Part 4
Section § 13400
Esta sección establece el nombre oficial de esta parte de la ley, que es la “Ley de Corporaciones Profesionales Moscone-Knox.” No explica qué hace la ley, solo cómo se llama.
Section § 13401
Esta sección explica el significado de varios términos relacionados con las corporaciones profesionales en California. 'Servicios profesionales' son aquellos que requieren licencias o certificaciones especiales, como los de medicina o derecho. Una 'corporación profesional' es una empresa que presta estos servicios en un solo campo y sigue ciertas reglas de registro, aunque algunos profesionales como médicos o enfermeras no necesitan certificados adicionales. Una 'corporación profesional extranjera' es una de otro estado que ofrece servicios similares. Una 'persona con licencia' es alguien oficialmente autorizado para prestar estos servicios, mientras que una 'persona inhabilitada' no puede hacerlo, debido a problemas legales.
Section § 13401.3
Esta sección amplía el significado de 'servicios profesionales' para incluir aquellos servicios que requieren una licencia, certificación o registro especial bajo la Ley de Corredores de Yates y Barcos, la cual regula los servicios de corretaje de yates y barcos.
Section § 13401.5
Esta ley explica qué profesionales con licencia pueden poseer acciones, ocupar cargos o trabajar en ciertas corporaciones profesionales. Especifica que ciertos profesionales, como enfermeros o quiroprácticos, pueden poseer hasta el 49% de las acciones de una corporación profesional. La ley enumera diferentes tipos de corporaciones profesionales, como las médicas o de audiología, y detalla qué profesionales con licencia pueden participar en cada tipo. La ley asegura que el empleo no se restringe únicamente a los profesionales con licencia mencionados.
Section § 13402
Esta sección aclara que ciertas corporaciones existentes o futuras que pueden ofrecer legalmente servicios profesionales bajo otras leyes no tienen que seguir esta parte específica de la ley. También establece que el hecho de que una corporación realice negocios con una licencia o registro emitido por el estado no la convierte automáticamente en una corporación profesional, a menos que esté definida como tal. Esto significa que una corporación regular, incluso si realiza las mismas actividades, no se considera una corporación profesional basándose únicamente en su licencia.
Section § 13403
Section § 13404
Esta sección explica que una corporación en California puede establecerse como una corporación profesional siguiendo ciertas directrices. Para ello, debe incluir una declaración en sus documentos de constitución que la identifique como tal. Además, una corporación profesional no puede prestar servicios sin un certificado de registro válido emitido por la agencia reguladora correspondiente, lo cual es un requisito bajo diversas regulaciones profesionales.
Section § 13404.5
Esta ley explica cómo una corporación profesional extranjera puede operar en California. Para operar en el estado, la corporación extranjera debe cumplir con las leyes de California para corporaciones extranjeras, lo que incluye presentar declaraciones específicas y obtener los registros adecuados para el tipo de servicios profesionales que ofrecerá. La corporación también debe seguir los requisitos de responsabilidad establecidos por California para los accionistas de la misma profesión, lo que significa que no pueden evitar la responsabilidad personal si esta es exigida. Al solicitar operar, deben reconocer que están sujetos a la jurisdicción y las reglas de responsabilidad de California, al igual que las corporaciones locales.
Section § 13405
Esta ley explica que las corporaciones profesionales en California pueden ofrecer sus servicios, pero únicamente a través de empleados que posean las licencias profesionales requeridas. Estas corporaciones pueden contratar a personas sin licencia, pero dichas personas no podrán llevar a cabo los servicios profesionales. Las corporaciones profesionales también pueden prestar servicios fuera de California, siempre y cuando sus empleados estén licenciados en esas jurisdicciones. En ocasiones, se pueden permitir servicios profesionales en otras ubicaciones si se cumplen ciertas condiciones. De manera similar, las corporaciones profesionales extranjeras pueden operar en California si sus empleados locales están licenciados. Es importante señalar que esta ley no altera las normas existentes relativas a los abogados que ejercen en diferentes estados, como los permisos de práctica temporal y las reglas para la toma de declaraciones.
