(a)CA Derecho Civil Code § 1632(a) La Legislatura por la presente encuentra y declara todo lo siguiente:
(1)CA Derecho Civil Code § 1632(a)(1) Esta sección fue promulgada en 1976 para aumentar la información y las protecciones al consumidor para la considerable y creciente población hispanohablante del estado.
(2)CA Derecho Civil Code § 1632(a)(2) Desde 1976, la población del estado se ha vuelto cada vez más diversa y el número de californianos que hablan idiomas distintos del inglés como su idioma principal en casa ha aumentado drásticamente.
(3)CA Derecho Civil Code § 1632(a)(3) Según datos de la Encuesta sobre la Comunidad Estadounidense, que ha reemplazado al censo decenal para obtener información socioeconómica detallada sobre los residentes de los Estados Unidos, aproximadamente 15.2 millones de californianos hablan un idioma distinto del inglés en casa, según datos de los años combinados de 2009 a 2011. Esto se compara con aproximadamente 19.6 millones de personas que hablan solo inglés en casa. Entre los californianos que hablan un idioma distinto del inglés en casa, aproximadamente 8.4 millones hablan inglés muy bien, y otros 3 millones hablan inglés bien. Los 3.8 millones de californianos restantes encuestados no hablan inglés bien o no hablan inglés en absoluto. Dentro de este grupo, los cinco idiomas distintos del inglés más hablados en casa son español, chino, tagalo, vietnamita y coreano. Estos cinco idiomas son hablados en casa por aproximadamente 3.5 millones de los 3.8 millones de californianos con dominio limitado o nulo del inglés, que hablan un idioma distinto del inglés en casa.
(b)CA Derecho Civil Code § 1632(b) Una persona dedicada a un comercio o negocio que negocia principalmente en español, chino, tagalo, vietnamita o coreano, oralmente o por escrito, en el curso de celebrar cualquiera de los siguientes, deberá entregar a la otra parte del contrato o acuerdo, y a cualquier otra persona que vaya a firmar el contrato o acuerdo, y antes de la ejecución del mismo, una traducción del contrato o acuerdo en el idioma en que se negoció el contrato o acuerdo, que incluya una traducción de cada término y condición de dicho contrato o acuerdo:
(1)CA Derecho Civil Code § 1632(b)(1) Un contrato o acuerdo sujeto a las disposiciones del Título 2 (que comienza con la Sección 1801) de, y el Capítulo 2b (que comienza con la Sección 2981) y el Capítulo 2d (que comienza con la Sección 2985.7) del Título 14 de, la Parte 4 de la División 3.
(2)CA Derecho Civil Code § 1632(b)(2) Un préstamo o extensión de crédito garantizado de forma distinta a la propiedad inmobiliaria, o no garantizado, para uso principalmente personal, familiar o doméstico.
(3)CA Derecho Civil Code § 1632(b)(3) Un contrato o acuerdo de arrendamiento, subarrendamiento, alquiler, u otro contrato o acuerdo de tenencia, por un período superior a un mes, que cubra una vivienda, un apartamento, una casa móvil u otra unidad de vivienda normalmente ocupada como residencia.
(4)CA Derecho Civil Code § 1632(b)(4) No obstante el párrafo (2), un préstamo o extensión de crédito para uso principalmente personal, familiar o doméstico en el que el préstamo o extensión de crédito esté sujeto a las disposiciones del Artículo 7 (que comienza con la Sección 10240) del Capítulo 3 de la Parte 1 de la División 4 del Código de Negocios y Profesiones, o la División 7 (que comienza con la Sección 18000), o la División 9 (que comienza con la Sección 22000) del Código Financiero.
(5)CA Derecho Civil Code § 1632(b)(5) No obstante el párrafo (2), una hipoteca inversa según se describe en el Capítulo 8 (que comienza con la Sección 1923) del Título 4 de la Parte 4 de la División 3.
