(a)CA Corporaciones Code § 14701(a) La notificación por escrito deberá presentarse ante el Fiscal General con no menos de 180 días de antelación a la fecha en que la adquisición se haga efectiva. La notificación deberá hacerse bajo juramento o afirmación, y deberá cumplir con los requisitos de la subdivisión (c).
(b)CA Corporaciones Code § 14701(b) Si alguna transacción que requiera notificación por escrito conforme a esta subdivisión comienza antes de la fecha de entrada en vigor de esta sección, la notificación por escrito deberá entregarse al Fiscal General dentro de los 30 días anteriores a la fecha en que la transacción se haga efectiva. Al recibir la notificación, el Fiscal General tendrá 180 días para evaluar la transacción, período durante el cual la fecha de entrada en vigor de la transacción quedará suspendida. Si ocurre algún cambio sustancial en los hechos establecidos en la notificación por escrito presentada ante el Fiscal General, se deberá presentar una enmienda que exponga el cambio y copias de todos los documentos y demás material relevante al cambio ante el Fiscal General dentro de los dos días hábiles siguientes a la realización de la enmienda por parte de, o su entrega a, la parte adquirente.
(c)CA Corporaciones Code § 14701(c) La notificación que debe entregarse al Fiscal General deberá cumplir con cualquiera de los siguientes requisitos:
(1)CA Corporaciones Code § 14701(c)(1) Si la parte adquirente está obligada a presentar una notificación ante la Comisión Federal de Comercio o el Departamento de Justicia de los Estados Unidos conforme a la Ley de Mejoras Antimonopolio Hart-Scott-Rodino de 1976 (15 U.S.C. Sec. 18a), la notificación deberá contener el mismo formulario y material documental adicional requerido bajo dicha ley y cualquier reglamento de aplicación bajo dicha ley.
(2)CA Corporaciones Code § 14701(c)(2) Si la parte adquirente no está obligada a presentar una notificación ante la Comisión Federal de Comercio o el Departamento de Justicia de los Estados Unidos, según lo especificado en el párrafo (1), la notificación deberá contener toda la siguiente información:
(A)CA Corporaciones Code § 14701(c)(2)(A) El nombre y la dirección de cada parte adquirente y un informe sobre la naturaleza de sus operaciones comerciales durante los últimos cinco años o por un período menor si la persona y sus predecesores han existido por menos de cinco años.
(B)CA Corporaciones Code § 14701(c)(2)(B) Una descripción informativa del negocio que la persona y sus subsidiarias tienen la intención de realizar, incluyendo, entre otros, documentos relativos a su estructura comercial o corporativa, gobernanza o gestión.
(C)CA Corporaciones Code § 14701(c)(2)(C) Una lista de todas las personas que son o han sido seleccionadas para convertirse en directores o funcionarios ejecutivos o que desempeñan o desempeñarán funciones apropiadas para los puestos.
(D)CA Corporaciones Code § 14701(c)(2)(D) La fuente, naturaleza y monto de la contraprestación utilizada o a utilizarse para efectuar la fusión u otra adquisición de control, una descripción de cualquier transacción en la que se obtuvieron o se obtendrán fondos, incluyendo cualquier prenda de las acciones de la empresa minorista de medicamentos o comestibles o de las acciones de cualquiera de sus subsidiarias o afiliadas controladoras, y la identidad de las personas que proporcionan la contraprestación. Si una fuente de la contraprestación es un préstamo realizado en el curso ordinario de los negocios del prestamista, la identidad del prestamista permanecerá confidencial a solicitud de la persona que presenta la declaración.
(E)CA Corporaciones Code § 14701(c)(2)(E) Información financiera completamente auditada en cuanto a las ganancias y la condición financiera de cada parte adquirente durante los cinco años fiscales anteriores o por un período menor si la parte adquirente y sus predecesores han existido por menos de cinco años, e información similar no auditada a una fecha no anterior a 90 días antes de la notificación por escrito.
(F)CA Corporaciones Code § 14701(c)(2)(F) Cualquier plan o propuesta que una parte adquirente pueda tener para liquidar las empresas minoristas de comestibles o minoristas de medicamentos, para vender sus activos o fusionarlas o consolidarlas con cualquier persona, o para realizar cualquier otro cambio sustancial en su estructura o gestión comercial o corporativa.
(G)CA Corporaciones Code § 14701(c)(2)(G) La información requerida para evaluar los efectos competitivos de la adquisición propuesta, prestando especial atención a los efectos de la adquisición propuesta de cadenas de supermercados minoristas en los consumidores, incluyendo, entre otros, la elección del consumidor, los precios de los alimentos, el acceso a los alimentos y los desiertos alimentarios, y los factores que afectan la oferta de trabajadores de supermercados experimentados, incluyendo salarios, beneficios y desempleo, y de cadenas de farmacias minoristas en los pacientes, incluyendo, entre otros, la elección del paciente, los precios de los medicamentos, el acceso a los medicamentos y los factores que afectan la oferta de farmacéuticos con licencia, técnicos de farmacia y farmacéuticos a cargo.
(H)CA Corporaciones Code § 14701(c)(2)(H) Información requerida para evaluar el impacto económico y comunitario de cualquier desinversión o cierre de tiendas planificado, incluyendo, entre otros, el impacto en los desiertos alimentarios, el suministro de alimentos, la movilidad económica, el desempleo y las pequeñas empresas.
(d)CA Corporaciones Code § 14701(d) El Fiscal General cobrará a la parte adquirente una cuota de presentación por el costo que le suponga al Fiscal General recibir, revisar y analizar cualquier notificación bajo esta sección, la cual no excederá los costos regulatorios razonables para el Fiscal General incidentales al desempeño de sus funciones administrativas bajo esta sección. La cuota se basará en el tamaño de la transacción a la fecha de presentación de la notificación, pero no excederá el 0.00045 del monto en dólares de las ventas combinadas de las partes de la fusión o adquisición para el año fiscal anterior a la presentación de la notificación.
(e)CA Corporaciones Code § 14701(e) El Fiscal General podrá utilizar la notificación, los documentos y la información divulgada bajo esta sección en una acción judicial en un tribunal estatal o federal o en una acción administrativa que involucre la fusión o adquisición.
(Amended by Stats. 2024, Ch. 41, Sec. 20. (SB 164) Effective June 29, 2024.)