ContratosTransacciones Electrónicas
Section § 1633.1
Section § 1633.2
Esta sección define los términos clave utilizados en las transacciones y comunicaciones electrónicas. Explica el significado de diversas palabras al tratar con acuerdos, registros y firmas electrónicas. Cubre términos como 'acuerdo', 'transacción automatizada', 'agente electrónico' y 'firma electrónica', aclarando cómo la tecnología se integra en los conceptos legales tradicionales. Por ejemplo, una 'firma electrónica' puede ser un sonido o símbolo utilizado para firmar un documento digital, y una 'transacción automatizada' podría no requerir la intervención humana directa. Comprender estos términos ayuda a las empresas y a los individuos a saber cómo funcionan legalmente los contratos y las transacciones electrónicas.
Section § 1633.3
Esta sección de la ley trata principalmente sobre las reglas para el uso de registros y firmas electrónicas en transacciones comerciales. Se aplica de forma general, pero excluye ciertas áreas, como testamentos, muchas partes del Código Comercial Uniforme y leyes específicas que exigen firmas separadas. Sin embargo, esto no significa que esas transacciones no puedan utilizar métodos electrónicos si otras leyes lo permiten. Ciertas transacciones, como las que involucran a empresas de alarmas, están explícitamente cubiertas por esta norma, incluso si otras leyes pudieran parecer excluirlas. En general, los registros y las firmas electrónicas son ampliamente utilizables, pero deben estar en consonancia con otras leyes pertinentes.
Section § 1633.4
Section § 1633.5
Esta ley establece que los registros y las firmas no tienen que ser electrónicos a menos que todos los involucrados lo acuerden. Todas las partes deben aceptar que la transacción sea electrónica, y esto no se puede asumir solo porque alguien haya utilizado métodos electrónicos para pagar o registrarse. No se le puede obligar a firmar contratos electrónicos en acuerdos estándar, y la elección de optar por lo electrónico debe ser clara. Incluso si acepta una transacción electrónica, aún puede elegir manejar las futuras por medios no electrónicos. Ciertas partes de estas reglas pueden ajustarse si ambas partes están de acuerdo, a menos que la ley establezca lo contrario.
Section § 1633.6
Esta ley busca garantizar que las transacciones electrónicas se desarrollen sin contratiempos y sean compatibles con la legislación vigente. Su objetivo es mantener las prácticas comerciales electrónicas razonables y apoyar su crecimiento. Además, busca asegurar que las leyes sobre transacciones electrónicas sean similares en los diferentes estados que adopten esta regulación.
Section § 1633.7
Esta ley establece que los registros y las firmas electrónicas tienen la misma validez legal y son tan ejecutables como los tradicionales en papel. No se puede rechazar un registro, una firma o un contrato solo porque sea electrónico. Si se requiere que algo esté por escrito o firmado, hacerlo de forma electrónica es totalmente válido.
Section § 1633.8
Esta ley establece que si las personas acuerdan realizar una transacción comercial electrónicamente, cualquier información que legalmente deba entregarse por escrito puede compartirse de forma electrónica, siempre y cuando el destinatario pueda conservar una copia. Si no se puede imprimir o guardar el mensaje electrónico, este no es legalmente vinculante. Además, si una ley especifica cómo deben mostrarse, enviarse o formatearse los registros, se deben seguir esas instrucciones. No se pueden modificar estos requisitos a menos que otra ley lo permita. Finalmente, si los registros electrónicos no pueden guardarse o imprimirse debido al remitente, no son válidos para el destinatario.
Section § 1633.9
Si un documento o firma electrónica puede rastrearse hasta alguien, es probable que haya sido creado por esa persona. La forma en que alguien puede probar esto incluye mostrar cualquier método de seguridad utilizado para verificarlo. Lo que significa ese documento o firma electrónica depende de la situación en que se hizo, de cualquier acuerdo que tengan las partes involucradas, o de lo que decidan otras normas.
Section § 1633.10
Si hay un error o cambio en un registro electrónico durante una transacción, así es como se maneja: Si las partes acordaron un procedimiento de seguridad para detectar errores y una lo siguió pero la otra no, la parte que sí cumplió puede anular el efecto del error. En una transacción automatizada, si una persona comete un error accidentalmente y el sistema no ofreció una forma de corregirlo, esa persona también puede anular el efecto del error si notifica rápidamente a la otra parte, devuelve cualquier cosa que haya recibido por error y no la ha utilizado. Si ninguna de estas situaciones aplica, el error se resuelve según otras leyes o los términos del contrato. Es importante destacar que algunas de estas reglas no pueden ser modificadas por acuerdo.
Section § 1633.11
Esta sección explica que si una ley exige que una firma sea notariada, una firma electrónica puede cumplir con este requisito siempre y cuando incluya la firma electrónica del notario y otros detalles necesarios. De manera similar, si algo debe firmarse bajo pena de perjurio, una firma electrónica es aceptable si va acompañada de una declaración de que la información es verdadera y correcta, junto con todos los detalles relevantes.
Section § 1633.12
Esta ley explica que si un registro debe ser conservado por ley, se puede usar una copia electrónica siempre que muestre con exactitud cómo era el registro original y se pueda acceder a ella más tarde. No es necesario guardar la información cuyo único propósito sea enviar o recibir el registro. Se puede contratar a otra persona para que conserve el registro electrónicamente, siempre que se sigan estas reglas. Si una ley exige que el registro se conserve en su forma original, esto también se puede cumplir con una versión electrónica precisa. Lo mismo ocurre con los cheques, siempre que se conserve electrónicamente la información de ambas caras. Para fines legales, de auditoría o similares, una copia electrónica es válida a menos que una nueva ley diga lo contrario. Las agencias gubernamentales pueden tener reglas adicionales para los registros que supervisan.
Section § 1633.13
Esta ley establece que, en cualquier tipo de procedimiento legal, no se puede rechazar una prueba solo porque sea electrónica, como un correo electrónico o una firma digital.
Section § 1633.14
Esta ley trata sobre cómo se pueden formar contratos en transacciones que utilizan computadoras o software, denominados agentes electrónicos, para gestionar las interacciones. Un contrato puede seguir siendo válido incluso si las personas involucradas nunca interactúan directamente entre sí o ni siquiera ven los términos, siempre y cuando los sistemas electrónicos realicen el trabajo. Un individuo también puede interactuar con un agente electrónico para formar un contrato, especialmente cuando realiza acciones a sabiendas que impulsan al agente a finalizar el acuerdo. Los términos reales del contrato se deciden por otras leyes aplicables.
Section § 1633.15
Esta ley explica cómo los registros electrónicos, como correos electrónicos o documentos digitales, se envían y reciben entre las partes. En general, un registro se considera enviado cuando está correctamente dirigido y sale del control del remitente, y recibido cuando entra en un sistema que el destinatario utiliza y al que puede acceder. La ubicación real del sistema no cambia dónde se considera legalmente enviado o recibido el registro, que suele ser la dirección comercial del remitente o del destinatario. Incluso si nadie se da cuenta de la llegada de un registro, este se considera recibido. Un acuse de recibo de un sistema confirma la recepción, pero no garantiza la exactitud del contenido. Si resulta que un registro no fue realmente enviado o recibido, otras leyes determinan lo que sucede a continuación, y los acuerdos no pueden modificar esta regla.
Section § 1633.16
Section § 1633.17
Esta ley establece que las agencias, juntas o comisiones estatales en California no pueden dictar el uso de firmas electrónicas en una transacción a menos que estén directamente involucradas, o a menos que exista otra ley específica que les otorgue esa facultad.