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Aviso de Traducción: Las traducciones de leyes se proporcionan solo para conveniencia y no están destinadas a ser utilizadas como referencia ni citadas. Para fines legales oficiales, consulte el texto original en inglés.

Section § 1833

Explanation

Si dejas algo con alguien para que lo guarde (el depositario), tienes que cubrir cualquier daño que sufra esa persona porque lo que le dejaste es defectuoso, y también tienes que pagar cualquier gasto necesario que tenga que hacer por ello, más allá de lo que normalmente se espera de mantenerlo a salvo.

Un depositante debe indemnizar al depositario:
1. Por todos los daños que le sean causados por los defectos o vicios de la cosa depositada; y,
2. Por todos los gastos necesariamente incurridos por él con respecto a la cosa, que no sean los inherentes a la naturaleza del encargo.

Section § 1834

Explanation

Si eres responsable de cuidar los animales de otra persona, debes asegurarte de que reciban atención veterinaria adecuada, comida y refugio, y debes tratarlos bien. Si no lo haces, podrías ser demandado y tener que pagar por tu negligencia.

Un depositario de animales vivos deberá proporcionar a los animales atención veterinaria necesaria y pronta, nutrición y refugio, y tratarlos con amabilidad. Cualquier depositario que no cumpla con estos deberes podrá ser responsable de daños civiles según lo dispuesto por la ley.

Section § 1834.4

Explanation

Esta ley establece que en California, los animales que pueden ser adoptados en buenos hogares no deben ser sacrificados. Esto incluye a los animales que tienen al menos ocho semanas de edad y no muestran problemas de salud o comportamiento. Además, los animales que no son adoptables en este momento, pero que podrían llegar a serlo con un poco de ayuda, tampoco deben ser sacrificados. La ley también aclara que se fomentan los esfuerzos para que los animales sean adoptables, pero esta norma por sí sola no genera responsabilidad legal si un animal finalmente es sacrificado.

(a)CA Derecho Civil Code § 1834.4(a) Es política del estado que ningún animal adoptable deba ser sometido a eutanasia si puede ser adoptado en un hogar adecuado. Los animales adoptables incluyen únicamente a aquellos animales de ocho semanas de edad o más que, en el momento o después de que el animal sea incautado o tomado en posesión de otra manera, no hayan manifestado ningún signo de un defecto de comportamiento o temperamento que pueda representar un riesgo para la salud o la seguridad o que de otro modo haga al animal inadecuado para su colocación como mascota, y no hayan manifestado ningún signo de enfermedad, lesión o condición congénita o hereditaria que afecte adversamente la salud del animal o que sea probable que afecte adversamente la salud del animal en el futuro.
(b)CA Derecho Civil Code § 1834.4(b) Es política del estado que ningún animal tratable deba ser sometido a eutanasia. Un animal tratable incluirá a cualquier animal que no sea adoptable pero que podría llegar a ser adoptable con esfuerzos razonables. Esta subdivisión, por sí misma, no será la base de responsabilidad por daños y perjuicios en relación con la eutanasia.

Section § 1834.5

Explanation

Si no recoges a tu mascota de lugares como un veterinario o una guardería de animales dentro de los 14 días siguientes a la fecha acordada, se considera abandonada. La instalación que cuida a tu mascota debe intentar por al menos 10 días encontrarle un nuevo hogar o contactar a un refugio antes de poder sacrificarla. Los veterinarios también pueden sacrificar al animal si no se encuentra un nuevo dueño. Se deben dar avisos sobre esta norma, y los animales abandonados no pueden usarse para experimentos.