(6)CA Derecho Civil Code § 1632(b)(6) Un contrato o acuerdo, que contenga una declaración de tarifas o cargos, celebrado con el propósito de obtener servicios legales, cuando la persona que se dedica al negocio tiene licencia vigente para ejercer la abogacía de conformidad con el Capítulo 4 (que comienza con la Sección 6000) de la División 3 del Código de Negocios y Profesiones.
(7)CA Derecho Civil Code § 1632(b)(7) Un contrato de consultoría de ejecución hipotecaria sujeto al Artículo 1.5 (que comienza con la Sección 2945) del Capítulo 2 del Título 14 de la Parte 4 de la División 3.
(8)CA Derecho Civil Code § 1632(b)(8) Un contrato o acuerdo de arrendamiento, subarrendamiento, alquiler, u otro contrato o acuerdo de tenencia que cubra un espacio comercial zonificado no residencial celebrado entre un propietario y un inquilino comercial calificado, a partir del 1 de enero de 2025.
(c)CA Derecho Civil Code § 1632(c) No obstante la subdivisión (b), para un préstamo sujeto a esta parte y al Artículo 7 (que comienza con la Sección 10240) del Capítulo 3 de la Parte 1 de la División 4 del Código de Negocios y Profesiones, la entrega al prestatario de una traducción de la declaración requerida por la Sección 10240 del Código de Negocios y Profesiones en cualquiera de los idiomas especificados en la subdivisión (b) en que se negoció el contrato o acuerdo, cumple con la subdivisión (b).
(d)CA Derecho Civil Code § 1632(d) En el momento y lugar en que se ejecute un contrato o acuerdo de arrendamiento, subarrendamiento o alquiler descrito en la subdivisión (b), se deberá proporcionar al arrendatario o inquilino un aviso en cualquiera de los idiomas especificados en la subdivisión (b) en que se negoció el contrato o acuerdo.
(e)CA Derecho Civil Code § 1632(e) La provisión por parte de una organización financiera supervisada de una traducción de las divulgaciones requeridas por la Regulación M o la Regulación Z, y, si corresponde, la División 7 (que comienza con la Sección 18000) o la División 9 (que comienza con la Sección 22000) del Código Financiero en cualquiera de los idiomas especificados en la subdivisión (b) en que se negoció el contrato o acuerdo, antes de la ejecución del contrato o acuerdo, también se considerará en cumplimiento de los requisitos de la subdivisión (b) con respecto al contrato o acuerdo original.
(1)CA Derecho Civil Code § 1632(e)(1) "Regulación M" y "Regulación Z" significan cualquier norma, regulación o interpretación promulgada por la Junta de Gobernadores del Sistema de la Reserva Federal y cualquier interpretación o aprobación emitida por un funcionario o empleado debidamente autorizado por la junta para emitir interpretaciones o aprobaciones relacionadas, respectivamente, con el arrendamiento al consumidor o el préstamo al consumidor, de conformidad con la Ley Federal de Veracidad en los Préstamos, según enmendada (15 U.S.C. Sec. 1601 y ss.).
(2)CA Derecho Civil Code § 1632(e)(2) Tal como se utiliza en esta sección, "organización financiera supervisada" significa un banco, una asociación de ahorro según se define en la Sección 5102 del Código Financiero, una cooperativa de crédito, o una sociedad de cartera, filial o subsidiaria de los mismos, o una persona sujeta al Artículo 7 (que comienza con la Sección 10240) del Capítulo 3 de la Parte 1 de la División 4 del Código de Negocios y Profesiones, o la División 7 (que comienza con la Sección 18000) o la División 9 (que comienza con la Sección 22000) del Código Financiero.
(f)CA Derecho Civil Code § 1632(f) En el momento y lugar en que se ejecute un contrato o acuerdo descrito en el párrafo (1) o (2) de la subdivisión (b), se deberá exhibir de manera visible un aviso en cualquiera de los idiomas especificados en la subdivisión (b) en que se negoció el contrato o acuerdo, indicando que la persona descrita en la subdivisión (b) está obligada a proporcionar un contrato o acuerdo en el idioma en que se negoció el contrato o acuerdo, o una traducción de las divulgaciones requeridas por ley en el idioma en que se negoció el contrato o acuerdo, según sea el caso. Si una persona descrita en la subdivisión (b) realiza negocios en más de una ubicación o sucursal, los requisitos de esta sección se aplicarán solo con respecto a la ubicación o sucursal en la que se utilice el idioma en que se negoció el contrato o acuerdo.
