ConstituciónValidación de Procedimientos
Section § 50440
Esta ley explica que, si es necesario determinar legalmente si un distrito existe de forma legal, se puede iniciar una acción legal específica. Esta acción se lleva a cabo siguiendo los procedimientos descritos en otra parte del código legal, específicamente a partir de la Sección 860.
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Section § 50441
Esta ley establece que un tribunal no puede declarar inválido un distrito si este ha estado trabajando activamente o manteniendo proyectos de recuperación de buena fe durante al menos cinco años antes de que comience cualquier procedimiento legal.
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Section § 50442
Esta ley establece que para cualquier distrito en California que haya estado operando de forma continua y actuando de buena fe en sus proyectos de recuperación durante al menos cinco años, no se podrá iniciar ninguna acción legal, llamada quo warranto, en su contra por parte del estado para impugnar su derecho a operar.
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