(a)CA Derecho Civil Code § 1834.5(a) No obstante cualquier otra disposición de la ley, siempre que un animal sea entregado a un veterinario, perrera, gatera, salón de peluquería de mascotas, hospital de animales o cualquier otra instalación de cuidado de animales conforme a un acuerdo escrito u oral celebrado después de la fecha de entrada en vigor de esta sección, y el propietario del animal no recoja al animal dentro de los 14 días naturales siguientes al día en que inicialmente debía ser recogido, el animal se considerará abandonado. La persona bajo cuya custodia se colocó al animal para su cuidado intentará primero, por un período no inferior a 10 días, encontrar un nuevo propietario para el animal o entregar el animal a una agencia o refugio público de control de animales, un refugio de la sociedad para la prevención de la crueldad hacia los animales, un refugio de la sociedad humanitaria o un grupo de rescate de animales sin fines de lucro, siempre que se haya contactado al refugio o grupo de rescate y este haya aceptado recibir al animal. Si no puede colocar al animal con un nuevo propietario, refugio o grupo de rescate, la instalación de cuidado de animales podrá sacrificar al animal abandonado.
(b)CA Derecho Civil Code § 1834.5(b) Si un animal así abandonado fue dejado con un veterinario o con una instalación que cuenta con un veterinario, y no se puede encontrar un nuevo propietario conforme a esta sección, el veterinario podrá sacrificar al animal.
(c)CA Derecho Civil Code § 1834.5(c) Nada en esta sección se interpretará como una obligación de una instalación de cuidado de animales o de un veterinario de sacrificar un animal abandonado al vencimiento del período de 10 días descrito en el apartado (a).
(d)CA Derecho Civil Code § 1834.5(d) Se deberá colocar un aviso en un lugar visible, o en letra destacada en un recibo escrito entregado, para advertir a la persona que deposita un animal en una instalación de cuidado de animales sobre las disposiciones de esta sección.
(e)CA Derecho Civil Code § 1834.5(e) Un animal abandonado no se utilizará para experimentación científica ni de ningún otro tipo.

Section § 1834.7

Explanation

Esta ley de California establece normas para los refugios de animales con respecto al uso de animales fallecidos con fines de investigación. Los refugios deben colocar un letrero claro si los restos de animales pueden ser utilizados para investigación e incluir esta información en los formularios de entrega por parte del propietario. Sin embargo, los refugios y entidades similares tienen prohibido someter a eutanasia a animales específicamente para transferir sus cadáveres a instalaciones de investigación o comerciantes de animales. Además, los animales vivos de refugios públicos no pueden ser vendidos o transferidos para investigación o pruebas. Las violaciones de estas normas pueden resultar en una multa de $1,000, exigible por las autoridades locales.

(a)CA Derecho Civil Code § 1834.7(a) Para los fines de esta sección:
(1)CA Derecho Civil Code § 1834.7(a)(1) “Comerciante de animales” significa una persona que, en el comercio, a cambio de compensación o lucro, entrega para transporte, o transporta, excepto como transportista, o que compra, vende o negocia la compra o venta de cualquier animal, ya sea vivo o muerto, para investigación, enseñanza, exhibición o suministro biológico.
(2)CA Derecho Civil Code § 1834.7(a)(2) “Entidad de refugio de animales” incluye, entre otros, una agencia de regulación animal, una sociedad protectora de animales, una sociedad para la prevención de la crueldad hacia los animales, u otro refugio de animales privado o público.
(3)CA Derecho Civil Code § 1834.7(a)(3) “Persona” significa un individuo, sociedad colectiva, firma, sociedad de responsabilidad limitada, sociedad anónima, corporación, asociación, fideicomiso, patrimonio, agencia gubernamental u otra entidad legal.
(4)CA Derecho Civil Code § 1834.7(a)(4) “Instalación de investigación” significa una instalación de investigación según se define en la Sección 2132 del Título 7 del Código de los Estados Unidos, con vigencia a partir del 7 de febrero de 2014.
(b)Copy CA Derecho Civil Code § 1834.7(b)
(1)Copy CA Derecho Civil Code § 1834.7(b)(1) Una entidad de refugio de animales donde los animales muertos son entregados a una instalación de suministro biológico o a una instalación de investigación con fines de investigación o para suministrar sangre, tejido u otros productos biológicos deberá colocar un letrero según lo descrito en este párrafo en un lugar donde sea claramente visible para la mayoría de las personas al entregar animales al refugio. El letrero deberá medir un mínimo de 28 x 21 cm— 11 x 81/2 pulgadas —con letras de un mínimo de 3.2 cm de alto y 1.2 cm de ancho— 11/4 x 1/2 pulgada —(91 puntos) y deberá indicar:
“Los Animales Sometidos a Eutanasia en Este Refugio Pueden Ser Utilizados con Fines de Investigación o para Suministrar Sangre, Tejido u Otros Productos Biológicos”
(2)CA Derecho Civil Code § 1834.7(2) La declaración del párrafo (1) también deberá incluirse en los formularios de entrega por parte del propietario.
(3)CA Derecho Civil Code § 1834.7(3) Un refugio de animales u otra persona no deberá someter a eutanasia a un animal con el propósito de transferir el cadáver a una instalación de investigación o a un comerciante de animales.
(c)Copy CA Derecho Civil Code § 1834.7(c)
(1)Copy CA Derecho Civil Code § 1834.7(c)(1) Una entidad de refugio de animales u otra persona que acepta animales del público o acoge animales callejeros o no deseados no deberá vender, dar o transferir de otra manera un animal vivo a una instalación de investigación, a un comerciante de animales o a otra persona con fines de investigación, experimentación o pruebas.
(2)CA Derecho Civil Code § 1834.7(c)(2) Una instalación de investigación, un comerciante de animales u otra persona no deberá adquirir, comprar, recibir, aceptar o utilizar un animal vivo con fines de investigación, experimentación o pruebas si ese animal es transferido de, o recibido de, una entidad de refugio de animales u otra persona que acepta animales del público o acoge animales callejeros o no deseados.
(d)CA Derecho Civil Code § 1834.7(d) Nada en esta sección prohibirá que una instalación de investigación trabaje en colaboración con un refugio de animales para investigar problemas y proporcionar servicios a los animales del refugio.
(e)CA Derecho Civil Code § 1834.7(e) Una violación de esta sección está sujeta a una multa civil de mil dólares ($1,000) en una acción que será interpuesta por el fiscal de distrito o el fiscal de la ciudad del condado o la ciudad donde ocurrió la violación. Una vez cobrada, la multa civil será pagadera al fondo general de la entidad gubernamental que interpuso la acción para evaluar la multa.

