Section § 50780

Explanation
Esta sección de la ley establece que, a pesar de cualquier otra ley, las normas de este capítulo rigen cómo se realizan las elecciones en el Distrito de Recuperación No. 1000.

Section § 50780.2

Explanation

Esta sección de la ley define la palabra "Distrito" como refiriéndose específicamente al Distrito de Recuperación n.º 1000 para los fines de este capítulo.

“Distrito”, para los fines de este capítulo, significa el Distrito de Recuperación n.º 1000.

Section § 50780.4

Explanation

Esta sección de la ley define un 'puesto de evaluación de tierras' como una posición ocupada por un fideicomisario elegido por votantes elegibles según las secciones específicas mencionadas. También establece que al votar por un fideicomisario para ocupar dicho puesto, cada votante puede emitir votos según las reglas descritas en los capítulos pertinentes.

(a)CA Código De Aguas Code § 50780.4(a) Un “puesto de evaluación de tierras”, para los fines de este capítulo, significa un puesto ocupado por un fideicomisario elegido por votantes según se define en el inciso (a) de la Sección 50780.10 de conformidad con las Secciones 50701, 50702, 50704 y 50704.5.
(b)CA Código De Aguas Code § 50780.4(b) Para el propósito de votar por un fideicomisario para ocupar un puesto de evaluación de tierras, cada votante podrá emitir sus votos por cada puesto de evaluación de tierras de conformidad con esta parte.

Section § 50780.6

Explanation

Esta ley define qué es un "escaño por parcela" dentro de un contexto de votación específico para elegir a un fideicomisario. Cada propietario de terreno obtiene un voto por cada parcela que posee para elegir a un fideicomisario para un escaño por parcela. La propiedad de las parcelas se confirma utilizando el último libro de tasación igualada del distrito, a menos que no haya un gravamen del distrito, en cuyo caso se utiliza el padrón de tasación del condado. Además, la Sección 50704.5 es relevante al votar por un escaño por parcela.

(a)CA Código De Aguas Code § 50780.6(a) Un “escaño por parcela”, a los efectos de este capítulo, significa un escaño ocupado por un fideicomisario elegido por votantes según se define en el inciso (a) de la Sección 50780.10 que tienen un voto por cada parcela de su propiedad.
(b)CA Código De Aguas Code § 50780.6(b) A los efectos de votar por un fideicomisario para ocupar un escaño por parcela, cada propietario de terreno puede emitir su voto o votos por cada escaño por parcela.
(c)CA Código De Aguas Code § 50780.6(c) El último libro de tasación igualada del distrito es prueba concluyente de la propiedad a los efectos de votar por un escaño por parcela, excepto que el último padrón de tasación igualada del condado en el que se encuentra el terreno se utilizará en lugar del libro de tasación del distrito si no se cobra una tasación para el año en que se celebra la elección.
(d)CA Código De Aguas Code § 50780.6(d) La Sección 50704.5 se aplica a los efectos de votar por cualquier escaño por parcela.

Section § 50780.8

Explanation

Esta sección define qué es un 'puesto de votante residente' para un capítulo específico. Aclara que un puesto de votante residente es una posición ocupada por un fideicomisario elegido por los votantes, según se explica con más detalle en otra sección. Además, especifica que cada votante puede emitir solo un voto por cada puesto de votante residente durante las elecciones.

(a)CA Código De Aguas Code § 50780.8(a) Un "puesto de votante residente", para los fines de este capítulo, significa un puesto ocupado por un fideicomisario elegido por los votantes según se define en el inciso (b) de la Sección 50780.10.
(b)CA Código De Aguas Code § 50780.8(b) Para los fines de votar por un fideicomisario para ocupar un puesto de votante residente, cada votante podrá emitir un voto por cada puesto de votante residente.

Section § 50780.10

Explanation

En esta ley, el término "votante" incluye a cualquier propietario de tierras o su representante legal, y a cualquier persona que esté registrada para votar según el Código Electoral y viva en el distrito. Especifica que un propietario de tierras puede votar en asuntos relacionados con su propiedad, como los escaños de parcelas y los escaños de evaluación de tierras. Si el propietario de tierras también vive en el distrito, puede votar tanto en asuntos de residentes como en cuestiones de tierras.

