Para los fines de este título, se aplican las siguientes definiciones:
(a)CA Derecho Civil Code § 3100(a) “Independiente de la aplicación” significa no diferenciar en función de la fuente, el destino, el contenido de Internet, la aplicación, el servicio o el dispositivo, o la clase de contenido de Internet, aplicación, servicio o dispositivo.
(b)CA Derecho Civil Code § 3100(b) “Servicio de acceso a Internet de banda ancha” significa un servicio minorista de mercado masivo por cable o radio proporcionado a clientes en California que ofrece la capacidad de transmitir y recibir datos desde todos o sustancialmente todos los puntos finales de Internet, incluyendo, entre otras, cualquier capacidad que sea incidental y que permita el funcionamiento del servicio de comunicaciones, pero excluyendo el servicio de acceso a Internet por línea conmutada. “Servicio de acceso a Internet de banda ancha” también abarca cualquier servicio proporcionado a clientes en California que ofrezca un equivalente funcional de dicho servicio o que se utilice para evadir las protecciones establecidas en este título.
(c)CA Derecho Civil Code § 3100(c) “Clase de contenido, aplicación, servicio o dispositivo de Internet” significa contenido de Internet, o un grupo de aplicaciones, servicios o dispositivos de Internet, que comparten una característica común, incluyendo, entre otras, compartir la misma fuente o destino, pertenecer al mismo tipo de contenido, aplicación, servicio o dispositivo, utilizar el mismo protocolo de capa de aplicación o de transporte, o tener características técnicas similares, incluyendo, entre otras, el tamaño, la secuencia o la temporización de los paquetes, o la sensibilidad al retardo.
(d)CA Derecho Civil Code § 3100(d) “Contenido, aplicaciones o servicios” significa todo el tráfico de Internet transmitido hacia o desde los usuarios finales de un servicio de acceso a Internet de banda ancha, incluyendo, entre otros, el tráfico que puede no encajar claramente en ninguna de estas categorías.
(e)CA Derecho Civil Code § 3100(e) “Proveedor de borde” significa cualquier persona o entidad que proporciona cualquier contenido, aplicación o servicio a través de Internet, y cualquier persona o entidad que proporciona un dispositivo utilizado para acceder a cualquier contenido, aplicación o servicio a través de Internet.
(f)CA Derecho Civil Code § 3100(f) “Usuario final” significa cualquier persona o entidad que utiliza un servicio de acceso a Internet de banda ancha.
(g)CA Derecho Civil Code § 3100(g) “Oferta de servicio empresarial” significa una oferta a organizaciones más grandes a través de acuerdos personalizados o negociados individualmente o servicios de acceso especial.
(h)CA Derecho Civil Code § 3100(h) “Servicio de acceso a Internet de banda ancha fija” significa un servicio de acceso a Internet de banda ancha que atiende a usuarios finales principalmente en puntos finales fijos utilizando equipos estacionarios. El servicio de acceso a Internet de banda ancha fija incluye, entre otros, los servicios inalámbricos fijos, incluyendo, entre otros, los servicios inalámbricos fijos sin licencia, y los servicios satelitales fijos.
(i)CA Derecho Civil Code § 3100(i) “Proveedor de servicios de Internet fijo” significa una empresa que proporciona servicio de acceso a Internet de banda ancha fija a una persona, corporación, gobierno u otro cliente en California.
(j)CA Derecho Civil Code § 3100(j) “Deteriorar o degradar el tráfico legítimo de Internet en función del contenido, la aplicación o el servicio de Internet, o el uso de un dispositivo no perjudicial” significa deteriorar o degradar cualquiera de los siguientes: (1) contenidos, aplicaciones o servicios particulares; (2) clases particulares de contenidos, aplicaciones o servicios; (3) tráfico legítimo de Internet hacia dispositivos no perjudiciales particulares; o (4) tráfico legítimo de Internet hacia clases particulares de dispositivos no perjudiciales. El término incluye, sin limitación, diferenciar, positiva o negativamente, entre cualquiera de los siguientes: (1) contenidos, aplicaciones o servicios particulares; (2) clases particulares de contenidos, aplicaciones o servicios; (3) tráfico legítimo de Internet hacia dispositivos no perjudiciales particulares; o (4) tráfico legítimo de Internet hacia clases particulares de dispositivos no perjudiciales.