Section § 1834.8

Explanation

Si usted administra una subasta en California donde se venden caballos, debe exhibir un letrero claro o incluir un aviso en el acuerdo del vendedor indicando que la venta de caballos para consumo humano como alimento es un delito grave. El letrero o aviso debe ser fácil de ver y estar en negrita, con letras grandes. Los vendedores deben poder reconocer el aviso, y los precios actuales de sacrificio de caballos deben estar accesibles previa solicitud.

(a)CA Derecho Civil Code § 1834.8(a) En cualquier subasta o venta pública donde se vendan equinos, la administración de la subasta o venta deberá colocar un letrero (con unas dimensiones mínimas de 15 x 9 pulgadas y letras de un tamaño mínimo de 11/4 x 1/2 (91 puntos)) o deberá insertar en su acuerdo de consignación con el vendedor, en negrita, el aviso establecido en la subdivisión (b). Si se coloca un letrero, deberá colocarse en un lugar visible de manera que sea claramente visible para la mayoría de las personas que asistan a la venta. Si el aviso se inserta en el acuerdo de consignación, se deberá proporcionar un espacio adyacente al aviso para que el vendedor iniciale su reconocimiento del aviso.
(b)CA Derecho Civil Code § 1834.8(b) El aviso requerido por la subdivisión (a) deberá decir lo siguiente:
(c)CA Derecho Civil Code § 1834.8(c) Para los fines de esta sección, la administración de la subasta o venta deberá publicar los precios actuales de sacrificio o ponerlos a disposición de los vendedores previa solicitud.

Section § 1834.9

Explanation

Esta ley trata sobre las pruebas de productos en animales en California. Las empresas no pueden usar pruebas tradicionales en animales cuando existe una alternativa adecuada, a menos que tengan un permiso especial. Si deben usar animales por falta de alternativas, deben minimizar el número de animales y reducir su sufrimiento. Hay algunas excepciones, como cumplir con mandatos estatales o federales o para investigación médica. Además, a partir de 2027, las instalaciones que utilicen pruebas tradicionales en animales deberán informar al Departamento Estatal de Salud Pública sobre los detalles de las pruebas y las alternativas. La ley incluye definiciones para términos como 'método de prueba alternativo' y 'método tradicional de prueba en animales'. Las infracciones pueden dar lugar a acciones legales y sanciones.

