EleccionesDistrito de Reclamación Núm.
Section § 50780
Section § 50780.2
Esta sección de la ley define la palabra "Distrito" como refiriéndose específicamente al Distrito de Recuperación n.º 1000 para los fines de este capítulo.
Section § 50780.4
Esta sección de la ley define un 'puesto de evaluación de tierras' como una posición ocupada por un fideicomisario elegido por votantes elegibles según las secciones específicas mencionadas. También establece que al votar por un fideicomisario para ocupar dicho puesto, cada votante puede emitir votos según las reglas descritas en los capítulos pertinentes.
Section § 50780.6
Esta ley define qué es un "escaño por parcela" dentro de un contexto de votación específico para elegir a un fideicomisario. Cada propietario de terreno obtiene un voto por cada parcela que posee para elegir a un fideicomisario para un escaño por parcela. La propiedad de las parcelas se confirma utilizando el último libro de tasación igualada del distrito, a menos que no haya un gravamen del distrito, en cuyo caso se utiliza el padrón de tasación del condado. Además, la Sección 50704.5 es relevante al votar por un escaño por parcela.
Section § 50780.8
Esta sección define qué es un 'puesto de votante residente' para un capítulo específico. Aclara que un puesto de votante residente es una posición ocupada por un fideicomisario elegido por los votantes, según se explica con más detalle en otra sección. Además, especifica que cada votante puede emitir solo un voto por cada puesto de votante residente durante las elecciones.
Section § 50780.10
En esta ley, el término "votante" incluye a cualquier propietario de tierras o su representante legal, y a cualquier persona que esté registrada para votar según el Código Electoral y viva en el distrito. Especifica que un propietario de tierras puede votar en asuntos relacionados con su propiedad, como los escaños de parcelas y los escaños de evaluación de tierras. Si el propietario de tierras también vive en el distrito, puede votar tanto en asuntos de residentes como en cuestiones de tierras.
Section § 50780.12
Section § 50780.14
Section § 50780.16
Section § 50780.18
Esta ley describe el proceso para elegir a los fideicomisarios en una elección de distrito a partir de 1997. El proceso electoral depende de la cantidad de tierra del distrito que se utiliza para la agricultura y que está sujeta a una tasación específica. La junta es responsable de determinar este porcentaje entre 180 y 200 días antes de la elección.
Si al menos el 35% de la tierra se ha utilizado para la agricultura durante los últimos dos años, cuatro escaños de fideicomisarios se designan como 'escaños de tasación de tierras' y tres como 'escaños de parcela'. Si el porcentaje está entre el 20% y el 35%, tres escaños son para 'tasación de tierras' y cuatro para 'parcela'. Si el porcentaje es inferior al 20%, la designación cambia a cinco 'escaños de votantes residentes' y dos 'escaños de tasación de tierras'.
Section § 50780.20
Esta sección explica que cuando se realiza una designación bajo la Sección 50780.18, la junta debe ajustar aleatoriamente los mandatos de cualquier fideicomisario cuyos mandatos no estén programados para vencer, si es necesario para cumplir con esa designación.