Section § 1694.5

Explanation

Esta sección define lo que constituye un 'contrato de pérdida de peso'. Se refiere a acuerdos con programas o centros de pérdida de peso que ofrecen servicios como orientación sobre reducción de peso, modelado corporal, dietas y hábitos alimenticios por parte de profesionales de la salud sin licencia. También cubre el uso de instalaciones de pérdida de peso, membresías para fines relacionados con el peso y el suministro de alimentos dietéticos preenvasados. Cabe destacar que esta ley no se aplica a los contratos de servicios de estudios de salud según otra sección específica.

(a)CA Derecho Civil Code § 1694.5(a) Según se utiliza en este capítulo, un contrato de pérdida de peso es un contrato con cualquier programa o centro de pérdida de peso que ofrece cualquiera de los siguientes:
(1)CA Derecho Civil Code § 1694.5(a)(1) Instrucción, asesoramiento, supervisión o asistencia en la reducción de peso, modelado corporal, dieta y hábitos alimenticios, por personas que no son profesionales de la salud con licencia.
(2)CA Derecho Civil Code § 1694.5(a)(2) Uso de las instalaciones de un centro de pérdida de peso para cualquiera de los fines especificados en el párrafo (1).
(3)CA Derecho Civil Code § 1694.5(a)(3) Membresía en cualquier grupo, club, asociación u organización formada para cualquiera de los fines especificados en el párrafo (1).
(4)CA Derecho Civil Code § 1694.5(a)(4) "Alimentos dietéticos" preenvasados o premedidos proporcionados por el programa o centro de pérdida de peso.
(b)CA Derecho Civil Code § 1694.5(b) Este capítulo no se aplica a ningún contrato de servicios de estudio de salud según se define en la Sección 1812.81.

Section § 1694.6

Explanation

Si te has inscrito en un programa de pérdida de peso, tienes hasta la medianoche del tercer día hábil después de firmar para cancelar tu contrato. Para cancelar, debes enviar un aviso por escrito por correo, telegrama o en persona a la dirección indicada en el acuerdo. Si se envía por correo, es válido una vez que lo envías con la dirección correcta y el franqueo pagado.

No tienes que usar ningún formulario de cancelación especial; cualquier aviso de cancelación claro funciona. Todas las tarifas que hayas pagado deben ser reembolsadas dentro de los 10 días posteriores a la recepción del aviso de cancelación. Si usaste una tarjeta de crédito o un cheque, puedes llamar al programa dentro del plazo de tres días para evitar que procesen tu pago, pero aún así debes enviar una cancelación formal por escrito.

(a)CA Derecho Civil Code § 1694.6(a) Además de cualquier otro derecho a revocar una oferta, el comprador tiene derecho a cancelar un contrato u oferta de pérdida de peso hasta la medianoche del tercer día hábil después del día en que el comprador firma un acuerdo u oferta para adquirir dichos servicios.
(b)CA Derecho Civil Code § 1694.6(b) La cancelación ocurre cuando el comprador entrega un aviso de cancelación por escrito por correo, telegrama o entrega al vendedor en la dirección especificada en el acuerdo u oferta.
(c)CA Derecho Civil Code § 1694.6(c) El aviso de cancelación, si se entrega por correo, es efectivo cuando se deposita en el correo debidamente dirigido con franqueo pagado.
(d)CA Derecho Civil Code § 1694.6(d) El aviso de cancelación entregado por el comprador no necesita adoptar la forma particular prevista en el contrato u oferta de compra y, sin importar cómo se exprese, es efectivo si indica la intención del comprador de no quedar obligado por el contrato de pérdida de peso.
(e)CA Derecho Civil Code § 1694.6(e) Todos los fondos pagados conforme a cualquier contrato de pérdida de peso serán reembolsados dentro de los 10 días siguientes a la recepción del aviso de cancelación.
(f)CA Derecho Civil Code § 1694.6(f) El comprador puede notificar al programa de pérdida de peso su intención de cancelar el contrato dentro del período de tres días especificado en esta sección y detener el procesamiento de un comprobante de tarjeta de crédito o cheque mediante notificación telefónica al programa de pérdida de peso. Sin embargo, esto no anula la obligación del comprador de cancelar el contrato por correo, telegrama o entrega según lo requerido conforme a esta sección.