(a)CA Derecho Civil Code § 1834.9(a) Los fabricantes y las instalaciones de pruebas por contrato no deberán utilizar métodos tradicionales de prueba en animales dentro de este estado para los cuales exista un método o estrategia de prueba alternativo apropiado, o se haya concedido una exención por la agencia responsable de regular el producto o actividad específicos para los cuales se realiza la prueba. Cuando no exista un método o estrategia de prueba alternativo apropiado disponible, los fabricantes y las instalaciones de pruebas por contrato deberán utilizar un método tradicional de prueba en animales empleando el menor número posible de animales y reduciendo el nivel de dolor, sufrimiento y estrés de un animal utilizado para las pruebas.
(b)CA Derecho Civil Code § 1834.9(b) Esta sección no prohíbe el uso de cualquier método o estrategia de prueba no animal para la prueba de cualquier producto, formulación de producto, químico, medicamento, dispositivo médico, vacuna o ingrediente que no esté descrito en el párrafo (1) de la subdivisión (g).
(c)Copy CA Derecho Civil Code § 1834.9(c)
(1)Copy CA Derecho Civil Code § 1834.9(c)(1) Esta sección no prohíbe el uso de métodos tradicionales de prueba en animales para cumplir con los requisitos de agencias estatales o federales.
(2)CA Derecho Civil Code § 1834.9(c)(2) Esta sección no prohíbe el uso de métodos tradicionales de prueba en animales para cumplir con las solicitudes de agencias estatales o federales cuando la agencia haya aprobado un método o estrategia de prueba no animal alternativo conforme a la subdivisión (a), pero concluye que se necesita un método tradicional de prueba en animales para evaluar completamente los impactos en la salud o seguridad de los consumidores.
(d)CA Derecho Civil Code § 1834.9(d) Esta sección se hará cumplir mediante una acción civil de desagravio por mandato judicial interpuesta por el Fiscal General, el fiscal de distrito del condado en el que se alega que ocurrió la infracción, o un fiscal municipal de una ciudad o de una ciudad y condado con una población superior a 750,000 habitantes y en la que se alega que ocurrió la infracción. Si el tribunal determina que el Fiscal General o el fiscal de distrito es la parte vencedora en la acción de cumplimiento, el funcionario también podrá recuperar los costos, los honorarios de abogados y una multa civil que no exceda los cinco mil dólares ($5,000) en dicha acción.
(e)CA Derecho Civil Code § 1834.9(e) Esta sección no se aplicará a ningún método tradicional de prueba en animales realizado con fines de investigación médica.
(f)Copy CA Derecho Civil Code § 1834.9(f)
(1)Copy CA Derecho Civil Code § 1834.9(f)(1) A partir del 1 de enero de 2027, y anualmente a partir de entonces, un fabricante o una instalación de pruebas por contrato en este estado que utilice métodos tradicionales de prueba en animales, excepto aquellos métodos tradicionales de prueba en animales exentos según la subdivisión (e), deberá informar al departamento el número y la especie de animales utilizados, el tipo y número de métodos o estrategias de prueba alternativos utilizados, el número de exenciones utilizadas, y el propósito del uso de las pruebas tradicionales en animales, los métodos o estrategias de prueba alternativos y las exenciones.
(2)CA Derecho Civil Code § 1834.9(f)(2) El departamento deberá desarrollar y mantener un portal en su sitio web de internet para recibir la información requerida por el párrafo (1) y hacer que la información recopilada esté disponible públicamente en su sitio web de internet. El departamento deberá asegurar que la información puesta a disposición del público no incluya información de identificación personal o información propietaria.
(g)CA Derecho Civil Code § 1834.9(g) Para los fines de esta sección, se aplican los siguientes términos:
(1)CA Derecho Civil Code § 1834.9(g)(1) “Método o estrategia de prueba alternativo” significa un método de prueba, incluyendo un método nuevo o revisado, que cumple con todos los siguientes criterios:
(A)CA Derecho Civil Code § 1834.9(g)(1)(A) No utiliza animales.
(B)CA Derecho Civil Code § 1834.9(g)(1)(B) Proporciona información de calidad y relevancia científica equivalente o superior en comparación con los métodos tradicionales de prueba en animales, e incluye, entre otros, toxicología computacional y bioinformática, métodos de cribado de alto rendimiento, pruebas de categorías de sustancias químicas, métodos de prueba escalonados, estudios in vitro y biología de sistemas.
(C)CA Derecho Civil Code § 1834.9(g)(1)(C) Ha sido identificado y aceptado para su uso por una agencia federal o un programa dentro de una agencia responsable de regular el producto o actividad específicos para los cuales se realiza la prueba.
(2)CA Derecho Civil Code § 1834.9(g)(2) “Animal” significa animal vertebrado no humano.
(3)CA Derecho Civil Code § 1834.9(g)(3) “Instalación de pruebas por contrato” significa cualquier sociedad, corporación, asociación u otra relación legal que prueba químicos, ingredientes, formulaciones de productos o productos en este estado.
(4)CA Derecho Civil Code § 1834.9(g)(4) “Departamento” significa el Departamento Estatal de Salud Pública.
(5)CA Derecho Civil Code § 1834.9(g)(5) “Fabricante” significa cualquier sociedad, corporación, asociación u otra relación legal que produce químicos, ingredientes, formulaciones de productos o productos en este estado.
(6)CA Derecho Civil Code § 1834.9(g)(6) “Investigación médica” significa investigación relacionada con las causas, diagnóstico, tratamiento, control o prevención de enfermedades físicas o mentales y discapacidades de humanos y animales o relacionada con el desarrollo de productos biomédicos, dispositivos o medicamentos según se define en la Sección 321(g)(1) del Título 21 del Código de los Estados Unidos. La investigación médica no incluye la prueba de un ingrediente que se usó anteriormente en un medicamento, probado para el uso del medicamento con métodos tradicionales en animales para caracterizar el ingrediente y para sustanciar su seguridad para uso humano, y que ahora se propone para su uso en un producto que no sea un producto biomédico, dispositivo médico o medicamento.
(7)CA Derecho Civil Code § 1834.9(g)(7) “Persona” significa un individuo con control gerencial, o una sociedad, corporación, asociación u otra relación legal.
(8)CA Derecho Civil Code § 1834.9(g)(8) “Método tradicional de prueba en animales” significa un proceso o procedimiento que utiliza animales para obtener información sobre las características de un químico o agente y que genera información sobre la capacidad de un químico o agente para producir un efecto biológico específico bajo condiciones especificadas.

