FianzaResponsabilidad de los Fiadores
Section § 2806
Esta ley significa que si alguien acepta ser fiador, que es como un garante de la deuda u obligación de otra persona, su promesa de pago se considera automática y sin condiciones, a menos que el acuerdo establezca específicamente lo contrario. Esto implica que el fiador no puede alegar que no es responsable a menos que hubiera una condición escrita en el acuerdo que debiera cumplirse primero.
Section § 2807
Esta ley establece que si alguien, llamado fiador, promete pagar o cumplir obligaciones en nombre de otra persona, llamada deudor principal, debe asumir la responsabilidad inmediatamente si el deudor principal no cumple con sus obligaciones, sin que el acreedor tenga que pedírselo o avisarle.
Section § 2808
Si usted acepta ser fiador, lo que significa prometer pagar la deuda de otra persona si esta no lo hace, su responsabilidad es igual a la de la persona que debe la deuda. No tiene que ser notificado si ellos no pagan, a menos que usted no pudiera averiguarlo razonablemente por su cuenta, y el prestamista realmente sepa sobre la falta de pago.
Section § 2809
Section § 2810
Esta ley establece que si alguien ha garantizado la obligación de otra persona (el fiador), sigue siendo responsable incluso si la persona principal en el contrato (el deudor principal) no puede cumplir su parte debido a un problema personal que hace que el contrato sea nulo para ella. Sin embargo, el garante no es responsable si el deudor principal nunca tuvo ninguna obligación desde el principio, a menos que el garante supiera de la existencia de esa defensa del deudor principal cuando aceptó ser responsable. Si el acuerdo original se anula y el acreedor recupera lo que ofreció como parte del contrato, esto afecta la responsabilidad del garante de la misma manera que lo haría la recuperación de un bien similar bajo la ley de compraventa general.
Section § 2811
Esta ley establece que si alguien necesita proporcionar una garantía financiera (como una fianza), puede acordar con su garante (llamado fiador) mantener el dinero o los bienes en un lugar seguro, como un banco. El dinero o los bienes almacenados no pueden retirarse sin el consentimiento del garante o una orden judicial. Incluso con este arreglo, las responsabilidades y obligaciones originales de la persona y el garante, tal como se describen en la fianza, permanecen inalteradas.