MamíferosPumas
Section § 4800
Esta sección establece que los leones de montaña son animales especialmente protegidos en California. Es ilegal dañar, poseer o vender leones de montaña, salvo en situaciones específicas detalladas en esta ley.
Estas excepciones incluyen tener un león de montaña o sus productos de antes del 6 de junio de 1990, o poseerlos con fines científicos o educativos si son aprobados por el departamento.
Si alguien captura o daña un león de montaña en legítima defensa o en defensa de otros, no es culpable según esta ley. Violar estas reglas puede resultar en una multa de hasta $10,000, una pena de cárcel de hasta un año, o ambas. Las regulaciones bajo la Sección 219 no se aplican aquí, y no se pueden crear regulaciones adicionales que entren en conflicto con este capítulo.
Section § 4801
Section § 4801.5
En California, si un puma necesita ser retirado o manejado y no se considera un peligro inmediato para las personas, solo se deben usar métodos no letales, como se describe en esta sección. Esto significa que los pumas no deben ser dañados o sacrificados a menos que sea absolutamente necesario para la seguridad pública.
Una "amenaza inminente para la salud o seguridad pública" se define como cuando un puma muestra un comportamiento agresivo hacia las personas que no puede explicarse por la presencia de los equipos de respuesta. Los métodos no letales pueden incluir la captura, el marcaje o incluso simplemente la observación del animal.
La ley permite que individuos y organizaciones calificados lleven a cabo estos procedimientos no letales si el departamento estatal lo considera necesario para la protección de los pumas o del público.
Section § 4802
Si su ganado o propiedad ha sido dañado o destruido por un león de montaña, puede informar a las autoridades y pedir permiso para capturar o matar al león de montaña.
Section § 4803
Cuando se recibe un informe sobre daños causados por un puma, el departamento o el oficial de control de daños por animales designado debe verificar la situación en un plazo de 48 horas. Si se confirma que un puma es el responsable, emitirán rápidamente un permiso para capturar o manejar al puma que está causando el problema.
Section § 4804
Esta sección de la ley describe las condiciones para emitir un permiso para manejar un león de montaña problemático. El permiso tiene una validez de 10 días y permite al titular del permiso comenzar a rastrear al león a no más de una milla de donde el animal causó problemas. Además, la búsqueda del león de montaña problemático debe mantenerse dentro de un radio de 10 millas del área donde ocurrió el incidente.
Section § 4805
Esta ley permite la autorización verbal para perseguir y capturar un puma si esto ayuda significativamente a abordar un caso reportado de daño causado por el animal a propiedades o ganado, según se describe en otra sección. Esta autorización rápida puede provenir del departamento o de un oficial de control de daños a animales. Se debe emitir un permiso por escrito después de la aprobación verbal tan pronto como sea posible.
Section § 4806
Si tiene un permiso para capturar o dañar un puma, debe informarlo a la oficina del departamento de vida silvestre dentro de las 24 horas por teléfono. Si no puede llamar, debe informar por escrito dentro de los cinco días. Además, debe hacer los arreglos para entregar el puma o su cuerpo entero al departamento poco después de informar.
Section § 4807
Si se encuentra un león de montaña atacando o matando ganado o mascotas, el propietario del terreno o su empleado puede actuar de inmediato contra él. Deben informar de esto al departamento estatal de vida silvestre en un plazo de 72 horas. Si el león de montaña es capturado o abatido, el cadáver debe entregarse al departamento para su investigación.
El departamento realizará una investigación y, si todo está en orden, emitirá un permiso que confirme que la acción legal estuvo justificada.
También realizarán un examen detallado del cadáver e informarán de sus hallazgos a una comisión, que recopilará esta información y presentará un informe anual a la Legislatura antes del 15 de enero.
Section § 4808
Esta sección define qué significa "agente" en el contexto de este capítulo. Incluye varios tipos de personas: los agentes o empleados del propietario, los oficiales locales de control de depredadores, los empleados del Control de Daños por Animales del USDA y los cazadores con perros autorizados. Estos agentes deben tener la experiencia necesaria y no tener condenas penales relacionadas con este código. Es importante destacar que una declaración de 'nolo contendere' (sin objeción) se considera una condena para este propósito.
Section § 4809
Section § 4810
Esta sección establece las reglas para llevar a cabo investigaciones sobre pumas en California. Los investigadores necesitan un Permiso de Recolección Científica del Departamento de Pesca y Vida Silvestre para estudiar a estos animales. El departamento puede autorizar a ciertas personas u organizaciones a capturar, marcar o tratar pumas, siempre y cuando la investigación mejore la comprensión de la vida silvestre y no cause daño permanente a los animales.
Los permisos están estrictamente regulados, exigiendo planes detallados para la captura y manejo de los pumas, asegurando su bienestar y registrando cualquier efecto negativo. La información se pone a disposición del público 30 días antes de la emisión de un permiso, junto con los informes anuales requeridos.
Además, cualquier muerte o lesión permanente de pumas durante la investigación debe ser reportada siguiendo pautas específicas.