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Aviso de Traducción: Las traducciones de leyes se proporcionan solo para conveniencia y no están destinadas a ser utilizadas como referencia ni citadas. Para fines legales oficiales, consulte el texto original en inglés.

Section § 2860

Explanation

Esta ley explica que si una compañía de seguros debe defender a un asegurado y surge un conflicto de intereses, la compañía debe proporcionar un abogado independiente al asegurado, a menos que este renuncie a este derecho por escrito. La compañía de seguros puede establecer requisitos para este abogado independiente, como tener al menos cinco años de experiencia relevante. Si hay un desacuerdo sobre los honorarios del abogado, se recurre al arbitraje. El asegurado debe compartir información no privilegiada con el asegurador, y cualquier información privada revelada no anula la confidencialidad con otras partes. El asegurado puede optar por permitir que la compañía de seguros elija al abogado si renuncia a su derecho a un abogado independiente. Tanto el abogado proporcionado por el asegurador como el abogado independiente pueden participar plenamente en el caso, y el asegurado debe seguir cooperando con el asegurador.

(a)CA Derecho Civil Code § 2860(a) Si las disposiciones de una póliza de seguro imponen el deber de defender a un asegurador y surge un conflicto de intereses que crea el deber por parte del asegurador de proporcionar un abogado independiente al asegurado, el asegurador deberá proporcionar un abogado independiente para representar al asegurado a menos que, en el momento en que se informa al asegurado de que puede surgir o existe un posible conflicto, el asegurado renuncie expresamente, por escrito, al derecho a un abogado independiente. Un contrato de seguro puede contener una disposición que establezca el método de selección de dicho abogado de conformidad con esta sección.
(b)CA Derecho Civil Code § 2860(b) Para los fines de esta sección, no existe un conflicto de intereses en cuanto a las alegaciones o hechos en el litigio para los cuales el asegurador niega la cobertura; sin embargo, cuando un asegurador se reserva sus derechos sobre una cuestión determinada y el resultado de esa cuestión de cobertura puede ser controlado por el abogado inicialmente contratado por el asegurador para la defensa de la reclamación, puede existir un conflicto de intereses. No se considerará que existe un conflicto de intereses en cuanto a las alegaciones de daños punitivos ni se considerará que existe únicamente porque un asegurado sea demandado por una cantidad que exceda los límites de la póliza de seguro.
(c)CA Derecho Civil Code § 2860(c) Cuando el asegurado haya seleccionado un abogado independiente para que lo represente, el asegurador podrá ejercer su derecho a exigir que el abogado seleccionado por el asegurado posea ciertas cualificaciones mínimas que pueden incluir que el abogado seleccionado tenga (1) al menos cinco años de práctica en litigios civiles que incluya experiencia sustancial en defensa en el asunto en cuestión en el litigio, y (2) cobertura de errores y omisiones. La obligación del asegurador de pagar honorarios al abogado independiente seleccionado por el asegurado se limita a las tarifas que el asegurador paga realmente a los abogados contratados por él en el curso ordinario de los negocios en la defensa de acciones similares en la comunidad donde surgió o se está defendiendo la reclamación. Esta subdivisión no invalida otras disposiciones de la póliza diferentes o adicionales relativas a los honorarios de abogados o que prevean métodos de resolución de disputas relativas a dichos honorarios. Cualquier disputa relativa a los honorarios de abogados no resuelta por estos métodos se resolverá mediante arbitraje final y vinculante por un único árbitro neutral seleccionado por las partes en la disputa.
(d)CA Derecho Civil Code § 2860(d) Cuando el asegurado haya seleccionado un abogado independiente, será deber de dicho abogado y del asegurado revelar al asegurador toda la información relativa a la acción, excepto los materiales privilegiados relevantes para las disputas de cobertura, e informar y consultar oportunamente con el asegurador sobre todos los asuntos relacionados con la acción. Cualquier alegación de privilegio invocada está sujeta a revisión in camera en el departamento de derecho y mociones correspondiente del tribunal superior. Cualquier información revelada por el asegurado o por el abogado independiente no constituye una renuncia al privilegio con respecto a ninguna otra parte.
(e)CA Derecho Civil Code § 2860(e) El asegurado podrá renunciar a su derecho a seleccionar un abogado independiente firmando la siguiente declaración:
“Se me ha informado y asesorado sobre mi derecho a seleccionar un abogado independiente para que me represente en este litigio. He considerado este asunto plenamente y renuncio libremente a mi derecho a seleccionar un abogado independiente en este momento. Autorizo a mi asegurador a seleccionar un abogado defensor para que me represente en este litigio.”
(f)CA Derecho Civil Code § 2860(f) Cuando el asegurado seleccione un abogado independiente de conformidad con las disposiciones de esta sección, tanto el abogado proporcionado por el asegurador como el abogado independiente seleccionado por el asegurado podrán participar en todos los aspectos del litigio. Los abogados cooperarán plenamente en el intercambio de información que sea consistente con la obligación ética y legal de cada abogado para con el asegurado. Nada de lo dispuesto en esta sección eximirá al asegurado de su deber de cooperar con el asegurador según los términos del contrato de seguro.