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Aviso de Traducción: Las traducciones de leyes se proporcionan solo para conveniencia y no están destinadas a ser utilizadas como referencia ni citadas. Para fines legales oficiales, consulte el texto original en inglés.

Section § 1788.20

Explanation

Esta ley establece que si solicitas un crédito, como un préstamo, no debes hacerlo si sabes que no podrás pagarlo. Además, no debes ocultar ni mentir sobre información que influya en cómo los prestamistas evalúan tu capacidad de pago.

En relación con cualquier solicitud o aplicación de crédito cubierto, ninguna persona deberá:
(a)CA Derecho Civil Code § 1788.20(a) Solicitar o aplicar para dicho crédito en un momento en que esa persona sepa que no existe una probabilidad razonable de que pueda, o que en ese momento carezca de la intención de, pagar la obligación creada por ello de acuerdo con los términos y condiciones de la extensión del crédito.
(b)CA Derecho Civil Code § 1788.20(b) Presentar a sabiendas información falsa o inexacta u ocultar deliberadamente información adversa que afecte la solvencia crediticia, el historial crediticio o la capacidad de crédito de esa persona.

Section § 1788.21

Explanation

Esta ley establece que si tienes un crédito existente o solicitado, debes informar a tu acreedor sobre cualquier cambio en tu nombre, dirección o trabajo. Sin embargo, este requisito solo entra en vigor si el acreedor te ha informado claramente por escrito que debes hacerlo.

(a)CA Derecho Civil Code § 1788.21(a) En relación con cualquier crédito cubierto existente o cuya extensión se haya solicitado a una persona, dicha persona deberá, dentro de un plazo razonable, notificar al acreedor o posible acreedor de cualquier cambio en su nombre, dirección o empleo.
(b)CA Derecho Civil Code § 1788.21(b) Cada responsabilidad establecida en el apartado (a) se aplicará solo si y después de que el acreedor divulgue de forma clara y notoria por escrito dicha responsabilidad a esa persona.

Section § 1788.22

Explanation

Esta sección de la ley trata sobre las responsabilidades relacionadas con el uso de una cuenta de crédito. En primer lugar, si sabes que los privilegios de crédito de tu cuenta han sido cancelados o suspendidos, no debes intentar hacer compras con ella. En segundo lugar, si tu tarjeta de crédito o la información de tu cuenta se pierde o es robada, debes informar al prestamista tan pronto como te des cuenta, utilizando cualquier método razonable como una llamada o una carta, y ayudarles a averiguar lo que pasó. Sin embargo, estas obligaciones solo se aplican si el prestamista te las ha comunicado claramente por escrito.

(a)CA Derecho Civil Code § 1788.22(a) En relación con cualquier crédito cubierto otorgado a una persona bajo una cuenta:
(1)CA Derecho Civil Code § 1788.22(a)(1) Ninguna de dichas personas intentará realizar ninguna transacción de crédito cubierto bajo la misma a sabiendas de que los privilegios de crédito de la cuenta han sido terminados o suspendidos.
(2)CA Derecho Civil Code § 1788.22(a)(2) Cada una de dichas personas notificará al acreedor por teléfono, telégrafo, carta o cualquier otro medio razonable que ha ocurrido o puede ocurrir un uso no autorizado de la cuenta como resultado de la pérdida o robo de una tarjeta de crédito, o de otro instrumento que identifique la cuenta, dentro de un plazo razonable después de que dicha persona lo descubra, y asistirá razonablemente al acreedor en la determinación de los hechos y circunstancias relacionados con cualquier uso no autorizado de la cuenta.
(b)CA Derecho Civil Code § 1788.22(b) Cada responsabilidad establecida en el apartado (a) se aplicará solo si y después de que el acreedor divulgue de forma clara y notoria por escrito dicha responsabilidad a esa persona.