Ley de Agencias de Empleo, Orientación Laboral y Servicios de Colocación de EmpleoAgencias de Empleo
Section § 1812.503
Si usted dirige una agencia de empleo en California, debe tener una fianza de $3,000 de una compañía de fianzas reconocida y presentar una copia ante el Secretario de Estado. Esta fianza garantiza que usted pagará cualquier suma adeudada a individuos y cubre los daños si usted o su personal actúan de manera deshonesta o ilegal. No puede operar su negocio sin esta fianza, y deberá reemplazarla si se cancela. Si utiliza un depósito en lugar de una fianza y alguien presenta una reclamación, el Secretario de Estado se encargará de ella. Las reclamaciones no se pueden pagar hasta que hayan transcurrido 240 días, y todas las reclamaciones aprobadas se pagan proporcionalmente si no hay suficiente dinero. Los depósitos no pueden ser embargados por otras deudas y se retienen durante dos años después de que usted cierre su agencia, a menos que un juez ordene su liberación antes. El Secretario de Estado cobra una tarifa por la presentación de fianzas o depósitos y garantiza el cumplimiento de estas normas.
Section § 1812.504
Esta ley exige que las agencias de empleo en California proporcionen a los buscadores de empleo un contrato por escrito cuando se les cobre una tarifa o depósito. El contrato debe detallar información sobre la agencia, el buscador de empleo y el empleador, incluyendo tarifas, tipo de trabajo, horas de trabajo y beneficios. También debe establecer una política de "derecho a reembolso" si el empleo no funciona por ciertas razones válidas. El contrato debe estar fechado, firmado y entregado por escrito tanto al buscador de empleo como a la agencia, y no debe ser válido por más de 180 días, a menos que se continúe bajo condiciones específicas. Si una agencia realiza remisiones de empleo por teléfono, debe enviar rápidamente un contrato por correo al buscador de empleo. Se aplican disposiciones especiales a las agencias de servicios domésticos que operan como registros.
Section § 1812.505
Esta ley establece las reglas para las agencias de empleo en cuanto al cobro de tarifas a los solicitantes de empleo. Las agencias deben proporcionar información clara sobre sus tablas de tarifas, exhibirlas de manera prominente y mantener registros de los cambios. No pueden cobrar más de lo establecido, aceptar tarifas de registro ni exigir a los solicitantes de empleo que firmen pagarés. Las agencias deben entregar recibos por los depósitos, los cuales se aplican a las tarifas si se acepta el trabajo. Si un solicitante de empleo deja un trabajo por una razón justificada o es despedido por motivos no relacionados con mala conducta dentro de los 90 días, la agencia debe ajustar las tarifas y ofrecer reembolsos. Las tarifas por trabajo temporal están limitadas y no pueden exceder lo permitido para puestos permanentes. Además, las tarifas basadas en ganancias por comisiones pueden ajustarse después del primer año, dependiendo de las ganancias reales. Las agencias pueden cobrar una tarifa de colocación si un solicitante de empleo acepta un trabajo diferente al que fue referido inicialmente, pero solo dentro de ciertos límites de tiempo. Además, las agencias no pueden compartir tarifas con los empleadores ni cobrar por conseguir un trabajo en la propia agencia.
Section § 1812.506
Esta ley establece que si pagas una tarifa a una agencia de empleo pero luego no aceptas el trabajo, puedes pedir que te devuelvan tu dinero. Si la agencia no te devuelve el dinero en 48 horas, te deben el doble. Además, si dejas un trabajo en los primeros 90 días porque las condiciones no eran las acordadas, como un salario más bajo u horarios diferentes, la agencia debería reembolsarte parte de la tarifa, a menos que haya sido tu culpa, como renunciar sin una razón válida. Si la agencia decide no hacer un reembolso, debe informarte por escrito el motivo en un plazo de 10 días. Si no lo hacen o no te pagan dentro del plazo establecido, tienen que pagarte el doble.