Section § 1834.9

Explanation

Esta ley establece normas sobre las pruebas de sustancias químicas en perros y gatos en California. Define términos clave como 'método de prueba alternativo' (pruebas que no usan animales), 'sustancia química' e 'instalación de pruebas'. En general, las pruebas toxicológicas en perros y gatos están prohibidas a menos que sean específicamente requeridas por agencias federales como la EPA y la FDA. La investigación médica y las pruebas que benefician a las mascotas son excepciones. Ciertos funcionarios pueden iniciar acciones legales por infracciones, y pueden recuperar costos y multas.

(a)CA Derecho Civil Code § 1834.9(a) Para los fines de esta sección, se aplican las siguientes definiciones:
(1)CA Derecho Civil Code § 1834.9(a)(1) “Método de prueba alternativo” significa un método de prueba que no utiliza animales, o en algunos casos reduce o refina el uso de animales, y cuya fiabilidad y relevancia para un propósito específico ha sido establecida por organismos de validación, incluyendo, entre otros, el Comité Coordinador Interagencial para la Validación de Métodos Alternativos y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos. Los métodos de prueba alternativos incluyen, entre otros, métodos de cribado de alto rendimiento, pruebas de categorías de sustancias químicas, métodos de prueba escalonados, estudios in vitro y biología de sistemas.
(2)CA Derecho Civil Code § 1834.9(a)(2) “Experimento toxicológico canino o felino” significa cualquier prueba o estudio de cualquier duración que busque determinar el efecto, si lo hubiere, de la aplicación o exposición, ya sea interna o externa, de cualquier cantidad de una sustancia química en un perro o gato. “Aplicación o exposición” incluye, entre otros, la ingestión oral, el contacto con la piel o los ojos, o la inhalación.
(3)CA Derecho Civil Code § 1834.9(a)(3) “Gato” significa cualquier miembro de la especie Felis catus.
(4)CA Derecho Civil Code § 1834.9(a)(4) “Sustancia química” tendrá el mismo significado que se le da a ese término en el subapartado (2) de la Sección 2602 del Título 15 del Código de los Estados Unidos, excepto que, para los fines de esta sección, dicho término incluirá cualquier pesticida, según se define en el subapartado (u) de la Sección 136 del Título 7 del Código de los Estados Unidos, y cualquier aditivo alimentario, según se define en el subapartado (s) de la Sección 321 del Título 21 del Código de los Estados Unidos.
(5)CA Derecho Civil Code § 1834.9(a)(5) “Perro” significa cualquier miembro de la especie Canis familiaris.
(6)CA Derecho Civil Code § 1834.9(a)(6) “Aditivo alimentario” tendrá el mismo significado que se le da a ese término en el subapartado (s) de la Sección 321 del Título 21 del Código de los Estados Unidos.
(7)CA Derecho Civil Code § 1834.9(a)(7) “Investigación médica” significa investigación relacionada con las causas, diagnóstico, tratamiento, control o prevención de enfermedades y deficiencias físicas o mentales de humanos y animales o relacionada con el desarrollo de medicamentos o dispositivos biomédicos, según se definen esos términos en los subapartados (g) y (h), ambos inclusive, de la Sección 321 del Título 21 del Código de los Estados Unidos. La investigación médica no incluye la experimentación o prueba de una sustancia química o ingrediente propuesto para su uso en un producto que no sea un medicamento o dispositivo biomédico, según se definen esos términos en la Ley Federal de Alimentos, Medicamentos y Cosméticos (21 U.S.C. Sec. 321).
(8)CA Derecho Civil Code § 1834.9(a)(8) “Pesticida” tendrá el mismo significado que se le da a ese término en el subapartado (u) de la Sección 136 del Título 7 del Código de los Estados Unidos.
(9)CA Derecho Civil Code § 1834.9(a)(9) “Instalación de pruebas” significa cualquier sociedad, corporación, asociación, escuela, institución, organización u otra relación legal, ya sea de propiedad, arrendamiento u operación privada o gubernamental, que pruebe productos químicos, ingredientes, formulaciones de productos o productos en este estado.