Section § 13406
Si usted forma parte de una sociedad profesional, solo puede distribuir acciones a alguien con licencia en su profesión; de lo contrario, las acciones se consideran nulas. Los estados financieros de dichas sociedades son confidenciales a menos que se requieran para procedimientos legales. Los accionistas no pueden ceder su poder de voto a alguien que no sea también accionista. Sin embargo, una sociedad profesional de abogados puede constituirse como una organización sin fines de lucro si cumple con criterios específicos, como atender principalmente a clientes de bajos ingresos y que sus directores y miembros tengan licencia para ejercer la abogacía en California. Estas organizaciones sin fines de lucro no pueden trabajar con honorarios condicionales. Si cumplen con estos y otros criterios adicionales, también están exentas de algunos requisitos de presentación de sociedades profesionales.
Section § 13407
Esta ley establece las reglas sobre quién puede poseer acciones en una corporación profesional o corporación profesional extranjera que presta servicios profesionales en California. Las acciones solo pueden transferirse a ciertas personas: individuos con licencia, otros accionistas de la misma corporación, u otros profesionales con licencia en la jurisdicción adecuada. Si se incumplen las reglas, la transferencia es inválida. Una empresa puede recomprar sus propias acciones siempre que quede al menos una acción en circulación. Si un accionista deja de ser elegible para prestar servicios o fallece, la corporación debe gestionar sus acciones dentro de un plazo específico, o corre el riesgo de que su registro sea suspendido o revocado. Además, existen reglas especiales que permiten a ciertos individuos emplear dentistas temporalmente después de que un dentista fallezca o quede incapacitado, con condiciones específicas por un período de hasta 12 meses.
Section § 13408
Esta ley explica los motivos por los cuales la certificación de una sociedad profesional o de una sociedad profesional extranjera puede ser suspendida o retirada en California. Puede ocurrir si todos los accionistas con licencia quedan inhabilitados, si un único accionista queda inhabilitado, o si la sociedad emplea a sabiendas a personas inhabilitadas. Otras razones incluyen la violación de las normas establecidas por las agencias reguladoras o el incumplimiento de leyes específicas para las sociedades profesionales. Si la certificación es suspendida o revocada, la sociedad debe dejar de prestar servicios profesionales en el estado de inmediato.
Section § 13408.5
Una corporación profesional en California no debe violar leyes o normas sobre prácticas desleales como la división de honorarios o las comisiones ilegales por parte de médicos o psicólogos. Si lo hace, su registro podría ser suspendido o revocado. Las autoridades pueden denunciar las presuntas violaciones a la agencia que supervisa la profesión.
Section § 13409
En California, las corporaciones profesionales, tanto locales como extranjeras, pueden elegir sus nombres comerciales siguiendo leyes o regulaciones específicas de sus profesiones. Para asegurar que cumplen con la ley, el Secretario de Estado podría pedir una prueba, como una declaración jurada, para confirmar que el nombre se ajusta a los requisitos legales. Los hechos presentados en esa declaración jurada pueden ser aceptados como prueba suficiente de que se cumple con la normativa.
Section § 13410
Esta sección de la ley establece reglas para las corporaciones profesionales y las corporaciones profesionales extranjeras que prestan servicios en California. Estas corporaciones deben seguir las normas de práctica profesional establecidas por el estado y están sujetas a acciones disciplinarias por parte de las agencias reguladoras pertinentes. La ley garantiza que se mantengan los estándares de conducta profesional y las relaciones entre cliente y profesional. Para las corporaciones extranjeras, también exige que las agencias reguladoras creen normas para impedir que personas descalificadas posean acciones, participen en la gestión, presten servicios en su campo profesional o compartan los ingresos de la corporación.