Section § 5700

Explanation

Esta ley permite la recolección de moluscos nativos y no nativos en distritos específicos para ser trasladados a diferentes lugares para su purificación, de modo que puedan ser consumidos de forma segura. Sin embargo, primero deben ser aprobados como seguros para el consumo humano por el Departamento de Salud Pública del Estado. Las normas establecidas por la comisión pueden incluir restricciones como la cantidad que se puede recolectar, cómo se recogen y cómo pueden ser utilizados por el público.

(a)CA Código De Pesca Y Caza Code § 5700(a) No obstante lo dispuesto en las Secciones 5670, 5672, 8341 y 9050, los moluscos nativos y no nativos podrán ser recolectados en los Distritos 12 y 13 y trasladados a otras áreas para ser purificados para el consumo humano conforme a las normas y reglamentos establecidos por la comisión. Dichos reglamentos podrán incluir, entre otros, límites de captura, métodos de recolección y disposiciones para el uso público.
(b)CA Código De Pesca Y Caza Code § 5700(b) Los moluscos recolectados conforme a esta sección no se utilizarán para el consumo humano a menos que dicho uso sea aprobado por el Departamento de Salud Pública del Estado.

Section § 5701

Explanation

Esta ley permite al Departamento de Salud Pública del Estado realizar o utilizar estudios sanitarios de las áreas donde se cultivan moluscos (como almejas y ostras). El propósito es determinar si estas áreas son adecuadas para la recolección de moluscos que necesitan purificación antes de que las personas puedan comerlos. Para implementar esto de manera efectiva, el departamento debe establecer normas y reglamentos.

(a)CA Código De Pesca Y Caza Code § 5701(a) El Departamento de Salud Pública del Estado podrá realizar estudios sanitarios de las áreas de cultivo de moluscos o podrá utilizar estudios sanitarios de las áreas de cultivo de moluscos realizados por agencias estatales o del condado calificadas, y basándose en esa información podrá clasificar esas áreas para fines de recolección y traslado de moluscos que deban ser purificados para el consumo humano de conformidad con la Sección 5700.
(b)CA Código De Pesca Y Caza Code § 5701(b) El Departamento de Salud Pública del Estado adoptará las normas y reglamentos necesarios para implementar esta sección.

Section § 5701.5

Explanation
Esta ley establece que si el Departamento de Salud Pública del Estado de California examina la calidad del agua para certificar las áreas de cultivo de mariscos, debe iniciar el proceso de certificación en un plazo de 30 días y finalizarlo en un plazo de seis meses después de que el acuicultor presente la solicitud.

Section § 5702

Explanation
Si trasladas moluscos nativos de los Distritos 12 y 13 en California para purificarlos y que la gente los coma, tienes que pagar una regalía. Esta tarifa es de al menos dos centavos por libra de los moluscos.