(b)CA Derecho Civil Code § 1834.9(b) No obstante cualquier otra ley, y además de las prohibiciones establecidas en las Secciones 1834.9 y 1834.9.5, una instalación de pruebas no realizará un experimento toxicológico canino o felino en este estado para lograr el descubrimiento, aprobación, mantenimiento de la aprobación, notificación, registro o mantenimiento de un pesticida o sustancia química, a menos que el experimento se realice de conformidad con cualquiera de los siguientes:
(1)CA Derecho Civil Code § 1834.9(b)(1) Para satisfacer un requisito expreso impuesto por la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos (EPA) bajo la autoridad de la Ley Federal de Insecticidas, Fungicidas y Rodenticidas (7 U.S.C. Sec. 136 y ss.) y la Ley de Control de Sustancias Tóxicas (15 U.S.C. Sec. 2601 y ss.), incluyendo cualquier norma, reglamento u orden de la EPA.
(2)CA Derecho Civil Code § 1834.9(b)(2) Para respaldar una solicitud a la EPA de exención de los requisitos del apartado (1), siempre que las pruebas se realicen únicamente para reducir el número total de animales necesarios para los experimentos destinados a lograr el descubrimiento, aprobación, mantenimiento de la aprobación, notificación, registro o mantenimiento de un pesticida o sustancia química.
(3)CA Derecho Civil Code § 1834.9(b)(3) Para satisfacer un requisito expreso impuesto por la Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA) según la Ley Federal de Alimentos, Medicamentos y Cosméticos (21 U.S.C. Sec. 301 y ss.) o cualquier reglamento vinculante de la agencia promulgado previa notificación y comentario conforme a la misma.
(c)Copy CA Derecho Civil Code § 1834.9(c)
(1)Copy CA Derecho Civil Code § 1834.9(c)(1) No obstante cualquier otra ley, el Fiscal General, el fiscal de distrito del condado en el que se alega que ocurrió la infracción, o un fiscal municipal de una ciudad o ciudad y condado con una población superior a 750,000 habitantes y en la que se alega que ocurrió la infracción, podrá interponer una acción civil para obtener una medida cautelar conforme a este apartado. Si el tribunal determina que el Fiscal General, el fiscal de distrito o el fiscal municipal es la parte vencedora en la acción de cumplimiento, el funcionario también podrá recuperar los costos, los honorarios de abogados y una multa civil que no exceda los cinco mil dólares ($5,000) por cada día que cada perro o cada gato sea utilizado en un experimento toxicológico canino o felino en violación de esta sección.
(2)CA Derecho Civil Code § 1834.9(c)(2) El procedimiento establecido en el apartado (1) es el recurso exclusivo para hacer cumplir esta sección.
(d)CA Derecho Civil Code § 1834.9(d) La prohibición del subapartado (b) no se aplicará a ninguno de los siguientes:
(1)CA Derecho Civil Code § 1834.9(d)(1) Investigación médica.
(2)CA Derecho Civil Code § 1834.9(d)(2) Pruebas o experimentación realizadas con el propósito de desarrollar, fabricar o comercializar cualquier producto destinado a un uso beneficioso en perros o gatos.

Section § 1834.9

Explanation

Esta ley prohíbe a los fabricantes obtener ganancias, vender u ofrecer cosméticos en California si fueron creados con pruebas en animales después del 1 de enero de 2020. La 'prueba en animales' implica aplicar un cosmético o ingrediente a un vertebrado vivo no humano. La ley define varios términos relacionados con los cosméticos y establece excepciones para las pruebas requeridas por las autoridades, o si no existen métodos de prueba alternativos. Las infracciones pueden resultar en multas, y tanto los fiscales de distrito como los fiscales de la ciudad pueden hacer cumplir la ley y revisar los datos de las pruebas manteniendo la confidencialidad. Los productos anteriores a 2020 y aquellos probados legalmente en el extranjero tienen excepciones. El incumplimiento puede conllevar multas considerables. Esta ley entra en vigor a partir del 1 de enero de 2020.

