Section § 1410

Explanation

Esta ley explica las razones por las que se puede revocar un permiso de agua. Si la persona con el permiso no inicia, no trabaja diligentemente o no completa su proyecto, o no utiliza el agua como se esperaba, su permiso podría ser retirado.

Hay dos formas principales de revocar un permiso: una es si, después de una audiencia para dar más tiempo, se decide que la persona no cumplió con los requisitos del permiso. Otra forma es a través de una investigación (sin audiencia), seguida de la notificación al titular del permiso. Si no solicitan una audiencia a tiempo, su permiso puede ser revocado. Si solicitan una audiencia y aun así no presentan razones válidas, el permiso puede ser revocado después de esa audiencia.

(a)CA Código De Aguas Code § 1410(a) Habrá causa para la revocación de un permiso si la obra no se inicia, no se ejecuta con la debida diligencia y no se completa, o si el agua no se aplica a un uso beneficioso según lo previsto en el permiso y de conformidad con esta división y las normas y reglamentos de la junta.
(b)CA Código De Aguas Code § 1410(b) Un permiso podrá ser revocado a solicitud del titular del permiso o mediante cualquiera de los siguientes procedimientos:
(1)CA Código De Aguas Code § 1410(b)(1) Si, después de una audiencia sobre una petición de prórroga para completar un proyecto y aplicar el agua a un uso beneficioso, la junta determina que existe causa para revocar el permiso, la junta podrá revocar el permiso.
(2)CA Código De Aguas Code § 1410(b)(2) Si, después de una investigación que no sea una audiencia sobre una petición de prórroga, parece que existe causa para revocar un permiso, la junta deberá notificar la revocación propuesta por escrito, enviada por correo en una carta sellada, con franqueo pagado y certificada al titular del permiso en su última dirección conocida. Si el titular del permiso no solicita una audiencia dentro del plazo previsto en la Sección 1410.1, la junta revocará el permiso y declarará el agua sujeta a apropiación. Después de una audiencia, cuando el titular del permiso solicite una audiencia de conformidad con la Sección 1410.1, la junta podrá, tras determinar que existe causa, revocar el permiso y declarar el agua sujeta a apropiación.

Section § 1410.1

Explanation

Si un permiso de agua está a punto de ser revocado, el titular del permiso recibirá un aviso explicando por qué se revoca. Este aviso también advertirá al titular del permiso que solicite una audiencia dentro de los 15 días siguientes a la recepción del aviso si desea impugnar la revocación. Si no solicitan una audiencia en ese plazo, la junta podrá revocar el permiso sin celebrar una audiencia.

El aviso de revocación propuesta del permiso conforme al párrafo (2) de la subdivisión (b) de la Sección 1410 deberá contener una declaración de los hechos e información en los que se basa la revocación propuesta, e incluirá una declaración sustancialmente en la siguiente forma:
A menos que una solicitud por escrito para una audiencia firmada por o en nombre del titular del permiso sea entregada o enviada por correo a la junta dentro de los 15 días siguientes a la recepción de este aviso, la junta podrá actuar sobre la revocación propuesta del permiso sin una audiencia. Cualquier solicitud de audiencia podrá hacerse entregando o enviando por correo la solicitud a la junta en la dirección indicada en el aviso.

Section § 1410.2

Explanation
Si su permiso es revocado sin una audiencia, tiene 90 días para pedir a la junta que cancele la revocación. Si tiene una buena razón, la junta podría devolverle el permiso.