Section § 3045.1

Explanation

Si alguien se lesiona en un accidente o por negligencia de otra persona y la lesión no está cubierta por ciertas leyes laborales, los hospitales en California que brindan atención médica de emergencia o continua pueden reclamar una parte de cualquier indemnización pagada a la persona lesionada. Este reclamo, conocido como gravamen, cubre los costos razonables y necesarios del hospital por tratar a la persona lesionada. El gravamen puede aplicarse al dinero que la persona lesionada recupere de una demanda o un acuerdo, o si fallece, al dinero que recuperen sus herederos o representantes.

Toda persona, sociedad, asociación, corporación, entidad pública u otra institución u organismo que mantenga un hospital con licencia conforme a las leyes de este estado y que preste servicios médicos u otros servicios de emergencia y continuos a cualquier persona lesionada a causa de un accidente o un acto negligente u otro acto ilícito no cubierto por la División 4 (que comienza con la Sección 3201) o la División 4.5 (que comienza con la Sección 6100) del Código Laboral, tendrá, si la persona tiene un reclamo contra otra por daños y perjuicios a causa de sus lesiones, un gravamen sobre los daños y perjuicios recuperados, o a ser recuperados, por la persona, o por sus herederos o representante personal en caso de su fallecimiento, hasta el monto de los cargos razonables y necesarios del hospital y de cualquier centro de salud afiliado al hospital, según se define en la Sección 1250 del Código de Salud y Seguridad, en el que se presten servicios para el tratamiento, cuidado y mantenimiento de la persona en el hospital o centro de salud afiliado al hospital como resultado de ese accidente o acto negligente u otro acto ilícito.

Section § 3045.2

Explanation
Básicamente, esta ley significa que si tienes una reclamación legal por daños y perjuicios y vas a recibir dinero por ello, existe un gravamen sobre ese dinero sin importar cómo lo obtengas, ya sea ganando un juicio, llegando a un acuerdo extrajudicial o mediante algún tipo de convenio.

Section § 3045.3

Explanation

Esta ley explica que un hospital puede establecer un gravamen, que es una reclamación legal de pago, solo si envía un aviso detallado por escrito a todas las partes que podrían ser responsables de pagar los costos médicos de una persona lesionada. Esto incluye el nombre de la persona, la fecha del accidente, los detalles del hospital y los cargos. Antes de que se pague cualquier compensación a la persona lesionada, el aviso debe enviarse por correo certificado. Los hospitales también deben notificar a cualquier compañía de seguros conocida que pueda cubrir la responsabilidad del individuo o grupo responsable. Si el hospital lo solicita, los responsables deben revelar la información de su proveedor de seguros al hospital.

Sin embargo, un gravamen no será efectivo a menos que un aviso por escrito que contenga el nombre y la dirección de la persona lesionada, la fecha del accidente, el nombre y la ubicación del hospital, el monto reclamado como cargos razonables y necesarios, y el nombre de cada persona, empresa o corporación conocida por el hospital y supuestamente responsable ante la persona lesionada por las lesiones recibidas, sea entregado o enviado por correo certificado, con acuse de recibo, franqueo pagado, a cada persona, empresa o corporación conocida por el hospital y supuestamente responsable ante la persona lesionada por las lesiones sufridas antes del pago de cualquier suma de dinero a la persona lesionada, su abogado o representante legal como compensación por las lesiones.
El hospital también deberá entregar o enviar por correo certificado, con acuse de recibo, franqueo pagado, una copia del aviso a cualquier compañía de seguros conocida por el hospital que haya asegurado a la persona, empresa o corporación supuestamente responsable ante la persona lesionada contra dicha responsabilidad. La persona, empresa o corporación supuestamente responsable ante la persona lesionada deberá, a solicitud del hospital, revelar al hospital el nombre de la compañía de seguros que la haya asegurado contra dicha responsabilidad.

Section § 3045.4

Explanation
Si alguien debe dinero a un hospital por el tratamiento de una persona lesionada, debe pagar al hospital antes de pagar a la persona lesionada o a sus representantes, especialmente si ha recibido una notificación oficial sobre el gravamen del hospital. La ley establece que hasta el 50% de cualquier dinero proveniente de un acuerdo, sentencia o convenio debe usarse para cubrir la reclamación del hospital antes de que se pague a cualquier otra persona. Si no se cumple con esto, quien realice el pago puede ser considerado responsable de cubrir el monto del gravamen del hospital.

Section § 3045.5

Explanation

Si un hospital paga a una persona lesionada o a sus representantes, el hospital puede reclamar su derecho a ese dinero demandando a quien hizo el pago dentro de un año a partir de la fecha del pago, siempre y cuando hayan notificado previamente a quien hizo el pago sobre su reclamo.

La persona, sociedad, asociación, corporación u otra institución u organismo que mantiene el hospital podrá, en cualquier momento dentro de un año después de la fecha del pago a la persona lesionada, o a sus herederos, abogado o representante legal, hacer valer su gravamen presentando una acción legal contra la persona, empresa o corporación que realizó el pago y a quien se le dio dicho aviso según lo aquí dispuesto.

Section § 3045.6

Explanation

Esta sección de la ley establece que las reglas de este capítulo no se aplican a demandas o reclamaciones contra empresas de transporte que están controladas por la Comisión de Servicios Públicos o la Comisión de Comercio Interestatal.

Las disposiciones de este capítulo no se aplicarán a ninguna reclamación o causa de acción contra un transportista común sujeto a la jurisdicción de la Comisión de Servicios Públicos o la Comisión de Comercio Interestatal.