(a)CA Derecho Civil Code § 1834.9(a) No obstante cualquier otra ley, es ilegal que un fabricante importe con fines de lucro, venda u ofrezca a la venta en este estado, cualquier cosmético, si el cosmético fue desarrollado o fabricado utilizando una prueba en animales que fue realizada o contratada por el fabricante, o cualquier proveedor del fabricante, a partir del 1 de enero de 2020.
(b)CA Derecho Civil Code § 1834.9(b) Para los fines de esta sección, se aplican los siguientes términos:
(1)CA Derecho Civil Code § 1834.9(b)(1) “Prueba en animales” significa la aplicación interna o externa de un cosmético, ya sea en su forma final o cualquiera de sus ingredientes, a la piel, ojos u otra parte del cuerpo de un vertebrado vivo no humano.
(2)CA Derecho Civil Code § 1834.9(b)(2) “Cosmético” significa cualquier artículo destinado a ser frotado, vertido, rociado o pulverizado sobre, introducido en, o aplicado de cualquier otra manera al cuerpo humano o cualquier parte del mismo para limpiar, embellecer, promover el atractivo o alterar la apariencia, incluyendo, pero no limitado a, productos de higiene personal como desodorante, champú o acondicionador.
(3)CA Derecho Civil Code § 1834.9(b)(3) “Ingrediente” significa cualquier componente de un cosmético según lo definido por la Sección 700.3 del Título 21 del Código de Regulaciones Federales.
(4)CA Derecho Civil Code § 1834.9(b)(4) “Fabricante” significa cualquier persona cuyo nombre aparezca en la etiqueta de un producto cosmético de conformidad con los requisitos de la Sección 701.12 del Título 21 del Código de Regulaciones Federales.
(5)CA Derecho Civil Code § 1834.9(b)(5) “Proveedor” significa cualquier entidad que suministra, directa o a través de un tercero, cualquier ingrediente utilizado en la formulación de un cosmético de un fabricante.
(c)CA Derecho Civil Code § 1834.9(c) Las prohibiciones de la subdivisión (a) no se aplican a lo siguiente:
(1)CA Derecho Civil Code § 1834.9(c)(1) Una prueba en animales de cualquier cosmético que sea requerida por una autoridad reguladora federal o estatal si se cumplen todas las condiciones siguientes:
(A)CA Derecho Civil Code § 1834.9(c)(1)(A) El ingrediente es de uso generalizado y no puede ser reemplazado por otro ingrediente capaz de realizar una función similar.
(B)CA Derecho Civil Code § 1834.9(c)(1)(B) Se ha justificado un problema de salud humana específico y la necesidad de realizar pruebas en animales está justificada y respaldada por un protocolo de investigación detallado propuesto como base para la evaluación.
(C)CA Derecho Civil Code § 1834.9(c)(1)(C) No existe un método alternativo no animal aceptado para el punto final relevante por la autoridad reguladora federal o estatal pertinente.
(2)CA Derecho Civil Code § 1834.9(c)(2) Una prueba en animales que se realizó para cumplir con un requisito de una autoridad reguladora extranjera, si ninguna evidencia derivada de la prueba fue utilizada para sustentar la seguridad del cosmético vendido en California por el fabricante.
(3)CA Derecho Civil Code § 1834.9(c)(3) Una prueba en animales que se realizó en cualquier producto o ingrediente sujeto a los requisitos del Capítulo V de la Ley Federal de Alimentos, Medicamentos y Cosméticos (21 U.S.C. 351 y ss.).
(4)CA Derecho Civil Code § 1834.9(c)(4) Una prueba en animales que se realizó con fines no cosméticos en respuesta a un requisito de una autoridad reguladora federal, estatal o extranjera, si ninguna evidencia derivada de la prueba fue utilizada para sustentar la seguridad del cosmético vendido en California por el fabricante. Un fabricante no tiene prohibido revisar, evaluar o retener evidencia de una prueba en animales realizada de conformidad con este párrafo.
(d)CA Derecho Civil Code § 1834.9(d) Una infracción de esta sección será sancionable con una multa de cinco mil dólares ($5,000) y mil dólares ($1,000) adicionales por cada día que continúe la infracción.
(e)CA Derecho Civil Code § 1834.9(e) Una infracción de esta sección podrá ser aplicada por el fiscal de distrito del condado en el que ocurrió la infracción, o por el fiscal de la ciudad en la que ocurrió la infracción. La multa civil se pagará a la entidad autorizada para iniciar la acción.
(f)CA Derecho Civil Code § 1834.9(f) Un fiscal de distrito o fiscal de la ciudad podrá, previa determinación de que existe una probabilidad razonable de una infracción de esta sección, revisar los datos de las pruebas en los que un fabricante de cosméticos se haya basado para el desarrollo o la fabricación del producto cosmético relevante vendido en el estado. La información proporcionada bajo esta sección será protegida como secreto comercial según lo definido en la subdivisión (d) de la Sección 3426.1. De conformidad con los procedimientos descritos en la Sección 3426.5, un fiscal de distrito o fiscal de la ciudad deberá celebrar una orden de protección con un fabricante antes de recibir información de un fabricante de conformidad con esta sección, y deberá tomar otras medidas apropiadas necesarias para preservar la confidencialidad de la información proporcionada de conformidad con esta sección.
(g)CA Derecho Civil Code § 1834.9(g) Esta sección no se aplicará a ninguno de los siguientes:
(1)CA Derecho Civil Code § 1834.9(g)(1) Un cosmético, si el cosmético, en su forma final, se vendió en California o se probó en animales antes del 1 de enero de 2020, incluso si el cosmético es fabricado después de esa fecha.
(2)CA Derecho Civil Code § 1834.9(g)(2) Un ingrediente, si el ingrediente se vendió en California o se probó en animales antes del 1 de enero de 2020, incluso si el ingrediente se fabrica después de esa fecha.
(h)CA Derecho Civil Code § 1834.9(h) No obstante cualquier otra disposición de esta sección, el inventario de cosméticos que se encuentre en infracción de esta sección podrá venderse por un período de 180 días.
(i)CA Derecho Civil Code § 1834.9(i) Ningún condado o subdivisión política del estado podrá establecer o continuar ninguna prohibición sobre o relacionada con pruebas en animales, según se definen en esta sección, que no sea idéntica a las prohibiciones establecidas en esta sección y que no incluya las exenciones contenidas en la subdivisión (c).
(j)CA Derecho Civil Code § 1834.9(j)  Esta sección entrará en vigor el 1 de enero de 2020.