Un “votante” significa cualquiera de los siguientes:
(a)CA Código De Aguas Code § 50780.10(a) Un propietario de tierras o el representante legal de un propietario de tierras.
(b)CA Código De Aguas Code § 50780.10(b) Un votante según se define en la Sección 359 del Código Electoral que reside dentro de los límites del distrito.
(c)CA Código De Aguas Code § 50780.10(c) Un votante según se define en la subdivisión (a) puede votar tanto para escaños de parcelas como para escaños de evaluación de tierras.
(d)CA Código De Aguas Code § 50780.10(d) Un votante según se define en la subdivisión (a) que también es un votante según se define en la subdivisión (b) puede votar tanto para escaños de votantes residentes como para escaños de evaluación de tierras.

Section § 50780.12

Explanation
A partir de las elecciones de 1993, el distrito debe tener una junta con siete miembros, y los miembros de la junta deben vivir en el distrito. Sin embargo, los miembros de la junta que ya estaban en el cargo el 1 de julio de 1992 están exentos del requisito de residencia.

Section § 50780.14

Explanation
En la elección del distrito de 1993, la junta debe etiquetar los puestos de dos fideicomisarios, cuyos mandatos están terminando, y también etiquetar dos nuevos puestos como 'puestos de evaluación de tierras'.

Section § 50780.16

Explanation
En la elección de distrito de 1995, la junta debe etiquetar los puestos de los tres fideicomisarios cuyos mandatos están terminando como 'asientos de parcela'.
En la elección de distrito de 1995, la junta designará los puestos de los tres fideicomisarios cuyos mandatos expiran como “asientos de parcela”.

Section § 50780.18

Explanation

Esta ley describe el proceso para elegir a los fideicomisarios en una elección de distrito a partir de 1997. El proceso electoral depende de la cantidad de tierra del distrito que se utiliza para la agricultura y que está sujeta a una tasación específica. La junta es responsable de determinar este porcentaje entre 180 y 200 días antes de la elección.

Si al menos el 35% de la tierra se ha utilizado para la agricultura durante los últimos dos años, cuatro escaños de fideicomisarios se designan como 'escaños de tasación de tierras' y tres como 'escaños de parcela'. Si el porcentaje está entre el 20% y el 35%, tres escaños son para 'tasación de tierras' y cuatro para 'parcela'. Si el porcentaje es inferior al 20%, la designación cambia a cinco 'escaños de votantes residentes' y dos 'escaños de tasación de tierras'.

(a)CA Código De Aguas Code § 50780.18(a) La forma en que los fideicomisarios serán elegidos en la elección de distrito de 1997, y en cada elección de distrito posterior, depende del porcentaje de tierra en el distrito que se utiliza para fines agrícolas y que está sujeta a una tasación conforme al Artículo 3 (que comienza con la Sección 51320) del Capítulo 2 de la Parte 7 de acuerdo con los incisos (b), (c) y (d).
(b)CA Código De Aguas Code § 50780.18(b) Entre 180 y 200 días antes de la elección, la junta determinará si el porcentaje de tierra descrito en el inciso (a) ha igualado o excedido el 35 por ciento durante los dos años inmediatamente anteriores. Si es así, la junta designará cuatro escaños como “escaños de tasación de tierras” y tres escaños como “escaños de parcela”.
(c)CA Código De Aguas Code § 50780.18(c) Entre 180 y 200 días antes de la elección, la junta determinará si el porcentaje de tierra descrito en el inciso (a) ha estado por debajo del 35 por ciento y ha igualado o excedido el 20 por ciento durante los dos años inmediatamente anteriores. Si es así, la junta designará cuatro escaños como “escaños de parcela” y tres escaños como “escaños de tasación de tierras”.
(d)CA Código De Aguas Code § 50780.18(d) Entre 180 y 200 días antes de la elección, la junta determinará si el porcentaje de tierra descrito en el inciso (a) ha estado por debajo del 20 por ciento durante los dos años inmediatamente anteriores. Si es así, la junta designará cinco escaños como “escaños de votantes residentes” y dos escaños como “escaños de tasación de tierras”.

Section § 50780.20

Explanation

Esta sección explica que cuando se realiza una designación bajo la Sección 50780.18, la junta debe ajustar aleatoriamente los mandatos de cualquier fideicomisario cuyos mandatos no estén programados para vencer, si es necesario para cumplir con esa designación.

En el momento de una designación conforme a la Sección 50780.18, la junta ajustará, por sorteo, la duración de los mandatos de cualquier fideicomisario cuyos mandatos no estén programados para expirar de otra manera si el ajuste es necesario para cumplir con la designación.

Section § 50780.22

Explanation
Esta sección establece que las reglas de esta parte se aplican a las elecciones de distrito, a menos que se especifique algo diferente en otra parte de este capítulo.