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Aviso de Traducción: Las traducciones de leyes se proporcionan solo para conveniencia y no están destinadas a ser utilizadas como referencia ni citadas. Para fines legales oficiales, consulte el texto original en inglés.

Section § 3120

Explanation
Esta ley se denomina formalmente Declaración de Derechos de Equidad Digital.

Section § 3121

Explanation

Esta ley subraya la importancia de la equidad digital, lo que significa que todos deberían tener acceso a la tecnología necesaria para participar plenamente en la sociedad. Destaca la necesidad de internet de alta velocidad como algo esencial para la participación en la vida cívica, el trabajo, la educación y el acceso a servicios vitales. Sugiere que tanto las conexiones a internet por cable como las inalámbricas son cruciales para garantizar este acceso.

La Legislatura encuentra y declara que la equidad digital, en la que todos los individuos y comunidades tienen la capacidad de tecnología de la información necesaria para la plena participación en la sociedad, la democracia y la economía, es necesaria para la participación cívica y cultural, el empleo, el aprendizaje a lo largo de toda la vida y para acceder a servicios esenciales. La Legislatura además encuentra y declara que la equidad digital requiere el despliegue y la adopción de tecnologías de la información habilitadas por el acceso a infraestructura de internet de alta velocidad, incluyendo tecnologías alámbricas e inalámbricas.

Section § 3122

Explanation

El estado de California busca asegurar que todos sus residentes tengan acceso a internet de banda ancha fiable, rápido y asequible. Esto implica ofrecer velocidades de internet adecuadas para satisfacer las crecientes necesidades en educación, atención médica, actividades económicas y seguridad pública. La banda ancha debe estar disponible en todas partes, incluyendo zonas rurales y de bajos ingresos, y debe ser asequible para todos. La política fomenta servicios de internet que apoyen el aprendizaje, la seguridad, el crecimiento económico y la innovación. También se trata de garantizar un acceso equitativo a los servicios, lo que significa que todas las personas deben tener la misma oportunidad de contratar internet de calidad similar. Este principio incluye invertir en infraestructura que impulse la competitividad económica y la seguridad.

(a)CA Derecho Civil Code § 3122(a) Es un principio del estado, para garantizar la equidad digital para todos sus residentes, que los residentes tendrán acceso a todo lo siguiente:
(1)CA Derecho Civil Code § 3122(a)(1) Banda ancha que sea suficiente y fiable, con velocidades de internet que sean suficientes para satisfacer la creciente demanda y dependencia del acceso a la educación, el gobierno, la seguridad pública, la prosperidad económica y la atención médica a través del acceso a internet de alta velocidad. La determinación de las velocidades mínimas para la infraestructura de internet de alta velocidad debe basarse en el rendimiento para apoyar las oportunidades educativas en línea, la telesalud y el trabajo remoto por parte de la mayoría de los hogares en línea simultáneamente con una creciente necesidad de velocidades de red simétricas.
(2)CA Derecho Civil Code § 3122(a)(2) Banda ancha que sea ubicua, garantizando que el acceso a banda ancha suficiente y fiable esté disponible en todo el estado, desde las áreas más rurales, incluidas las tierras tribales, hasta las áreas urbanas más pobladas, incluidos todos los barrios de bajos ingresos. Las inversiones públicas en banda ancha deben priorizarse para conectar comunidades enteras y abordar la discriminación digital (digital redlining) en comunidades históricamente no atendidas y desatendidas.
(3)CA Derecho Civil Code § 3122(a)(3) Banda ancha que sea asequible, garantizando que los planes de servicio de internet sean asequibles para todos los residentes del estado, independientemente de su ubicación geográfica o ingresos del hogar.
(4)CA Derecho Civil Code § 3122(a)(4) Banda ancha que proporcione oportunidades educativas y apoye la competencia en habilidades digitales, proporcionando a los residentes del estado acceso a oportunidades para desarrollar las habilidades necesarias para prosperar en un mundo digital.
(5)CA Derecho Civil Code § 3122(a)(5) Banda ancha que garantice la seguridad pública y mantenga la tranquilidad de los residentes del estado que proviene de saber que tienen acceso fiable a los servicios de respuesta a emergencias y a los sistemas de alerta de emergencia en caso de emergencias o desastres catastróficos.
(6)CA Derecho Civil Code § 3122(a)(6) Banda ancha que mejore la calidad de vida al avanzar el estatus económico con acceso a oportunidades educativas, nuevas oportunidades de empleo y atención médica.
(7)CA Derecho Civil Code § 3122(a)(7) Banda ancha que apoye la prosperidad económica garantizando que todos los trabajadores, empleadores, empresas, emprendedores, startups y compañías, independientemente de su tamaño, e incluyendo la agricultura, tengan acceso a internet de alta velocidad que optimice el valor de sus contribuciones a la economía para asegurar la competitividad global.
(8)CA Derecho Civil Code § 3122(a)(8) Banda ancha que atraiga inversión de capital porque una infraestructura de internet de alta velocidad ubicua es esencial para garantizar que el estado continúe atrayendo su parte justa de inversión de capital global para apoyar y mejorar la prosperidad económica.
(9)CA Derecho Civil Code § 3122(a)(9) Banda ancha que apoye la innovación y la investigación garantizando que la infraestructura de internet de alta velocidad conecte a todas las instituciones de investigación para mantener la investigación e innovación de clase mundial que impulsa la productividad económica.
(10)CA Derecho Civil Code § 3122(a)(10) Banda ancha que empodere y permita la participación en el proceso democrático para que todos los residentes del estado estén conectados a internet con velocidades suficientes para participar en el gobierno, en oportunidades educativas en línea y en telesalud para la calidad de vida y la seguridad pública.
(b)CA Derecho Civil Code § 3122(b) Es política del estado que, en la medida en que sea técnicamente factible, los suscriptores de internet de banda ancha se beneficien de un acceso equitativo al servicio de internet de banda ancha dentro del área de servicio de un proveedor de banda ancha.
(c)CA Derecho Civil Code § 3122(c) Para los fines de este título, se aplican las siguientes definiciones:
(1)CA Derecho Civil Code § 3122(c)(1) “Acceso equitativo” significa la misma oportunidad de suscribirse a un servicio ofrecido que proporcione velocidades, capacidades, latencia y otras métricas de calidad de servicio comparables en un área geográfica determinada, bajo términos y condiciones comparables.
(2)CA Derecho Civil Code § 3122(c)(2) “Banda ancha” significa “Servicio de acceso a Internet de banda ancha” según se define en la subdivisión (b) de la Sección 3100.

Section § 3123

Explanation

Esta ley básicamente dice que el hecho de que exista una norma en este título no significa que los individuos puedan demandar al estado para que la cumpla, ni que el estado tenga la obligación de hacerla cumplir por sí mismo.

(a)CA Derecho Civil Code § 3123(a) Este título no crea un derecho privado de acción contra el estado para hacer cumplir este título.
(b)CA Derecho Civil Code § 3123(b) Este título no crea una obligación del estado de hacer cumplir el principio o la política establecidos por este título.