(k)CA Derecho Civil Code § 3100(k) “Proveedor de servicios de Internet” significa una empresa que proporciona servicio de acceso a Internet de banda ancha a una persona, corporación, gobierno u otro cliente en California.
(l)CA Derecho Civil Code § 3100(l) “Intercambio de tráfico de ISP” significa el intercambio de tráfico de Internet destinado a, o que se origina de, los usuarios finales de un proveedor de servicios de Internet entre la red del proveedor de servicios de Internet y otra persona o entidad, incluyendo, entre otros, un proveedor de borde, una red de entrega de contenido u otro operador de red.
(m)CA Derecho Civil Code § 3100(m) “Acuerdo de intercambio de tráfico de ISP” significa un acuerdo entre un proveedor de servicios de Internet y otra persona o entidad, incluyendo, entre otros, un proveedor de borde, una red de entrega de contenido u otro operador de red, para intercambiar tráfico de Internet destinado a, o que se origina de, los usuarios finales de un proveedor de servicios de Internet entre la red del proveedor de servicios de Internet y la otra persona o entidad.
(n)CA Derecho Civil Code § 3100(n) “Servicio de mercado masivo” significa un servicio comercializado y vendido de forma estandarizada a clientes residenciales, pequeñas empresas y otros clientes, incluyendo, entre otros, escuelas, instituciones de educación superior y bibliotecas. Los servicios de “mercado masivo” también incluyen los servicios de acceso a Internet de banda ancha adquiridos con el apoyo de los programas E-rate y Rural Health Care y programas similares a nivel federal y estatal, independientemente de si están personalizados o negociados individualmente, así como cualquier servicio de acceso a Internet de banda ancha ofrecido utilizando redes apoyadas por el Connect America Fund o programas similares a nivel federal y estatal. El servicio de “mercado masivo” no incluye las ofertas de servicios empresariales.
(o)CA Derecho Civil Code § 3100(o) “Servicio de acceso a Internet de banda ancha móvil” significa un servicio de acceso a Internet de banda ancha que atiende a usuarios finales principalmente utilizando estaciones móviles. El servicio de acceso a Internet de banda ancha móvil incluye, entre otros, los servicios de acceso a Internet de banda ancha que utilizan teléfonos inteligentes o tabletas con capacidad de red móvil como puntos finales principales para la conexión a Internet, así como los servicios de banda ancha satelital móvil.
(p)CA Derecho Civil Code § 3100(p) “Proveedor de servicios de Internet móvil” significa una empresa que proporciona servicio de acceso a Internet de banda ancha móvil a una persona, corporación, gobierno u otro cliente en California.
(q)CA Derecho Civil Code § 3100(q) “Estación móvil” significa una estación de radiocomunicación capaz de ser movida y que normalmente se mueve.
(r)CA Derecho Civil Code § 3100(r) “Priorización pagada” significa la gestión de la red de un proveedor de servicios de Internet para favorecer directa o indirectamente cierto tráfico sobre otro, incluyendo, entre otros, mediante el uso de técnicas como la conformación de tráfico, la priorización, la reserva de recursos u otras formas de gestión de tráfico preferencial, ya sea (1) a cambio de una contraprestación, monetaria o de otro tipo, de un tercero, o (2) para beneficiar a una entidad afiliada.
(s)CA Derecho Civil Code § 3100(s) “Gestión de red razonable” significa una práctica de gestión de red que es razonable. Una práctica de gestión de red es una práctica que tiene una justificación de gestión de red principalmente técnica, pero no incluye otras prácticas comerciales. Una práctica de gestión de red es razonable si se utiliza principalmente para, y se adapta a, lograr un propósito legítimo de gestión de red, teniendo en cuenta la arquitectura y tecnología de red particulares del servicio de acceso a Internet de banda ancha, y es lo más independiente de la aplicación posible.
(t)CA Derecho Civil Code § 3100(t) “Tarifa cero” significa eximir cierto tráfico de Internet del límite de uso de datos de un cliente.