(a)CA Derecho Civil Code § 1557(a) La capacidad de un menor para contratar se rige por la División 11 (que comienza con la Sección 6500) del Código de Familia.
(b)CA Derecho Civil Code § 1557(b) La capacidad de una persona con capacidad mental disminuida para contratar se rige por la Parte 1 (que comienza con la Sección 38) de la División 1.