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Aviso de Traducción: Las traducciones de leyes se proporcionan solo para conveniencia y no están destinadas a ser utilizadas como referencia ni citadas. Para fines legales oficiales, consulte el texto original en inglés.

Section § 3100

Explanation

Esta sección define términos clave relacionados con los servicios de Internet en California. Explica qué significa "independiente de la aplicación", que básicamente es tratar todo el contenido y los servicios de Internet por igual, sin favoritismos. "Servicio de acceso a Internet de banda ancha" se refiere a los servicios de Internet ampliamente disponibles para el público, excluyendo los servicios de conexión por línea conmutada, y también incluye los servicios destinados a eludir las protecciones. Distingue entre servicios de banda ancha fijos y móviles según cómo conectan a los usuarios a Internet. "Proveedor de borde" es un término para las entidades que ofrecen contenido o servicios en línea. La "priorización pagada" implica dar un trato preferencial a cierto tráfico de Internet, a menudo a cambio de una tarifa o para beneficiar a empresas afiliadas. Finalmente, la "gestión de red razonable" se define como prácticas de red con justificaciones técnicas en lugar de motivos comerciales.

Para los fines de este título, se aplican las siguientes definiciones:
(a)CA Derecho Civil Code § 3100(a) “Independiente de la aplicación” significa no diferenciar en función de la fuente, el destino, el contenido de Internet, la aplicación, el servicio o el dispositivo, o la clase de contenido de Internet, aplicación, servicio o dispositivo.
(b)CA Derecho Civil Code § 3100(b) “Servicio de acceso a Internet de banda ancha” significa un servicio minorista de mercado masivo por cable o radio proporcionado a clientes en California que ofrece la capacidad de transmitir y recibir datos desde todos o sustancialmente todos los puntos finales de Internet, incluyendo, entre otras, cualquier capacidad que sea incidental y que permita el funcionamiento del servicio de comunicaciones, pero excluyendo el servicio de acceso a Internet por línea conmutada. “Servicio de acceso a Internet de banda ancha” también abarca cualquier servicio proporcionado a clientes en California que ofrezca un equivalente funcional de dicho servicio o que se utilice para evadir las protecciones establecidas en este título.
(c)CA Derecho Civil Code § 3100(c) “Clase de contenido, aplicación, servicio o dispositivo de Internet” significa contenido de Internet, o un grupo de aplicaciones, servicios o dispositivos de Internet, que comparten una característica común, incluyendo, entre otras, compartir la misma fuente o destino, pertenecer al mismo tipo de contenido, aplicación, servicio o dispositivo, utilizar el mismo protocolo de capa de aplicación o de transporte, o tener características técnicas similares, incluyendo, entre otras, el tamaño, la secuencia o la temporización de los paquetes, o la sensibilidad al retardo.
(d)CA Derecho Civil Code § 3100(d) “Contenido, aplicaciones o servicios” significa todo el tráfico de Internet transmitido hacia o desde los usuarios finales de un servicio de acceso a Internet de banda ancha, incluyendo, entre otros, el tráfico que puede no encajar claramente en ninguna de estas categorías.
(e)CA Derecho Civil Code § 3100(e) “Proveedor de borde” significa cualquier persona o entidad que proporciona cualquier contenido, aplicación o servicio a través de Internet, y cualquier persona o entidad que proporciona un dispositivo utilizado para acceder a cualquier contenido, aplicación o servicio a través de Internet.
(f)CA Derecho Civil Code § 3100(f) “Usuario final” significa cualquier persona o entidad que utiliza un servicio de acceso a Internet de banda ancha.
(g)CA Derecho Civil Code § 3100(g) “Oferta de servicio empresarial” significa una oferta a organizaciones más grandes a través de acuerdos personalizados o negociados individualmente o servicios de acceso especial.
(h)CA Derecho Civil Code § 3100(h) “Servicio de acceso a Internet de banda ancha fija” significa un servicio de acceso a Internet de banda ancha que atiende a usuarios finales principalmente en puntos finales fijos utilizando equipos estacionarios. El servicio de acceso a Internet de banda ancha fija incluye, entre otros, los servicios inalámbricos fijos, incluyendo, entre otros, los servicios inalámbricos fijos sin licencia, y los servicios satelitales fijos.
(i)CA Derecho Civil Code § 3100(i) “Proveedor de servicios de Internet fijo” significa una empresa que proporciona servicio de acceso a Internet de banda ancha fija a una persona, corporación, gobierno u otro cliente en California.
