 1788.302(c)(4)(A) Cuando un estado de cuenta esté disponible para el consumidor en línea, el procesador de pagos debe hacer prominente y continua la capacidad para que un consumidor opte por recibir un estado de cuenta en papel por correo bajo los términos de esta sección.
(B)CA Derecho Civil Code § 1788.302(c)(4)(B) El estado de cuenta debe contener la siguiente información en la medida aplicable:
(i)CA Derecho Civil Code § 1788.302(c)(4)(B)(i) Una lista de depósitos realizados en, y retiros de, la cuenta de liquidación del consumidor durante el mes anterior.
(ii)CA Derecho Civil Code § 1788.302(c)(4)(B)(ii) Los honorarios que el proveedor de liquidación de deudas ha facturado y cobrado en relación con cada una de las deudas liquidadas durante el mes anterior.
(iii)CA Derecho Civil Code § 1788.302(c)(4)(B)(iii) Los honorarios que el procesador de pagos ha facturado y cobrado en relación con los servicios de procesamiento de pagos durante el mes anterior.
(iv)CA Derecho Civil Code § 1788.302(c)(4)(B)(iv) La cantidad de dinero que el consumidor tiene en su cuenta de liquidación.
(C)CA Derecho Civil Code § 1788.302(c)(4)(C) Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la solicitud de un consumidor, un procesador de pagos deberá proporcionar un estado de cuenta consolidado que contenga todo lo siguiente:
(i)CA Derecho Civil Code § 1788.302(c)(4)(C)(i) Una lista de depósitos realizados en, y retiros de, la cuenta de liquidación del consumidor desde el inicio del contrato.
(ii)CA Derecho Civil Code § 1788.302(c)(4)(C)(ii) Una lista de honorarios que el proveedor de liquidación de deudas ha facturado y cobrado en relación con cada una de las deudas liquidadas desde el inicio del contrato.
(iii)CA Derecho Civil Code § 1788.302(c)(4)(C)(iii) Una lista de honorarios que el procesador de pagos ha facturado y cobrado en relación con los servicios de procesamiento de pagos desde el inicio del contrato.
(iv)CA Derecho Civil Code § 1788.302(c)(4)(C)(iv) La cantidad de dinero que el consumidor tiene en su cuenta de liquidación.
(5)CA Derecho Civil Code § 1788.302(c)(5) Para un proveedor de liquidación de deudas, no distribuir un estado de cuenta al consumidor al menos una vez al mes mientras el contrato de servicios de liquidación de deudas esté en vigor, así como en o antes del quinto día hábil después de que un consumidor solicite un estado de cuenta.
(A)CA Derecho Civil Code § 1788.302(c)(5)(A) Cuando un estado de cuenta esté disponible para el consumidor en línea, el proveedor de liquidación de deudas debe hacer prominente y continua la capacidad para que un consumidor opte por recibir un estado de cuenta en papel por correo bajo los términos de esta sección.
(B)CA Derecho Civil Code § 1788.302(c)(5)(B) El estado de cuenta debe contener la siguiente información en la medida aplicable:
(i)CA Derecho Civil Code § 1788.302(c)(5)(B)(i) Los montos, fechas y acreedores asociados con cada liquidación obtenida por el proveedor de liquidación de deudas en nombre del consumidor.
(ii)CA Derecho Civil Code § 1788.302(c)(5)(B)(ii) Los honorarios que el proveedor de liquidación de deudas ha facturado y cobrado en relación con cada una de las deudas liquidadas.
(iii)CA Derecho Civil Code § 1788.302(c)(5)(B)(iii) Con respecto a cualquier deuda liquidada por el proveedor de liquidación de deudas en nombre del consumidor, toda la siguiente información:
(I)CA Derecho Civil Code § 1788.302(c)(5)(B)(iii)(I) El monto total de dinero que el consumidor pagó o pagará al acreedor para liquidar la deuda.
(II) El monto de la deuda en el momento en que el proveedor de liquidación de deudas y el consumidor celebraron el contrato.
