Section § 20960

Explanation

Si la mayoría de la gente vota 'Distrito de Riego—Sí' en la elección de formación, la junta de supervisores debe establecer oficialmente el área como un distrito de riego con el nombre elegido.

Si tras el escrutinio de la elección de formación resulta que la mayoría de todos los votos emitidos son “Distrito de Riego—Sí,” la junta de supervisores, mediante una orden asentada en sus actas, declarará el territorio constituido como distrito bajo el nombre designado para el mismo.

Section § 20961

Explanation
Cuando un distrito se forma oficialmente, la junta de supervisores debe presentar rápidamente una copia certificada de esta orden en la oficina del registrador del condado de cada condado afectado. También deben enviar una copia al secretario de la junta de supervisores de cada condado afectado de inmediato.

Section § 20962

Explanation
Esta ley dice que, en cuanto se registra una orden oficial que declara la creación de un distrito de agua, ese distrito queda oficialmente formado y reconocido.

Section § 20962.5

Explanation

Cuando se forma un nuevo distrito, el secretario del condado debe presentar rápidamente un certificado ante el Secretario de Estado. Este certificado debe incluir el nombre y la fecha de formación del distrito, así como detalles sobre en qué condado o condados se encuentra el distrito. También debe describir los límites del distrito o hacer referencia a un mapa o documento registrado donde estos detalles estén disponibles. Si la orden de formación ya incluye toda esta información, el secretario puede simplemente presentar esa en su lugar.

El secretario del condado principal presentará inmediatamente ante el Secretario de Estado un certificado que enumere:
(a)CA Código De Aguas Code § 20962.5(a) El nombre del distrito.
(b)CA Código De Aguas Code § 20962.5(b) La fecha de constitución.
(c)CA Código De Aguas Code § 20962.5(c) El condado o condados en los que se encuentra el distrito, y una descripción de los límites del distrito, o una referencia a un mapa que muestre dichos límites, dicho mapa deberá adjuntarse al certificado, o una referencia a la oficina del registrador del condado donde se haya registrado una descripción de dichos límites.
Si la orden que declara la constitución del distrito contiene toda la información requerida en el certificado, el secretario del condado podrá presentar una copia de la orden en lugar del certificado.

Section § 20963

Explanation

Esta ley establece que, una vez que se establece un distrito en un condado, los funcionarios del condado no pueden formar un nuevo distrito que incluya terrenos del distrito existente a menos que obtengan permiso de la junta que supervisa el distrito actual.

La junta de supervisores de cualquier condado en el que se encuentre cualquier terreno comprendido en un distrito no permitirá, después de su formación, que se forme otro distrito que incluya cualquier porción del mismo terreno sin el consentimiento de la junta del distrito en el que se encuentre el terreno.