ContrataciónDisposición de Bienes que Permanecen en el Local al Término del Arrendamiento Comercial
Section § 1993
Esta sección trata sobre las reglas para propiedades comerciales. Define términos clave: 'propiedad inmobiliaria comercial' no incluye unidades de autoalmacenamiento; un 'arrendador' es quien alquila una propiedad; un 'propietario' es cualquier otra persona con derechos sobre la propiedad; 'locales' abarca toda la propiedad, incluyendo las áreas comunes; 'creencia razonable' es lo que uno pensaría sin investigar demasiado, a menos que haya una razón para hacerlo; 'registros' son cómo se guarda la información, ya sea escrita o digital, pero no listados públicos; y un 'inquilino' es quien alquila el espacio comercial.
Section § 1993.01
Esta ley aclara que, aunque haya una excepción descrita en otra sección, las reglas enumeradas en otras tres secciones aún deben seguirse para ciertas propiedades cubiertas por este capítulo.
Section § 1993.02
Esta ley ofrece a los propietarios una forma opcional de gestionar los bienes que quedan cuando un inquilino desocupa un local comercial, pero no cubre todas las situaciones. No se aplica a ciertos tipos de propiedades, como las relacionadas con servicios públicos, viviendas prefabricadas, casas móviles, remolques comerciales o animales. La ley tampoco se aplica a propiedades residenciales o unidades de autoalmacenamiento. Si no se siguen las reglas de esta ley, esto no altera los derechos ni las responsabilidades de nadie.
Section § 1993.03
Si un inquilino deja pertenencias en una propiedad de alquiler después de mudarse, el propietario debe enviar un aviso por escrito al inquilino y a cualquier otra persona que pueda ser dueña de los artículos. El aviso debe describir claramente los artículos e indicar que el inquilino podría tener que pagar los costos de almacenamiento antes de recuperarlos. También debe explicar cómo reclamar los artículos y dar al propietario al menos 15 días (o 18 días si el aviso se envía por correo) para actuar. El aviso debe enviarse a la última dirección conocida del inquilino y a cualquier otra dirección donde el inquilino pueda recibirlo. Si se envía por correo, se debe enviar una copia adicional a la dirección de la propiedad desocupada.
Section § 1993.04
Esta sección explica el proceso para notificar a un antiguo inquilino sobre la propiedad personal no reclamada que dejó después de desocupar una propiedad de alquiler. Un arrendador debe entregar un aviso llamado 'Aviso de Derecho a Reclamar Propiedad Abandonada', proporcionando al inquilino detalles sobre la propiedad e instrucciones sobre cómo reclamarla. El inquilino tiene un plazo establecido para reclamar sus pertenencias pagando los costos de almacenamiento. El aviso también incluye lo que sucede si el inquilino no reclama la propiedad: puede ser vendida en una venta pública, o si su valor es inferior a $2,500 o al alquiler de un mes, podría ser conservada, vendida o destruida sin previo aviso.
Section § 1993.05
Esta sección explica la forma correcta en que un arrendador debe notificar a alguien que cree que es propietario de bienes personales dejados por un antiguo inquilino. El arrendador debe enviar a esta persona un tipo específico de aviso, denominado 'Aviso de Derecho a Reclamar Propiedad Abandonada'. Este aviso informa al propietario que tiene un plazo determinado para reclamar su propiedad pagando las tarifas de almacenamiento y recogiéndola, o de lo contrario podría ser desechada. El aviso incluye detalles como la propiedad dejada, dónde puede ser recogida y la fecha límite para actuar.
Section § 1993.06
Si un inquilino deja objetos personales al mudarse, el arrendador debe mantenerlos en la propiedad o almacenarlos de forma segura en otro lugar. El arrendador puede devolver o deshacerse de los objetos siguiendo ciertas reglas. Mientras almacena los objetos, el arrendador debe tener un cuidado razonable, pero no es responsable de la pérdida a menos que ocurra debido a sus propias acciones intencionales o negligentes.
Section § 1993.07
Si un arrendador se encuentra con bienes de un inquilino abandonados, y el valor total de reventa de esa propiedad es superior a $2,500 o al alquiler de un mes —lo que sea mayor—, debe venderla en una subasta pública. Sin embargo, si el valor es menor, puede conservarla o deshacerse de ella. La subasta debe anunciarse públicamente con al menos cinco días de antelación en un periódico local, y los artículos en venta deben describirse adecuadamente en el aviso para permitir su identificación. Cualquier dinero obtenido de la venta, después de cubrir los costos, debe ir a la tesorería del condado si el antiguo inquilino no lo reclama en un plazo de 30 días. El inquilino aún puede reclamar estos fondos dentro de un año. Tanto los arrendadores como los inquilinos pueden pujar por la propiedad en la subasta.
Section § 1993.08
Si un arrendador entrega o se deshace de la propiedad de un antiguo inquilino que quedó en el inmueble después de que terminó el contrato de arrendamiento, no es responsable de esa propiedad ante nadie más. Si el arrendador entrega la propiedad a alguien que cree que es el dueño, no será responsable, a menos que debiera haber sabido que otra persona tenía un interés en ella y que podría haber encontrado la dirección de esa persona con un esfuerzo razonable.
El arrendador tampoco es responsable cuando se deshace de la propiedad bajo ciertas circunstancias, a menos que se demuestre que debió haber sabido que otra persona tenía derecho a ella y que sabía o debió haber sabido cómo contactar a esa persona.
Section § 1993.09
Esta ley permite a un propietario enviar a un inquilino un aviso de que cree que el inquilino ha abandonado una propiedad de alquiler. Este aviso puede enviarse junto con otro aviso que informe al antiguo inquilino sobre sus bienes personales dejados atrás. Aunque el contrato de alquiler aún no haya terminado oficialmente, estos avisos pueden combinarse en uno solo, siempre que incluya toda la información necesaria requerida por cada tipo de aviso.