(g)Copy CA Derecho Civil Code § 1632(g)
(1)Copy CA Derecho Civil Code § 1632(g)(1) El término "contrato" o "acuerdo", tal como se utiliza en esta sección, significa el documento que crea los derechos y obligaciones de las partes e incluye cualquier documento posterior que realice cambios sustanciales en los derechos y obligaciones de las partes. El término "contrato" o "acuerdo" no incluye ningún documento posterior autorizado o contemplado por el documento original, como estados de cuenta periódicos, recibos de venta o facturas que representen compras realizadas de conformidad con un acuerdo de tarjeta de crédito, un contrato o cuenta de venta a plazos minorista u otra cuenta de venta o préstamo rotatorio, memorandos de compras en una venta adicional, o refinanciamiento de una compra según lo dispuesto por, o de conformidad con, el documento original.
(2)CA Derecho Civil Code § 1632(g)(2) El término "contrato" o "acuerdo" no incluye un contrato de mejora del hogar según se define en las Secciones 7151.2 y 7159 del Código de Negocios y Profesiones, ni incluye planos, especificaciones, descripción del trabajo a realizar y materiales a utilizar, o garantía colateral tomada o a tomar para la obligación del comprador minorista contenida en un contrato para la instalación de bienes por un contratista con licencia de conformidad con el Capítulo 9 (que comienza con la Sección 7000) de la División 3 del Código de Negocios y Profesiones, si el contrato de mejora del hogar o el contrato de instalación es de otra manera parte de un contrato descrito en la subdivisión (b).
(3)CA Derecho Civil Code § 1632(g)(3) Los asuntos incorporados ordinariamente por referencia en contratos o acuerdos según se describe en el párrafo (3) de la subdivisión (b), incluyendo, entre otros, las reglas y regulaciones que rigen una tenencia y los inventarios de mobiliario a ser proporcionados por la persona descrita en la subdivisión (b), no están incluidos en el término "contrato" o "acuerdo".
(h)Copy CA Derecho Civil Code § 1632(h)
(1)Copy CA Derecho Civil Code § 1632(h)(1) Esta sección no se aplica a una persona dedicada a un comercio o negocio que negocia principalmente en un idioma distinto del inglés, según lo descrito en la subdivisión (b), si la parte con la que esa persona está negociando es un comprador de bienes o servicios, o recibe un préstamo o extensión de crédito, o celebra un acuerdo que obliga a esa parte como inquilino, arrendatario o subarrendatario, o de manera similar obliga a la parte mediante contrato o arrendamiento, y la parte negocia los términos del contrato, arrendamiento u otra obligación a través de su propio intérprete.
(2)CA Derecho Civil Code § 1632(h)(2) Tal como se utiliza en esta subdivisión, "el propio intérprete de la parte" significa una persona que no es menor de edad y que es capaz de hablar con fluidez y leer con plena comprensión tanto el idioma inglés como cualquiera de los idiomas especificados en la subdivisión (b) en que se negoció el contrato, arrendamiento u otra obligación, y que no está empleada por, o cuyo servicio no es puesto a disposición a través de, la persona dedicada al comercio o negocio.
(3)CA Derecho Civil Code § 1632(h)(3) Esta subdivisión no se aplica a un contrato o acuerdo descrito en el párrafo (8) de la subdivisión (b).
(i)CA Derecho Civil Code § 1632(i) No obstante la subdivisión (b), una traducción puede conservar los siguientes elementos del contrato o acuerdo ejecutado en idioma inglés sin traducción: nombres y títulos de individuos y otras personas, direcciones, nombres de marcas, nombres comerciales, marcas registradas, marcas de servicio registradas, designaciones completas o abreviadas de la marca y modelo de bienes o servicios, códigos alfanuméricos, números, cantidades en dólares expresadas en números, fechas y palabras o expresiones individuales que no tengan una traducción no inglesa generalmente aceptada. Es permisible, pero no obligatorio, que esta traducción sea firmada.
