Section § 22280

Explanation

Esta ley permite a los distritos de agua cobrar tarifas en lugar de imponer gravámenes por los servicios que prestan. Pueden cobrar por el uso, la venta o el arrendamiento de agua, e incluso por el agua que no se utiliza. Si el distrito ha establecido previamente un cargo por disponibilidad, puede seguir aplicándolo cada año a la misma tarifa. Sin embargo, si desean introducir cargos nuevos o más altos, deben seguir los procedimientos gubernamentales de notificación y audiencia. Los distritos también pueden cobrar por suministrar más agua de riego de un límite establecido, por el suministro de agua para la generación de electricidad, por la venta de electricidad y por las conexiones a nuevos sistemas de tuberías. Además, pueden cobrar por contratos específicos relacionados con el servicio de agua y por el uso de agua para recargar las aguas subterráneas en ciertos casos.

Cualquier distrito podrá, en lugar de imponer gravámenes, total o parcialmente, fijar y cobrar cargos por cualquier servicio prestado por el distrito, incluyendo, entre otros, todos los siguientes:
(a)Copy CA Código De Aguas Code § 22280(a)
(1)Copy CA Código De Aguas Code § 22280(a)(1) Uso, venta o arrendamiento de agua, lo cual podrá incluir, de conformidad con los procedimientos de notificación, protesta y audiencia establecidos en la Sección 53753 del Código de Gobierno, un cargo por disponibilidad se utilice o no el agua realmente.
(2)CA Código De Aguas Code § 22280(a)(2) Si se siguieron los procedimientos establecidos en esta sección tal como se leía en el momento en que se estableció un cargo por disponibilidad, el distrito podrá, mediante resolución, continuar el cargo de conformidad con esta sección en años sucesivos a la misma tarifa. Si se proponen gravámenes nuevos, aumentados o extendidos, el distrito deberá cumplir con los procedimientos de notificación, protesta y audiencia establecidos en la Sección 53753 del Código de Gobierno.
(b)CA Código De Aguas Code § 22280(b) Suministro de agua para riego en exceso de una cantidad especificada por unidad de terreno.
(c)CA Código De Aguas Code § 22280(c) Agua y el servicio de la misma requerido por ley o por disposiciones de acuerdos en virtud de los cuales se adquirió la totalidad o parte del suministro de agua del distrito para ser suministrada fuera de sus límites a consumidores cuyos derechos al servicio eran, en el momento en que el distrito adquirió el suministro de agua, exigibles en razón de su condición de personas de la clase en cuyo beneficio el agua fue apropiada o dedicada.
(d)CA Código De Aguas Code § 22280(d) Uso de agua para fines energéticos.
(e)CA Código De Aguas Code § 22280(e) Venta de energía eléctrica.
(f)CA Código De Aguas Code § 22280(f) Conexiones a nuevas tuberías o extensiones de tuberías existentes requeridas para suministrar agua a terrenos en el distrito no adyacentes a las obras de distribución existentes y que hayan sido construidas total o parcialmente a expensas del distrito.
(g)CA Código De Aguas Code § 22280(g) Servicios prestados en virtud de contratos celebrados de conformidad con la Sección 22234.
(h)CA Código De Aguas Code § 22280(h) Uso de agua para recarga de aguas subterráneas.

Section § 22281

Explanation
Esta ley permite que un distrito cobre más por los servicios de agua a los terrenos que no evalúa, en comparación con terrenos similares que sí evalúa dentro del distrito.

Section § 22281.1

Explanation

Esta ley permite a un distrito cobrar una tarifa por conectarse a nuevas tuberías o extensiones de tuberías existentes que el distrito ayudó a financiar. La tarifa debe coincidir lo más posible con los costos que el distrito adelantó, basándose en la proporción del tamaño de la nueva área de servicio en comparación con el área total que la tubería sirve.

Un distrito podrá establecer un cargo por el derecho a conectarse a nuevas tuberías o extensiones de tuberías existentes construidas total o parcialmente a expensas del distrito, en las cantidades que, a juicio de la junta, reembolsen al distrito el costo de construcción adelantado por el distrito.
El cargo por conexión será, tan aproximadamente como sea posible, una cantidad igual a la proporción del costo de construcción de la nueva tubería o extensión que el área a ser servida por la conexión guarda con el área total a ser servida por la nueva tubería o extensión.

Section § 22282

Explanation

Esta ley permite que los costos de los servicios mencionados en esta división se paguen por adelantado, siempre y cuando esos costos ya estén establecidos.

Siempre que se hayan fijado cargos por cualquier servicio previsto en esta división, estos podrán hacerse pagaderos por adelantado.

Section § 22282.1

Explanation

Si no ha pagado los servicios de agua prestados a su terreno dentro de un plazo razonable, el distrito de agua puede suspender los servicios hasta que se salde la factura.

Un distrito puede denegar el servicio a cualquier terreno si los cargos pendientes por servicios ya prestados a dicho terreno no han sido pagados dentro de un plazo razonable.

Section § 22283

Explanation

Esta ley permite a un distrito crear y hacer cumplir reglas razonables para implementar los requisitos descritos en este artículo. Esencialmente, los distritos tienen la autoridad para establecer directrices que aseguren el cumplimiento de las disposiciones de la ley.

Un distrito puede establecer reglas razonables para llevar a cabo las disposiciones de este artículo.

Section § 22284

Explanation

Esta sección de la ley permite a un distrito establecer una norma para cobrar los cargos por servicios impagos. Cuando alguien no paga sus cargos por servicios a tiempo, el distrito puede seguir procedimientos específicos para cobrar el dinero, basándose en otra ley, la Sección 25806.

Un distrito puede establecer por reglamento que, cuando cualquier cargo fijado por servicios conforme a la Sección 22280 se vuelva moroso, dichos cargos podrán ser cobrados de acuerdo con los procedimientos especificados en la Sección 25806.