Section § 1694.7

Explanation

En California, cualquier contrato de pérdida de peso debe ser por escrito y el firmante debe recibir una copia. Estos contratos deben incluir una declaración clara cerca de la firma del comprador que explique su derecho a cancelar sin penalización dentro de los tres días hábiles (excluyendo domingos y días festivos).

La cancelación debe realizarse enviando por correo o entregando un aviso por escrito al negocio. El contrato debe mostrar el nombre y la dirección del negocio, junto con la fecha de la firma, en la primera página. Los contratos no pueden exigir pagos por más de dos años, y los servicios no pueden extenderse más allá de tres años. Si un contrato no cumple con estas reglas, el comprador puede cancelarlo en cualquier momento.

(a)CA Derecho Civil Code § 1694.7(a) Un contrato de pérdida de peso deberá constar por escrito. Se proporcionará una copia del contrato al comprador en el momento en que este firme el contrato.
(b)CA Derecho Civil Code § 1694.7(b) Todo contrato de pérdida de peso deberá contener en su anverso, y muy cerca del espacio reservado para la firma del comprador, una declaración conspicua en un tamaño igual al de al menos 10 puntos en negrita, de la siguiente manera:
“Usted, el comprador, puede cancelar este acuerdo, sin ninguna penalización u obligación, en cualquier momento antes de la medianoche del tercer día hábil del vendedor original del contrato siguiente a la fecha de este contrato, excluyendo domingos y días festivos. Para cancelar este acuerdo, envíe por correo o entregue un aviso firmado y fechado, o envíe un telegrama que indique que usted, el comprador, está cancelando este acuerdo, o palabras de efecto similar. Este aviso deberá enviarse a:
_____ (Nombre del negocio que le vendió el contrato) _____
_____ (Dirección del negocio que le vendió el contrato) _____ .”
(c)CA Derecho Civil Code § 1694.7(c) El contrato de pérdida de peso deberá contener en la primera página, en un tamaño de letra no menor al que se usa generalmente en el cuerpo del documento, el nombre y la dirección del operador del programa de pérdida de peso al que se debe enviar el aviso de cancelación; y la fecha en que el comprador firmó el contrato.
(d)CA Derecho Civil Code § 1694.7(d) Ningún contrato de pérdida de peso requerirá pagos o financiación por parte del comprador durante un período superior a dos años a partir de la fecha de celebración del contrato, ni el plazo de dicho contrato se medirá por la vida del comprador. Los servicios que se presten al comprador en virtud del contrato no se extenderán por más de tres años después de la fecha de celebración del contrato.
(e)CA Derecho Civil Code § 1694.7(e) Si un contrato de pérdida de peso no cumple con este capítulo, el comprador podrá, en cualquier momento, cancelar el contrato.

Section § 1694.8

Explanation

Esta ley establece que si usted tiene un contrato de pérdida de peso y no puede continuar debido a fallecimiento o discapacidad, usted o su sucesión pueden dejar de hacer pagos por servicios futuros.

Cualquier cantidad prepagada por servicios no utilizados debe ser reembolsada, a menos que se espere que la discapacidad dure menos de seis meses. En ese caso, el contrato puede extenderse por seis meses sin costo adicional en lugar de ser cancelado.

Si usted tiene que mudarse a más de 50 millas de distancia y no puede transferir su contrato, también puede detener los pagos y obtener un reembolso por los servicios que no ha utilizado. Sin embargo, es posible que tenga que pagar una pequeña tarifa de no más de $100, o $50 si ha utilizado más de la mitad del contrato.

