Petición de ConstituciónPublicación
Section § 20740
Esta ley exige que una petición y un aviso sobre cuándo se discutirá deben publicarse al menos dos semanas antes de la reunión. La publicación debe aparecer en un periódico de amplia circulación en el condado principal y en cada otro condado afectado. El funcionario electoral del condado principal debe firmar el aviso.
publicación de petición aviso de reunión aviso de dos semanas
Section § 20741
Si una petición está compuesta por varios documentos separados, solo es necesario publicar uno de ellos. Sin embargo, la publicación debe incluir todos los nombres de las personas que firmaron cualquiera de los documentos.
publicación de petición múltiples instrumentos inclusión de nombres
Section § 20742
Esta ley establece que si hay un problema con la forma en que se redacta o publica un aviso o una petición, como un error en su contenido o si no se publica correctamente, esto no cancelará ni invalidará los procedimientos.
defecto en el aviso problemas con el aviso publicado errores en la petición