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Aviso de Traducción: Las traducciones de leyes se proporcionan solo para conveniencia y no están destinadas a ser utilizadas como referencia ni citadas. Para fines legales oficiales, consulte el texto original en inglés.

Section § 72090

Explanation

Esta ley permite que un distrito recaude impuestos para cubrir sus obligaciones, como los costos relacionados con su creación y otras deudas. El monto del impuesto debe mantenerse dentro de los límites establecidos por las leyes de impuestos a la propiedad. Sin embargo, si el distrito no recaudó impuestos en los años fiscales 1971-1972 o 1972-1973 y cubrió sus costos con otros ingresos, la recaudación máxima de impuestos está limitada a 50 centavos por cada $100 de valor de propiedad tasado anualmente.

Un distrito puede ordenar la recaudación de impuestos, de la manera prevista en esta parte, con el fin de pagar cualquier obligación del distrito, incluidos sus gastos de constitución y cualquier orden de pago emitida para tal fin. El monto de esta recaudación no excederá el monto permitido por cualquier limitación de la tasa máxima del impuesto a la propiedad en el Código de Ingresos y Tributación, siempre que, sin embargo, si el distrito no recaudó impuestos en el año fiscal 1971-1972 o 1972-1973 y el distrito incurrió en gastos en dichos años, los cuales fueron pagados con ingresos distintos de los impuestos, entonces la recaudación máxima no excederá de cincuenta centavos ($0.50) por cada cien dólares ($100) de valor catastral por año.

Section § 72090.5

Explanation

Esta ley permite a un distrito imponer un impuesto especial, el cual debe aplicarse de manera uniforme a todos los contribuyentes o a todos los bienes inmuebles dentro de ese distrito. Sin embargo, las propiedades que no están desarrolladas, conocidas como propiedades no urbanizadas, pueden ser gravadas a una tasa más baja que las propiedades desarrolladas o urbanizadas.

Un distrito puede imponer un impuesto especial conforme al Artículo 3.5 (que comienza con la Sección 50075) del Capítulo 1 de la Parte 1 de la División 1 del Título 5 del Código de Gobierno. Los impuestos especiales se aplicarán uniformemente a todos los contribuyentes o a todos los bienes inmuebles dentro del distrito, excepto que la propiedad no urbanizada puede ser gravada a una tasa más baja que la propiedad urbanizada.

Section § 72091

Explanation
Si los ingresos del distrito (o los de un distrito de mejora dentro del mismo) no son suficientes para cubrir sus pagos de bonos, la junta debe aumentar los impuestos para asegurarse de que puedan saldar la deuda. Esto incluye el capital y los intereses que vencen pronto, incluso si significa actuar antes de la próxima recaudación regular de impuestos.
Si los ingresos del distrito, o de cualquier distrito de mejora dentro del mismo, son o, a juicio de la junta, probablemente serán insuficientes por cualquier causa para pagar el capital o los intereses de cualquier deuda garantizada por bonos del distrito, o de cualquier distrito de mejora del mismo, a su vencimiento y también las cantidades establecidas en la Sección 71616, la junta ordenará que se imponga un impuesto, según lo dispuesto en esta parte, suficiente para cubrir dicho déficit y para pagar el monto de dicho capital e intereses que vencerán antes de que estén disponibles los ingresos de un impuesto recaudado en la próxima recaudación general de impuestos.

Section § 72092

Explanation

Si la junta directiva de un distrito municipal de agua cree que sus ingresos no serán suficientes para cubrir los costos, como los gastos de funcionamiento, el mantenimiento y las obligaciones, y si este distrito forma parte de un distrito metropolitano de agua más grande, entonces la junta debe establecer un impuesto para compensar la diferencia. Este impuesto debe ser suficiente para cubrir todos los gastos necesarios.

Si, a juicio de la junta directiva de un distrito municipal de agua, cuya área corporativa ha sido incluida o anexada a un distrito metropolitano de agua como una unidad, los ingresos del distrito municipal de agua serán insuficientes por cualquier causa para pagar los gastos operativos de dicho distrito, para proveer para las reparaciones y la depreciación de las obras de su propiedad u operadas por él, y para cumplir con todas sus obligaciones, la junta directiva deberá disponer la imposición y recaudación de un impuesto, de la manera prevista en esta parte, suficiente para recaudar la cantidad de dinero determinada por la junta directiva como necesaria con el propósito de pagar los gastos operativos de dicho distrito, proveer para las reparaciones y la depreciación de las obras de su propiedad u operadas por él, y cumplir con todas sus obligaciones.

Section § 72093

Explanation

La junta es responsable de establecer la tasa impositiva necesaria para recaudar fondos para el distrito cada año fiscal. Esta tasa impositiva no debe exceder los límites legales establecidos por las leyes fiscales. Si el distrito no impuso un impuesto en los años fiscales 1971-1972 o 1972-1973 y aun así tuvo gastos cubiertos por ingresos no tributarios, la imposición fiscal puede ser de hasta cincuenta centavos por cada cien dólares de valor de la propiedad.

