Section § 2970

Explanation
Esta ley define un 'préstamo con garantía hipotecaria' como un tipo de crédito en el que pides dinero prestado usando tu casa como garantía. Se refiere específicamente a planes de crédito donde puedes pedir prestado repetidamente hasta un cierto límite, similar a una tarjeta de crédito.

Section § 2971

Explanation

Cuando solicitas un préstamo con garantía hipotecaria, el prestamista debe informarte que el préstamo está respaldado por tu vivienda, lo que significa que si no lo pagas, podrías perder tu casa. Esta advertencia debe darse justo cuando solicitas en persona, o dentro de los tres días si lo haces por correo o teléfono. El prestamista puede darte esta advertencia en un documento aparte o directamente en el formulario de solicitud. Si una advertencia similar ya es exigida por una ley federal y el prestamista la cumple, se considera que ha satisfecho este requisito.

(a)CA Derecho Civil Code § 2971(a) Al momento en que un cliente presenta una solicitud inicial a un acreedor para un préstamo con garantía hipotecaria en persona, o dentro de los tres días hábiles si el cliente solicita por correo o teléfono, el acreedor deberá proporcionar al solicitante una divulgación en cualquiera de las siguientes formas:
(1)CA Derecho Civil Code § 2971(a)(1) La declaración: “¡Este préstamo con garantía hipotecaria que usted está solicitando estará garantizado por su vivienda y su falta de pago del préstamo por cualquier motivo podría hacer que usted pierda su vivienda!”
(2)CA Derecho Civil Code § 2971(a)(2) Una declaración en el sentido de que un préstamo con garantía hipotecaria está garantizado por un gravamen sobre la vivienda del consumidor y, en caso de cualquier incumplimiento, el consumidor corre el riesgo de perder la vivienda.
(b)CA Derecho Civil Code § 2971(b) La divulgación requerida en el inciso (a) se realizará por cualquiera de los siguientes medios:
(1)CA Derecho Civil Code § 2971(b)(1) Un documento separado y específico adjunto o que acompañe la solicitud.
(2)CA Derecho Civil Code § 2971(b)(2) Una declaración clara y visible en la solicitud.
(c)CA Derecho Civil Code § 2971(c) Si un acreedor está obligado por una ley o reglamento federal a realizar una divulgación sustancialmente similar a la requerida por el inciso (a), y el acreedor cumple con dicha ley o reglamento federal, se considerará que el acreedor ha cumplido con los requisitos de este capítulo.