Section § 1812.507
Esta ley asegura que las agencias de empleo no puedan cobrar a los solicitantes de empleo ni enviarlos a puestos de trabajo a menos que tengan una orden de empleo real. Las agencias deben informar a los empleadores que son una agencia de empleo cuando solicitan órdenes de empleo, las cuales deben ser por escrito. Las órdenes de empleo pueden ser oficiales si un empleador pide a una agencia que encuentre candidatos que cumplan con sus necesidades o si un empleador muestra interés en un candidato que la agencia presenta. Las agencias no pueden remitir a los solicitantes de empleo a puestos falsos o para los que no están capacitados, ni pueden publicar puestos sin el permiso del empleador.
Section § 1812.508
Esta ley prohíbe que las agencias de empleo usen anuncios falsos o engañosos sobre los servicios que ofrecen. Las agencias deben incluir su nombre, dirección o número de teléfono correctos en los anuncios, y distinguir claramente entre los trabajos con tarifas para los buscadores de empleo y los que no las tienen. Las agencias deben evitar dar a entender que ofrecen servicios de atención médica domiciliaria si no lo hacen. Las quejas contra estas agencias pueden dirigirse a las autoridades. En cuanto a las ofertas de empleo, cualquier requisito especial del trabajo debe indicarse claramente y los trabajos no locales deben señalarse. Los detalles salariales deben representarse con precisión, y las agencias deben mantener registros de los anuncios de empleo durante un año.
Section § 1812.509
Esta ley establece reglas y restricciones específicas para las agencias de empleo en California. Primero, prohíbe que las agencias ayuden a menores a solicitar trabajos si esos trabajos violarían ciertos códigos laborales o educativos. También exige que las agencias informen a los solicitantes de empleo si el trabajo al que postulan implica un contrato laboral o requiere afiliación sindical. Si hay una huelga o conflicto laboral en curso en el lugar de trabajo, las agencias deben notificar a los solicitantes de empleo y anotarlo en sus contratos. Además, las agencias deben entrevistar y verificar la experiencia de los solicitantes de empleo antes de referirlos para puestos de cuidado de niños, roles domésticos o puestos temporales de atención médica. Para los trabajos temporales de atención médica, la agencia también debe confirmar la licencia o certificación del candidato y asegurarse de que el candidato haya pasado una verificación de antecedentes penales.
Section § 1812.5093
Si contrata a un proveedor de cuidado infantil a través de una agencia de empleo y no necesita que el proveedor trabaje en una guardería con licencia, la agencia debe proporcionarle detalles sobre un registro TrustLine. Este registro indica si el proveedor ha pasado una verificación de antecedentes penales. La agencia debe informarle cómo obtener más información y verificar si el proveedor está en el registro. Además, no pueden ofrecerle proveedores que no formen parte del registro. Finalmente, debe confirmar por escrito que ha recibido toda esta información.
Section § 1812.5095
Esta ley detalla las condiciones específicas bajo las cuales una agencia de empleo que refiere trabajadores domésticos no es considerada su empleador. Para que la agencia no sea vista como empleador, deben cumplirse varios requisitos. Estos incluyen tener un contrato firmado con el trabajador doméstico, donde este pueda elegir otras agencias y negociar libremente sus condiciones de trabajo. La agencia no puede controlar ni supervisar las tareas del trabajador y no le proporciona herramientas para el trabajo. Los pagos deben hacerse directamente al trabajador o, si se hacen a la agencia, a través de una cuenta fiduciaria. La agencia tiene la responsabilidad de aclarar que el trabajador podría necesitar permisos, que no está cubierto por seguros de desempleo o similares a través de la agencia, y debe verificar el estatus legal del trabajador para trabajar. Se deben entregar declaraciones que aclaren el papel de la agencia a la persona que busca servicios domésticos antes y después de las referencias. Engañar al público sobre el papel de la agencia se considera competencia desleal y conlleva sanciones.