Section § 1798.70

Explanation

Esta ley deja claro que si otra ley estatal permite a una agencia ocultar información personal a alguien, este capítulo tiene prioridad y la información debe ser accesible si este capítulo así lo establece. Anula otras leyes que podrían permitir a las agencias mantener registros personales ocultos a los individuos.

Este capítulo se interpretará de manera que prevalezca sobre cualquier otra disposición de la ley estatal, incluido el Artículo 2 (que comienza con la Sección 7924.100) del Capítulo 2 de la Parte 5 de la División 10 del Título 1 del Código de Gobierno, o cualquier exención en la Sección 7922.000 del Código de Gobierno o en cualquier disposición enumerada en la Sección 7920.505 del Código de Gobierno, que autorice a cualquier agencia a retener de un individuo cualquier registro que contenga información personal que de otro modo sea accesible según las disposiciones de este capítulo.

Section § 1798.71

Explanation
Esta ley deja claro que las normas aquí no quitan ni reducen los derechos de las personas involucradas en casos legales a recopilar información, según lo permitido por otras leyes de este estado.

Section § 1798.72

Explanation
Esta ley garantiza que la información personal en los registros no se puede compartir con otras personas, a menos que otras leyes lo permitan, excepto con la persona a la que se refiere la información.

Section § 1798.73

Explanation
Esta sección subraya que las protecciones de privacidad en este capítulo no deben interpretarse como una reducción o interferencia con los derechos a la privacidad garantizados por la Constitución de California.

Section § 1798.74

Explanation
Esta ley básicamente establece que, en lo que respecta a los expedientes de los estudiantes, las reglas del Capítulo 13 del Código de Educación tienen prioridad sobre las reglas de este capítulo.

Section § 1798.75

Explanation
Esta sección aclara que las normas de este capítulo no sustituyen ciertas partes de otro conjunto de normas gubernamentales, excepto por tres secciones específicas (1798.60, 1798.69 y 1798.70) donde este capítulo podría tener prioridad.

Section § 1798.76

Explanation
Esta ley aclara que nada de lo establecido en este capítulo modifica o anula ninguna ley existente o fallo judicial que otorgue a las personas el derecho a acceder a los registros policiales o a obtener pruebas necesarias para los casos judiciales.

Section § 1798.77

Explanation

Esta ley exige que las agencias manejen la información personal de manera responsable. No deben cambiar, transferir ni destruir ningún dato personal para evitar seguir las reglas. Si una agencia incumple estas reglas, la persona afectada puede iniciar acciones legales para obtener una compensación. Además, si usted ha solicitado ver su información personal, la agencia no puede eliminarla antes de que usted tenga acceso a ella.

Cada agencia deberá asegurar que ningún registro que contenga información personal sea modificado, transferido o destruido para evitar el cumplimiento de cualquiera de las disposiciones de este capítulo. En caso de que una agencia no cumpla con las disposiciones de esta sección, un individuo podrá interponer una acción civil y solicitar los recursos y daños apropiados de conformidad con las disposiciones del Artículo 9 (que comienza con la Sección 1798.45).
Una agencia no deberá eliminar o destruir información personal sobre un individuo que haya solicitado acceso a la información antes de permitirle al individuo el acceso al registro que contiene dicha información.

Section § 1798.78

Explanation
Esta ley aclara que las normas aquí presentes no reemplazan ni anulan las normas de una ley específica promulgada en 1976.