(j)CA Derecho Civil Code § 3100(j) “Deteriorar o degradar el tráfico legítimo de Internet en función del contenido, la aplicación o el servicio de Internet, o el uso de un dispositivo no perjudicial” significa deteriorar o degradar cualquiera de los siguientes: (1) contenidos, aplicaciones o servicios particulares; (2) clases particulares de contenidos, aplicaciones o servicios; (3) tráfico legítimo de Internet hacia dispositivos no perjudiciales particulares; o (4) tráfico legítimo de Internet hacia clases particulares de dispositivos no perjudiciales. El término incluye, sin limitación, diferenciar, positiva o negativamente, entre cualquiera de los siguientes: (1) contenidos, aplicaciones o servicios particulares; (2) clases particulares de contenidos, aplicaciones o servicios; (3) tráfico legítimo de Internet hacia dispositivos no perjudiciales particulares; o (4) tráfico legítimo de Internet hacia clases particulares de dispositivos no perjudiciales.
(k)CA Derecho Civil Code § 3100(k) “Proveedor de servicios de Internet” significa una empresa que proporciona servicio de acceso a Internet de banda ancha a una persona, corporación, gobierno u otro cliente en California.
(l)CA Derecho Civil Code § 3100(l) “Intercambio de tráfico de ISP” significa el intercambio de tráfico de Internet destinado a, o que se origina de, los usuarios finales de un proveedor de servicios de Internet entre la red del proveedor de servicios de Internet y otra persona o entidad, incluyendo, entre otros, un proveedor de borde, una red de entrega de contenido u otro operador de red.
(m)CA Derecho Civil Code § 3100(m) “Acuerdo de intercambio de tráfico de ISP” significa un acuerdo entre un proveedor de servicios de Internet y otra persona o entidad, incluyendo, entre otros, un proveedor de borde, una red de entrega de contenido u otro operador de red, para intercambiar tráfico de Internet destinado a, o que se origina de, los usuarios finales de un proveedor de servicios de Internet entre la red del proveedor de servicios de Internet y la otra persona o entidad.
(n)CA Derecho Civil Code § 3100(n) “Servicio de mercado masivo” significa un servicio comercializado y vendido de forma estandarizada a clientes residenciales, pequeñas empresas y otros clientes, incluyendo, entre otros, escuelas, instituciones de educación superior y bibliotecas. Los servicios de “mercado masivo” también incluyen los servicios de acceso a Internet de banda ancha adquiridos con el apoyo de los programas E-rate y Rural Health Care y programas similares a nivel federal y estatal, independientemente de si están personalizados o negociados individualmente, así como cualquier servicio de acceso a Internet de banda ancha ofrecido utilizando redes apoyadas por el Connect America Fund o programas similares a nivel federal y estatal. El servicio de “mercado masivo” no incluye las ofertas de servicios empresariales.
(o)CA Derecho Civil Code § 3100(o) “Servicio de acceso a Internet de banda ancha móvil” significa un servicio de acceso a Internet de banda ancha que atiende a usuarios finales principalmente utilizando estaciones móviles. El servicio de acceso a Internet de banda ancha móvil incluye, entre otros, los servicios de acceso a Internet de banda ancha que utilizan teléfonos inteligentes o tabletas con capacidad de red móvil como puntos finales principales para la conexión a Internet, así como los servicios de banda ancha satelital móvil.
(p)CA Derecho Civil Code § 3100(p) “Proveedor de servicios de Internet móvil” significa una empresa que proporciona servicio de acceso a Internet de banda ancha móvil a una persona, corporación, gobierno u otro cliente en California.
(q)CA Derecho Civil Code § 3100(q) “Estación móvil” significa una estación de radiocomunicación capaz de ser movida y que normalmente se mueve.
(r)CA Derecho Civil Code § 3100(r) “Priorización pagada” significa la gestión de la red de un proveedor de servicios de Internet para favorecer directa o indirectamente cierto tráfico sobre otro, incluyendo, entre otros, mediante el uso de técnicas como la conformación de tráfico, la priorización, la reserva de recursos u otras formas de gestión de tráfico preferencial, ya sea (1) a cambio de una contraprestación, monetaria o de otro tipo, de un tercero, o (2) para beneficiar a una entidad afiliada.
(s)CA Derecho Civil Code § 3100(s) “Gestión de red razonable” significa una práctica de gestión de red que es razonable. Una práctica de gestión de red es una práctica que tiene una justificación de gestión de red principalmente técnica, pero no incluye otras prácticas comerciales. Una práctica de gestión de red es razonable si se utiliza principalmente para, y se adapta a, lograr un propósito legítimo de gestión de red, teniendo en cuenta la arquitectura y tecnología de red particulares del servicio de acceso a Internet de banda ancha, y es lo más independiente de la aplicación posible.
(t)CA Derecho Civil Code § 3100(t) “Tarifa cero” significa eximir cierto tráfico de Internet del límite de uso de datos de un cliente.