La junta determinará los montos necesarios a recaudar mediante impuestos durante el año fiscal y fijará la tasa o tasas de impuestos a aplicar que recaudarán los montos de dinero requeridos por el distrito. Estos actos de la junta constituyen una evaluación válida de la propiedad y una imposición válida de los impuestos así fijados. El monto de esta imposición no excederá los montos permitidos por ninguna limitación de la tasa máxima del impuesto a la propiedad en el Código de Ingresos y Tributación, siempre que, sin embargo, si el distrito no impuso ningún impuesto durante el año fiscal 1971–1972 o el 1972–1973, y el distrito incurrió en gastos en dichos años, los cuales fueron pagados con ingresos distintos a los impuestos, entonces la imposición máxima no excederá cincuenta centavos ($0.50) por cada cien dólares ($100) de valor tasado por año.

Section § 72094

Explanation
Para el 1 de septiembre de cada año, la junta debe informar a los supervisores y al auditor del condado sobre las tasas de impuestos del distrito y cualquier cargo impago por servicios de agua que hayan estado vencidos por 60 días o más al 1 de julio. Deben proporcionar esta información si el propietario de la propiedad lo ha solicitado por escrito.
A más tardar el 1 de septiembre, la junta certificará a la junta de supervisores y al auditor del condado la(s) tasa(s) impositiva(s) fijada(s) para el distrito y proporcionará un estado de cuenta de cualquier cargo moroso e impago por servicios de agua y otros servicios, o cualquiera de ellos, solicitado por escrito por el propietario de la propiedad que permanezcan morosos e impagos durante 60 días o más al 1 de julio.

Section § 72095

Explanation
El auditor del condado es responsable de calcular y registrar cuánto debe pagar cada propiedad en un distrito en concepto de impuestos de distrito. Para ello, aplica la tasa impositiva establecida por la junta al valor tasado de la propiedad que figura en el padrón de evaluación del condado.
El auditor del condado calculará e ingresará en el padrón de evaluación del condado las sumas respectivas a pagar como impuesto de distrito sobre la propiedad en el distrito, utilizando la tasa o tasas de gravamen fijadas por la junta y el valor tasado según se encuentre en el padrón de evaluación para la propiedad sujeta al impuesto particular.

Section § 72096

Explanation
Esta ley establece que los impuestos para pagar los intereses o el capital de una deuda garantizada deben cobrarse de las propiedades que se benefician directamente de la deuda, según lo determine la junta del distrito. Para otros fines del distrito, los impuestos se cobran de todas las propiedades que entran en la categoría fiscal pertinente.
Los impuestos para el pago de los intereses o el capital de cualquier deuda garantizada se gravarán sobre la propiedad dentro del distrito, o distrito de mejora dentro del mismo, que se beneficie de la deuda garantizada, según lo determine la junta en la resolución que declare la necesidad de contraer la deuda. Los impuestos para otros fines del distrito se gravarán sobre toda la propiedad en el distrito o la porción del mismo sujeta al impuesto particular.

Section § 72096.5

Explanation
Esta ley significa que si vives en una casa móvil en un terreno alquilado y la casa móvil no está fijada permanentemente al terreno, no tienes que pagar impuestos a la propiedad por deudas del distrito o mejoras en esa zona.
No obstante cualquier otra disposición legal, una casa móvil que ocupa un espacio de alquiler y no está permanentemente fijada al terreno no es propiedad sujeta a impuestos a la propiedad ad valorem para el servicio de la deuda del distrito o de cualquier distrito de mejora en el mismo.

Section § 72097

Explanation

Los funcionarios del condado responsables de recaudar impuestos deben recaudar los impuestos del distrito de la misma manera que recaudan los impuestos del condado, y luego deben entregar los impuestos del distrito recaudados al distrito.

Todos los funcionarios del condado encargados del deber de recaudar impuestos recaudarán los impuestos del distrito al mismo tiempo y de la misma forma y manera en que se recaudan los impuestos del condado, y pagarán los impuestos del distrito recaudados al distrito.

Section § 72098

Explanation
Esta ley establece que si un distrito contrae una deuda mediante bonos, los impuestos para pagar esa deuda y sus intereses se adjuntarán como un gravamen, o reclamo legal, sobre la propiedad que se beneficia de la deuda. Además, la ley aclara que cualquier otro impuesto que imponga el distrito también será un gravamen sobre todas las propiedades dentro del distrito que sean responsables de pagar esos impuestos específicos.
Los impuestos para el pago de una deuda garantizada por bonos y los intereses correspondientes constituirán un gravamen sobre todos los bienes inmuebles beneficiados por la misma, según lo establecido en la resolución de la junta que declara la necesidad de contraer la deuda. Todos los impuestos para otros fines del distrito constituirán un gravamen sobre todos los bienes inmuebles del distrito sujetos a ese impuesto en particular.