(j)CA Derecho Civil Code § 1632(j) Los términos del contrato o acuerdo que se ejecute en idioma inglés determinarán los derechos y obligaciones de las partes. Sin embargo, la traducción del contrato o las divulgaciones requeridas por la subdivisión (e) en cualquiera de los idiomas especificados en la subdivisión (b) en que se negoció el contrato o acuerdo será admisible como prueba solo para demostrar que no se celebró ningún contrato debido a una diferencia sustancial en los términos y condiciones materiales del contrato y la traducción.
(k)Copy CA Derecho Civil Code § 1632(k)
(1)Copy CA Derecho Civil Code § 1632(k)(1) En caso de incumplimiento de las disposiciones de esta sección, la persona agraviada podrá rescindir el contrato o acuerdo en la forma prevista por este capítulo. Si el contrato de venta a crédito al consumidor o arrendamiento al consumidor que ha sido vendido y cedido a una institución financiera se rescinde de conformidad con esta subdivisión, el consumidor deberá restituir y recibir restitución de la persona con quien el consumidor celebró el contrato y deberá notificar la rescisión al cesionario. No obstante que el contrato fue cedido sin recurso, la cesión se considerará rescindida, y el cedente deberá recomprar prontamente el contrato al cesionario.
(2)CA Derecho Civil Code § 1632(k)(2) No obstante el párrafo (1), solo un inquilino comercial calificado podrá rescindir un contrato descrito en el párrafo (8) de la subdivisión (b) de conformidad con esta subdivisión.
(l)CA Derecho Civil Code § 1632(l) Cualquier renuncia a una disposición de esta sección es contraria al orden público y es nula e inejecutable.
(m)CA Derecho Civil Code § 1632(m) Para los fines de esta sección, se aplican las siguientes definiciones:
(1)CA Derecho Civil Code § 1632(m)(1) "Propiedad inmobiliaria comercial" significa toda propiedad inmobiliaria en este estado, excepto las unidades de vivienda sujetas al Capítulo 2 (que comienza con la Sección 1940) del Título 5 de la Parte 4, las casas móviles, según se definen en la Sección 798.3, y los vehículos recreativos, según se definen en la Sección 799.29.
(2)CA Derecho Civil Code § 1632(m)(2) "Microempresa" tiene el mismo significado que se define en la subdivisión (a) de la Sección 18000 del Código de Negocios y Profesiones.
(3)CA Derecho Civil Code § 1632(m)(3) "Organización sin fines de lucro" significa cualquier organización privada sin fines de lucro que califique bajo la Sección 501(c)(3) del Código de Rentas Internas de los Estados Unidos de 1986.
(4)CA Derecho Civil Code § 1632(m)(4) "Inquilino comercial calificado" significa un inquilino de propiedad inmobiliaria comercial que cumple con ambos de los siguientes requisitos:
(A)CA Derecho Civil Code § 1632(m)(4)(A) El inquilino es una microempresa, un restaurante con menos de 10 empleados, o una organización sin fines de lucro con menos de 20 empleados.
(B)Copy CA Derecho Civil Code § 1632(m)(4)(B)
(i)Copy CA Derecho Civil Code § 1632(m)(4)(B)(i) Sujeto a la cláusula (ii), el inquilino ha proporcionado al propietario, dentro de los 12 meses anteriores, un aviso por escrito de que el inquilino es un inquilino comercial calificado y una auto-declaración con respecto al número de empleados, en el momento en que las protecciones bajo esta sección entren en vigor.
(ii)CA Derecho Civil Code § 1632(m)(4)(B)(i)(ii) A menos que la tenencia sea de semana a semana, de mes a mes, o por otro período inferior a un mes, el inquilino proporcionó el aviso y la auto-declaración descritos en la cláusula (i) antes o al momento de la ejecución del arrendamiento, y anualmente a partir de entonces, en el momento en que las protecciones bajo esta sección entren en vigor.