Section § 3101

Explanation

Esta ley prohíbe a los proveedores de servicios de Internet, tanto fijos como móviles, realizar ciertas acciones que restringen o manipulan el acceso a Internet. No pueden bloquear ni degradar contenido lícito, y no deben exigir pagos para entregar o priorizar el tráfico. También tienen prohibido participar en la priorización pagada o en la tarifa cero (zero-rating), donde ofrecen datos gratuitos para ciertos servicios o cobran a otros por el paso de datos. Los proveedores de servicios de Internet deben divulgar información clara sobre sus prácticas para que los consumidores y los creadores de contenido puedan tomar decisiones informadas. Estas reglas garantizan un Internet justo y abierto, prohibiendo cualquier acuerdo o práctica que intente eludir estas regulaciones.

(a)CA Derecho Civil Code § 3101(a) Será ilícito para un proveedor de servicios de Internet fijo, en la medida en que el proveedor se dedique a proporcionar servicio de acceso a Internet de banda ancha fija, participar en cualquiera de las siguientes actividades:
(1)CA Derecho Civil Code § 3101(a)(1) Bloquear contenido, aplicaciones, servicios o dispositivos no perjudiciales lícitos, sujeto a una gestión de red razonable.
(2)CA Derecho Civil Code § 3101(a)(2) Deteriorar o degradar el tráfico lícito de Internet basándose en el contenido, la aplicación o el servicio de Internet, o en el uso de un dispositivo no perjudicial, sujeto a una gestión de red razonable.
(3)CA Derecho Civil Code § 3101(a)(3) Exigir una contraprestación, monetaria o de otro tipo, a un proveedor de servicios de borde (edge provider), incluyendo, entre otros, a cambio de cualquiera de los siguientes:
(A)CA Derecho Civil Code § 3101(a)(3)(A) Entregar tráfico de Internet a, y transportar tráfico de Internet desde, los usuarios finales del proveedor de servicios de Internet.
(B)CA Derecho Civil Code § 3101(a)(3)(B) Evitar que el contenido, la aplicación, el servicio o el dispositivo no perjudicial del proveedor de servicios de borde sea bloqueado para llegar a los usuarios finales del proveedor de servicios de Internet.
(C)CA Derecho Civil Code § 3101(a)(3)(C) Evitar que el contenido, la aplicación, el servicio o el dispositivo no perjudicial del proveedor de servicios de borde sea deteriorado o degradado.
(4)CA Derecho Civil Code § 3101(a)(4) Participar en priorización pagada.
(5)CA Derecho Civil Code § 3101(a)(5) Participar en tarifa cero (zero-rating) a cambio de una contraprestación, monetaria o de otro tipo, de un tercero.
(6)CA Derecho Civil Code § 3101(a)(6) Aplicar tarifa cero a algunos contenidos, aplicaciones, servicios o dispositivos de Internet dentro de una categoría de contenidos, aplicaciones, servicios o dispositivos de Internet, pero no a la categoría completa.
(7)Copy CA Derecho Civil Code § 3101(a)(7)
(A)Copy CA Derecho Civil Code § 3101(a)(7)(A) Interferir de manera irrazonable con, o desfavorecer de manera irrazonable, la capacidad de un usuario final para seleccionar, acceder y utilizar el servicio de acceso a Internet de banda ancha o el contenido, las aplicaciones, los servicios o los dispositivos lícitos de su elección, o la capacidad de un proveedor de servicios de borde para poner a disposición de los usuarios finales contenido, aplicaciones, servicios o dispositivos lícitos. La gestión de red razonable no constituirá una violación de este párrafo.
(B)CA Derecho Civil Code § 3101(a)(7)(A)(B) La aplicación de tarifa cero al tráfico de Internet de formas agnósticas a la aplicación no constituirá una violación del subpárrafo (A) siempre que ningún tercero proporcione una contraprestación, monetaria o de otro tipo, a cambio de la decisión del proveedor de servicios de Internet de aplicar o no la tarifa cero al tráfico.
(8)CA Derecho Civil Code § 3101(a)(8) No divulgar públicamente información precisa sobre las prácticas de gestión de red, el rendimiento y los términos comerciales de sus servicios de acceso a Internet de banda ancha, suficiente para que los consumidores tomen decisiones informadas sobre el uso de esos servicios y para que los proveedores de contenido, aplicaciones, servicios y dispositivos desarrollen, comercialicen y mantengan ofertas de Internet.
(9)CA Derecho Civil Code § 3101(a)(9) Participar en prácticas, incluyendo, entre otras, acuerdos, con respecto a, relacionados con, o en conexión con, el intercambio de tráfico de ISP que tengan el propósito o efecto de eludir las prohibiciones contenidas en esta sección y en la Sección 3102. Nada de lo dispuesto en este párrafo se interpretará como una prohibición para que los proveedores de servicios de Internet celebren acuerdos de intercambio de tráfico de ISP que no eludan las prohibiciones contenidas en esta sección y en la Sección 3102.
(b)CA Derecho Civil Code § 3101(b) Será ilícito para un proveedor de servicios de Internet móvil, en la medida en que el proveedor se dedique a proporcionar servicio de acceso a Internet de banda ancha móvil, participar en cualquiera de las actividades descritas en los párrafos (1), (2), (3), (4), (5), (6), (7), (8) y (9) de la subdivisión (a).