(III) El monto de la deuda en el momento en que el acreedor acordó liquidar la deuda.
(IV) El monto de la compensación que el proveedor de liquidación de deudas recibió, o puede recibir, para liquidar la deuda.
(d)Copy CA Derecho Civil Code § 1788.302(d)
(1)Copy CA Derecho Civil Code § 1788.302(d)(1) Un consumidor puede rescindir un contrato de servicios de liquidación de deudas en cualquier momento sin cargo ni penalización de ningún tipo, notificando al proveedor de liquidación de deudas por escrito, electrónicamente u oralmente.
(2)CA Derecho Civil Code § 1788.302(d)(2) El aviso descrito en el párrafo (1) se considerará efectivo inmediatamente después de ser enviado si se realiza electrónicamente, incluyendo por mensaje de texto u oralmente. Cuando el aviso se envía por correo certificado, se considerará efectivo al recibirse. Cuando el aviso escrito se envía por correo no certificado, se considerará efectivo siete días calendario a partir de la fecha de envío.
(3)CA Derecho Civil Code § 1788.302(d)(3) Tras la notificación efectiva de la solicitud de cancelación del contrato, el proveedor de liquidación de deudas deberá hacer todo lo siguiente:
(A)CA Derecho Civil Code § 1788.302(d)(3)(A) Cancelar inmediatamente el contrato.
(B)CA Derecho Civil Code § 1788.302(d)(3)(B) Notificar inmediatamente al procesador de pagos que el consumidor ha cancelado los servicios de liquidación de deudas y transmitir al procesador de pagos la instrucción del consumidor de cerrar la cuenta de liquidación y entregar el saldo de la cuenta de liquidación al consumidor.
(C)CA Derecho Civil Code § 1788.302(d)(3)(C) Proporcionar, dentro de los tres días hábiles, un estado de cuenta detallado de cualquier monto recibido o esperado a ser recibido por el proveedor de liquidación de deudas de la cuenta de liquidación del consumidor después de que el proveedor de liquidación de deudas recibió la notificación efectiva de la solicitud de cancelación. El estado de cuenta detallado deberá incluir una explicación de cómo se calcularon los montos de acuerdo con los requisitos del párrafo (2) de la subdivisión (c).
(D)CA Derecho Civil Code § 1788.302(d)(3)(D) Proporcionar, dentro de los tres días hábiles, copias de todos los documentos, avisos u otras comunicaciones que haya recibido de cualquier acreedor en nombre del consumidor.
(4)CA Derecho Civil Code § 1788.302(d)(4) Los elementos de los subpárrafos (C) y (D) del párrafo (3) se enviarán por correo de los Estados Unidos o por medios electrónicos razonablemente calculados para llegar al consumidor.
(5)CA Derecho Civil Code § 1788.302(d)(5) Al recibir el aviso de cancelación del contrato por parte del consumidor o del proveedor de liquidación de deudas, el procesador de pagos deberá dejar de acumular cargos por servicio, cerrar la cuenta de liquidación y entregar al consumidor el saldo de la cuenta de liquidación dentro de los siete días. El procesador de pagos deberá proporcionar, dentro de los 10 días hábiles, un estado de cuenta detallado del monto reembolsado y cualquier monto enviado al proveedor de liquidación de deudas después o al recibir el procesador de pagos el aviso de cancelación del contrato.
(e)CA Derecho Civil Code § 1788.302(e) Un proveedor de liquidación de deudas deberá reenviar inmediatamente los siguientes avisos al consumidor, ya sea por correo de los Estados Unidos o por medios electrónicos razonablemente calculados para llegar al consumidor:
(1)CA Derecho Civil Code § 1788.302(e)(1) Cualquier aviso de demanda sobre una deuda inscrita de cualquier persona que no sea el consumidor.
(2)CA Derecho Civil Code § 1788.302(e)(2) Cualquier acuerdo de liquidación que un proveedor de liquidación de deudas haya negociado en nombre del consumidor.