(a)CA Derecho Civil Code § 1789.37(a) Todo propietario de un negocio de cobro de cheques deberá obtener un permiso del Departamento de Justicia para operar un negocio de cobro de cheques.
(b)CA Derecho Civil Code § 1789.37(b) Todas las solicitudes de permiso para operar un negocio de cobro de cheques se presentarán ante el departamento por escrito, firmadas por el solicitante, si es una persona física, o por un miembro o funcionario autorizado para firmar, si el solicitante es una corporación u otra entidad, y deberán indicar el nombre del negocio, el tipo de negocio que se realiza y la dirección del negocio. A cada solicitante se le tomarán las huellas dactilares.
(c)CA Derecho Civil Code § 1789.37(c) Cada solicitante de un permiso para operar un negocio de cobro de cheques pagará una tarifa que no exceda el costo de tramitar la solicitud, tomar las huellas dactilares del solicitante y verificar u obtener los antecedentes penales del solicitante, al momento de presentar la solicitud.
(d)CA Derecho Civil Code § 1789.37(d) Cada solicitante deberá anualmente, a partir de un año desde la fecha de emisión de un permiso de cobro de cheques, presentar una solicitud de renovación del permiso ante el departamento, junto con el pago de una tarifa de renovación que no exceda el costo de tramitar la solicitud de renovación y verificar u obtener los antecedentes penales del solicitante.
(e)CA Derecho Civil Code § 1789.37(e) El departamento denegará una solicitud de permiso para operar un negocio de cobro de cheques, o de renovación de un permiso, si el solicitante tiene una condena por delito grave que implique deshonestidad, fraude o engaño, si el delito está sustancialmente relacionado con las cualificaciones, funciones o deberes de una persona dedicada al negocio de cobro de cheques.
(f)CA Derecho Civil Code § 1789.37(f) El departamento adoptará reglamentos para implementar esta sección y determinará el monto de las tarifas de solicitud requeridas por esta sección. El departamento prescribirá formularios para las solicitudes y el permiso requeridos por esta sección, los cuales serán uniformes en todo el estado.
(g)CA Derecho Civil Code § 1789.37(g) En cualquier acción iniciada por un fiscal municipal o fiscal de distrito para hacer cumplir una violación de esta sección, un propietario de un negocio de cobro de cheques que opere el negocio de cobro de cheques sin poseer un permiso vigente y válido emitido por el departamento de conformidad con esta sección está sujeto a una sanción civil, de la siguiente manera:
(1)CA Derecho Civil Code § 1789.37(g)(1) Por la primera infracción, no más de mil dólares ($1,000).
(2)CA Derecho Civil Code § 1789.37(g)(2) Por la segunda infracción, no más de cinco mil dólares ($5,000).
(h)CA Derecho Civil Code § 1789.37(h) Cualquier persona que haya sido encontrada en violación de la subdivisión (g) en dos ocasiones y que, dentro de los 10 años siguientes a la fecha de la primera infracción, opere un negocio de cobro de cheques sin poseer un permiso vigente y válido emitido por el departamento de conformidad con esta sección, es culpable de un delito menor punible con prisión en una cárcel del condado por un período no superior a seis meses, o con una multa no superior a cinco mil dólares ($5,000), o con ambas, dicha multa y prisión.
(i)CA Derecho Civil Code § 1789.37(i) Todas las sanciones civiles, fianzas decomisadas o multas recibidas por cualquier tribunal de conformidad con esta sección deberán, tan pronto como sea practicable después de su recepción, depositarse en la tesorería del condado en el que se encuentre el tribunal. Las multas y decomisos depositados se desembolsarán de conformidad con el Código Penal. Las sanciones civiles depositadas se pagarán al menos una vez al mes de la siguiente manera:
(1)CA Derecho Civil Code § 1789.37(i)(1) El cincuenta por ciento al Tesorero mediante orden del auditor del condado emitida a solicitud del secretario o juez del tribunal, para ser depositado en la Tesorería del Estado por orden del Contralor.
(2)CA Derecho Civil Code § 1789.37(i)(2) El cincuenta por ciento al tesorero municipal de la ciudad, si la infracción ocurrió en una ciudad, de lo contrario, al tesorero del condado en el que se lleve a cabo la persecución. Cualquier dinero depositado en la Tesorería del Estado bajo esta sección que el Contralor determine que ha sido depositado erróneamente será reembolsado con cargo a cualquier dinero en la Tesorería del Estado que esté disponible por ley para ese fin.
(j)CA Derecho Civil Code § 1789.37(j) Esta sección entrará en vigor el 31 de diciembre de 2004.