Todo contrato de pérdida de peso deberá contener un lenguaje que estipule que:
(a)CA Derecho Civil Code § 1694.8(a) Si por razón de fallecimiento o discapacidad el comprador no puede recibir todos los servicios por los que ha contratado, el comprador y la sucesión del comprador podrán optar por quedar exentos de la obligación de realizar pagos por servicios distintos de los recibidos antes del fallecimiento o del inicio de la discapacidad, excepto según lo dispuesto en el párrafo (3).
(1)CA Derecho Civil Code § 1694.8(a)(1) Si el comprador ha prepagado alguna cantidad por servicios, la parte de la cantidad prepagada que sea asignable a servicios que el comprador no ha recibido deberá ser reembolsada prontamente al comprador o a su representante.
(2)CA Derecho Civil Code § 1694.8(a)(2) “Discapacidad” significa una condición que impide al comprador utilizar físicamente los servicios especificados en el contrato durante el período de la discapacidad y la condición es verificada por escrito por un médico designado y remunerado por el comprador. La verificación escrita del médico deberá ser presentada al vendedor.
(3)CA Derecho Civil Code § 1694.8(a)(3) Si el médico determina que la duración de la discapacidad será inferior a seis meses, el vendedor podrá extender el plazo del contrato por un período de seis meses sin cargo adicional para el comprador en lugar de la cancelación.
(b)CA Derecho Civil Code § 1694.8(b) Si el comprador reubica su residencia principal a más de 50 millas del centro de pérdida de peso y no puede transferir el contrato a una instalación comparable, el comprador podrá optar por quedar exento de la obligación de realizar pagos por servicios distintos de los recibidos antes de dicha reubicación, y si el comprador ha prepagado alguna cantidad por servicios de pérdida de peso, la parte de la cantidad prepagada que sea asignable a servicios que el comprador no ha recibido deberá ser reembolsada prontamente al comprador. A un comprador que opte por quedar exento de futuras obligaciones conforme a esta subdivisión se le podrá cobrar una tarifa predeterminada que no exceda los cien dólares ($100) o, si ha transcurrido más de la mitad de la vigencia del contrato, una tarifa predeterminada que no exceda los cincuenta dólares ($50).

Section § 1694.9

Explanation

En California, los contratos de servicios de pérdida de peso deben seguir ciertas reglas; de lo contrario, se consideran nulos y no pueden hacerse cumplir. Si un vendedor proporciona deliberadamente información falsa o engañosa para que se firme el contrato, este también es inexigible. Si un comprador resulta perjudicado por alguna violación de estas reglas, puede reclamar daños y perjuicios en los tribunales, y si la violación fue intencional, podría obtener el triple de los daños reales, además de la posibilidad de que se cubran sus honorarios legales si gana. Si se cancela el contrato de un comprador, este tiene derecho a un reembolso por los servicios no recibidos, calculado según un método llamado 'Regla del 78' para los cargos financieros. Finalmente, cualquier intento del comprador de renunciar a estas protecciones es inválido.

(a)CA Derecho Civil Code § 1694.9(a) Cualquier contrato de servicios de pérdida de peso que no cumpla con este capítulo es nulo e inexigible.
(b)CA Derecho Civil Code § 1694.9(b) Cualquier contrato de servicios de pérdida de peso celebrado bajo información o anuncios intencionalmente fraudulentos o engañosos del vendedor es nulo e inexigible.
(c)CA Derecho Civil Code § 1694.9(c) Cualquier comprador perjudicado por una violación de este capítulo puede interponer una acción para la recuperación de daños y perjuicios en un tribunal de jurisdicción competente. Se podrá dictar sentencia por el triple del monto en que se evalúen los daños y perjuicios reales si la violación es intencional. Se podrán conceder honorarios razonables de abogado a la parte vencedora.
(d)CA Derecho Civil Code § 1694.9(d) No obstante las disposiciones de cualquier contrato en contrario, siempre que el precio del contrato sea pagadero en cuotas y el comprador sea relevado de realizar pagos adicionales o tenga derecho a un reembolso conforme a este capítulo, el comprador tendrá derecho a recibir un reembolso o crédito de reembolso de la porción del precio en efectivo que sea asignable a los servicios no recibidos realmente por el comprador. El reembolso de cualquier cargo financiero se calculará de acuerdo con el “método de la suma de los saldos”, también conocido como la “Regla del 78”.
(e)CA Derecho Civil Code § 1694.9(e) Cualquier renuncia por parte del comprador a este capítulo es nula e inexigible.