Section § 72099

Explanation
Esta ley establece que los gravámenes por impuestos de distrito son tan potentes y efectivos como los gravámenes por otros tipos de impuestos. Estos gravámenes pueden cobrarse utilizando los mismos métodos que se usan para hacer cumplir los gravámenes por impuestos estatales y de condado.
Los gravámenes por impuestos de distrito, ya sea para el pago de una deuda garantizada por bonos y los intereses correspondientes o para otros fines, tendrán la misma fuerza y efecto que otros gravámenes por impuestos, y su cobro podrá ejecutarse por los mismos medios que los previstos para la ejecución de gravámenes por impuestos estatales y de condado.

Section § 72100

Explanation

Si los cargos por el servicio de agua de una propiedad están atrasados, estos pueden sumarse a los impuestos anuales de la propiedad, convirtiéndose en una carga sobre ella, similar a una deuda de impuestos. Esto significa que los cargos se tratan como impuestos de propiedad no pagados. Sin embargo, si alguien compró legalmente la propiedad o tiene un gravamen legítimo antes de que venzan los impuestos de la propiedad, la carga no se aplicará, y los cargos se cobrarán por otros medios. El condado retendrá parte del dinero recaudado para cubrir los costos de cobrar estos cargos, y el monto exacto se decidirá mediante un acuerdo entre los supervisores del condado y la junta directiva del distrito.

El monto de cualquier cargo por agua y otros servicios, o cualquiera de ellos, incluido en el estado de cuentas de cargos morosos e impagos conforme a la subdivisión (c) de la Sección 72094, se agregará y pasará a formar parte de los impuestos anuales próximos a gravarse sobre la propiedad en la que se utilizó el agua por la cual los cargos están impagos y sobre la propiedad sujeta a los cargos por cualquier otro servicio del distrito, y constituirá un gravamen sobre esa propiedad a partir del mismo momento y de la misma manera que lo hace el gravamen fiscal que garantiza dichos impuestos anuales. Todas las leyes aplicables a la imposición, recaudación y ejecución de impuestos municipales ad valorem serán aplicables a dichos cargos, excepto que si cualquier bien inmueble al que dicho gravamen se adjuntaría ha sido transferido o transmitido a un comprador de buena fe por valor, o si se ha creado y adjuntado un gravamen de un acreedor hipotecario de buena fe por valor, antes de la fecha en que la primera cuota de dichos impuestos se volvería morosa, entonces el gravamen que de otro modo sería impuesto por esta sección no se adjuntará a dicho bien inmueble y los cargos relacionados con dicha propiedad se transferirán al registro no garantizado para su recaudación. El condado deducirá de los cargos recaudados una cantidad suficiente para compensar al condado por los costos incurridos en la recaudación de dichos cargos morosos e impagos. El monto de dicha compensación será fijado mediante acuerdo entre la junta de supervisores y la junta directiva del distrito.

Section § 72101

Explanation
Si usted es propietario de un terreno y tiene cargos impagos por el servicio de agua que tienen más de 60 días de atraso, el distrito debe informarle porque esos cargos pueden convertirse en un gravamen sobre su propiedad.
Un distrito notificará al titular del título de propiedad de la tierra siempre que los cargos morosos e impagos por agua y otros servicios, o cualquiera de ellos, que pudieran convertirse en un gravamen sobre dicha propiedad de conformidad con la Sección 72100, permanezcan morosos e impagos durante 60 días.

Section § 72102

Explanation

Si no pagas los cargos por agua u otros servicios, el distrito puede hacerlo oficial registrando la deuda en la oficina del registrador del condado.

Una vez registrada, esta deuda se convierte en un gravamen, una reclamación legal sobre todas las propiedades que posees en el condado, que tiene la misma fuerza que una sentencia judicial. Este gravamen dura 10 años, a menos que se pague o se libere. También puede extenderse por otros 10 años presentando un nuevo certificado, manteniendo el gravamen activo sobre tu propiedad.

En caso de que cualquier cargo por agua u otros servicios, o cualquiera de ellos, permanezca impago, el monto de los cargos impagos podrá, a discreción del distrito, ser garantizado en cualquier momento mediante la presentación para registro en la oficina del registrador del condado de cualquier condado, de un certificado que especifique el monto de dichos cargos y el nombre y dirección de la persona responsable de los mismos.
Desde el momento de la inscripción del certificado, el monto a pagar junto con los intereses y la multa constituye un gravamen sobre todos los bienes inmuebles en el condado propiedad de la persona o adquiridos posteriormente por ella, y antes de que el gravamen expire. El gravamen tiene la fuerza, prioridad y efecto de un gravamen judicial y continuará por 10 años a partir de la fecha de presentación del certificado, a menos que sea liberado o descargado antes. El gravamen podrá, dentro de los 10 años siguientes a la presentación del certificado o dentro de los 10 años siguientes a la fecha de la última prórroga del gravamen en la forma aquí prevista, ser prorrogado mediante la presentación para registro de un nuevo certificado en la oficina del registrador del condado de cualquier condado y desde el momento de dicha presentación el gravamen se extenderá a los bienes inmuebles en dicho condado por 10 años, a menos que sea liberado o descargado antes.