Section § 1835

Explanation
Si estás guardando algo para otra persona, no puedes usarlo ni dejar que nadie más lo use a menos que el dueño lo consienta. Además, si el dueño lo ha cerrado con llave o sellado, no puedes abrirlo sin su permiso, a menos que haya una emergencia.

Section § 1836

Explanation
Si alguien tiene tu propiedad bajo su custodia y la usa de forma indebida, es responsable de cualquier daño que ocurra. Sin embargo, si el daño hubiera ocurrido de todos modos, independientemente del mal uso, esa persona no es responsable.

Section § 1837

Explanation
Si tienes algo guardado con alguien, como en una situación de almacenamiento o custodia, y ese artículo está a punto de estropearse o arruinarse, la persona que lo tiene puede venderlo al mejor precio que pueda conseguir. Guardará el dinero a salvo para ti y te avisará de inmediato sobre la venta.

Section § 1838

Explanation
Si algo que guardas con otra persona se pierde o se daña, y esa persona no te dice lo que pasó o miente al respecto, se considera que lo hizo a propósito o que fue muy descuidado.

Section § 1839

Explanation

Esta ley establece que si alguien está custodiando algo (como en un almacén) y presta un servicio relacionado con ello, sus responsabilidades y aquello por lo que pueden ser considerados responsables se rigen por otras normas sobre empleos y servicios.

En la medida en que un depositario preste algún servicio, o se le exija, sus deberes y responsabilidades se rigen por el Título sobre Empleo y Servicio.

Section § 1840

Explanation
Si dejas algo con alguien para que lo cuide y esa persona es descuidada con ello, lo máximo por lo que pueden ser responsables es el valor que les dijiste que tenía, o lo que deberían haber supuesto que valía.
Artículo Mil Ochocientos Cuarenta.   La responsabilidad de un depositario por negligencia no puede exceder la cantidad que el depositante le informa, o que tiene razones para suponer, que vale la cosa depositada.