Section § 3102

Explanation

Esta ley prohíbe a los proveedores de internet ofrecer otros servicios a través de la misma conexión final que lleva la banda ancha a tu hogar o dispositivo, si esos servicios eluden reglas específicas o degradan el rendimiento de tu internet. Los proveedores fijos y móviles no pueden eludir estas reglas a menos que esos otros servicios no infrinjan la ley.

(a)CA Derecho Civil Code § 3102(a) Será ilícito que un proveedor de servicios de internet fijo ofrezca o preste servicios distintos del servicio de acceso a internet de banda ancha que se entreguen a través de la misma conexión de última milla que el servicio de acceso a internet de banda ancha, si dichos servicios cumplen cualquiera de las siguientes condiciones:
(1)CA Derecho Civil Code § 3102(a)(1) Tienen el propósito o efecto de eludir las prohibiciones de la Sección 3101.
(2)CA Derecho Civil Code § 3102(a)(2) Afectan negativamente el rendimiento del servicio de acceso a internet de banda ancha.
(b)CA Derecho Civil Code § 3102(b) Será ilícito que un proveedor de servicios de internet móvil ofrezca o preste servicios distintos del servicio de acceso a internet de banda ancha que se entreguen a través de la misma conexión de última milla que el servicio de acceso a internet de banda ancha, si dichos servicios cumplen cualquiera de las condiciones especificadas en los párrafos (1) y (2) de la subdivisión (a).
(c)CA Derecho Civil Code § 3102(c) Nada en esta sección se interpretará como una prohibición para que un proveedor de servicios de internet fijo o móvil ofrezca o preste servicios distintos del servicio de acceso a internet de banda ancha que se entreguen a través de la misma conexión de última milla que el servicio de acceso a internet de banda ancha y no infrinjan esta sección.

Section § 3103

Explanation

Esta ley establece que los proveedores de servicios de Internet (ISP), ya sean fijos o móviles, aún pueden cumplir con sus deberes o tienen permiso para manejar comunicaciones de emergencia, seguridad pública, aplicación de la ley y asuntos de seguridad nacional según lo permitan otras leyes. También aclara que los ISP pueden realizar intentos razonables para prevenir la infracción de derechos de autor u otras actividades ilegales.

(a)CA Derecho Civil Code § 3103(a) Nada en este título deroga ninguna obligación o autorización que un proveedor de servicios de Internet fijo o móvil pueda tener para atender las necesidades de comunicaciones de emergencia o de las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley, la seguridad pública o la seguridad nacional, de conformidad con o según lo permita la ley aplicable, ni limita la capacidad del proveedor para hacerlo.
(b)CA Derecho Civil Code § 3103(b) Nada en este título prohíbe los esfuerzos razonables de un proveedor de servicios de Internet fijo o móvil para abordar la infracción de derechos de autor u otra actividad ilícita.

Section § 3104

Explanation
Esta ley establece que no puedes renunciar a tus derechos bajo este título porque va en contra del orden público. Si intentas renunciar a estos derechos, no será válido ni se podrá hacer cumplir.